Salud y Fármacos is an international non-profit organization that promotes access and the appropriate use of pharmaceuticals among the Spanish-speaking population.

Dispensación y Farmacia

Argentina: Farmacias preocupadas por nuevo método para vender medicamentos
Resumido de: El Litoral (Argentina), 23 de agosto de 2006

Argentina: Ahora las farmacias ubicadas en la provincia de Buenos Aires deberán mostrar precios por unidad
Resumido de: El Día de La Plata (Argentina), 17 de agosto de 2006

Chile: Sernac acusa a cadenas farmacéuticas de publicidad engañosa
Resumido de: Ermy Araya, La Nación (Chile), 7 de junio de 2006

Ecuador: Farmacias y consultorios, sin permiso de funcionamiento
Resumido de: El Comercio (Ecuador), 5 de junio de 2006

Ecuador: Las pequeñas farmacias se unen para dar pelea en el mercado
Resumido de: El Comercio (Ecuador), 25 de agosto de 2006

Alemania: La mayor empresa de venta de medicamentos online gana una batalla legal en el país
La Vanguardia (España), 10 de agosto de 2006

Italia, Austria y España: Procedimientos de infracción contra el sector de las farmacias
“Mercado interior: procedimientos de infracción contra Italia, Austria y España en el sector de las farmacias”, IP, 28 de junio de 2006

España: Ya es jurisprudencia. El límite al acceso a fármacos, sólo por “razones sanitarias”
Resumido de: López Agúndez JM, Correo Farmacéutico (España), 12 de junio de 2006

España: La reacción del sector farmacéutico ante el pedido de la Comisión Europea de cambio de modelo de farmacia
Editado por Jimena Orchuela

España: La asistencia farmacéutica en las comunidades autónomas está muy fragmentada
Editado de: Eugenia Garrido, El Global (España), 16 de junio de 2006

España: Médicos y farmacéuticos elaborarán guías para mejorar la atención de los usuarios
Europa Press, 31 de julio de 2006

EE.UU.: Se enfrenta a la falta de farmacéuticos
Editado de: Javier Granda, Websalud (España), 15 de junio de 2006

Los farmacéuticos contribuyen a mejorar la adherencia a los antidepresivos
E.G. El País (España), 13 de julio de 2006

Cuidados farmacéuticos en farmacias comunitarias: Investigación y práctica en EE.UU. (Pharmaceutical Care In Community Pharmacies: Practice And Research In The US)
Christensen DB, Farris KB
Ann Pharmacother 2006;40:1400-1406

Cuidados faramcéuticos en las farmacias comunitarias: Investigación y práctica en Suecia (Pharmaceutical Care In Community Pharmacies: Practice And Research In Sweden)
Westerlund LOT, Björk HT
Ann Pharmacother 2006;40:1162-1169

El seguimiento farmacoterapéutico: Un componente de la calidad en la atención al paciente
Baena MI et al.
Ars Pharm 2005;46(3):213-232

Cumplimiento, conocimiento y automedicación como factores asociados a los resultados clínicos negativos de la farmacoterapia
Baena MI et al.
Ars Pharm 2005;46(4):365-381

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Argentina: Farmacias preocupadas por nuevo método para vender medicamentos
Resumido de: El Litoral (Argentina), 23 de agosto de 2006

[N.E.: se puede consultar el contenido de esta nota en la Sección Ética y Derecho de esta edición del Boletín Fármacos]

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Argentina: Ahora las farmacias ubicadas en la provincia de Buenos Aires deberán mostrar precios por unidad
Resumido de: El Día de La Plata (Argentina), 17 de agosto de 2006

Los farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires deberán exhibir los precios por unidad, peso o volumen, algo que desde hace un tiempo se encuentra implementado en los hipermercados. Esto implica, por ejemplo, que un remedio que contiene 500 mililitros tenga el precio total, como ocurre habitualmente, y otro que determine el valor de un litro; o que uno que se vende en comprimidos determine el valor de cada una de las pastillas que adquieren los consumidores, además del costo del remedio en su conjunto.

El fundamento de la citada resolución tiene el objetivo de adecuarse a la normativa constitucional nacional (artículo 42), a la provincial (artículo 38) y a la ley nacional 24.240, que se refieren a los derechos de usuarios y consumidores, a su libertad de elección y a la defensa de la competencia.

Concretamente, el artículo 1º de dicha decisión dispone que “quienes ofrezcan para su venta al público medicamentos y drogas farmacéuticas, además de cumplir con lo establecido en la normativa vigente en materia de precios, deberán informar a los consumidores y agregar a sus listas de precios, además del precio final de los mismos, el precio de las unidades individualizables que componen un mismo embalaje”.

Mientras que el artículo 2 define lo que significa “el precio de las unidades individualizables” como el precio que efectivamente debiera pagar el consumidor por un kilogramo, un litro, un metro, un metro cuadrado o un metro cúbico del producto.

En tanto, el artículo 3 de la resolución gubernamental se refiere exclusivamente a que “los productos en los que están fraccionadas varias unidades individuales o comprimidos, dentro de una unidad de embalaje o recipiente, además del precio final, se deberá informar el precio por cada comprimido o unidad individual que componga la totalidad embalada o contenida”.

Los farmacéuticos
Desde el Colegio de Farmacéuticos de La Plata, en tanto, se advirtió que “será difícil cumplir con la normativa, pero tendremos que ver cómo la pondremos en práctica”.

En este sentido, Silvia Lamnek, Vicepresidenta del Colegio de Farmacéuticos platense, explicó que “los obstáculos aparecen en virtud de la cantidad de presentaciones que existen, y porque de cada droga existen distintas marcas, algo que es consecuencia también de la gran cantidad que hay de especialidades medicinales”.

“La única posibilidad que podría ser viable, agregó Lamnek, es que las empresas que están contratadas para mantener actualizados los precios agreguen un ítem que se ajuste al pedido de la nueva resolución, e individualicen los precios”.

La resolución oficial también contempla que los locales de venta al público deberán exhibir un cartel que contenga el mensaje “usted tiene derecho a saber el precio final de cada pastilla o del medicamento por fracción, según cada una de las presentaciones. Consulte con su farmacéutico”.

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Chile: Sernac acusa a cadenas farmacéuticas de publicidad engañosa
Resumido de: Ermy Araya, La Nación (Chile), 7 de junio de 2006

Un estudio realizado en mayo pasado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) echa por tierra frases como “precios bajos todos los días”, “todos los medicamentos al mejor precio” y “el 100% de los chilenos encuentra los precios más bajos”, utilizadas por Cruz Verde, Ahumada y Salcobrand. [N.E.: se puede ver el estudio “Grandes Cadenas de Farmacias – ¿Qué hay detrás de las Promesas Publicitarias?” completo en: www.sernac.cl/download.php?id=1499&n=2 (18 pág.), y a los anexos del mismo en: www.sernac.cl/download.php?id=1499&n=1 (17 pág.)]

Según explicó el Director del organismo, José Roa, se analizaron 55 productos farmacéuticos en 15 puntos de venta distribuidos en cinco zonas del Gran Santiago.

Además se compraron siete productos en las tres mayores cadenas de farmacias en distintos momentos: en condiciones de precios normales y con descuentos del 20% y el 30%.

Y aunque las entidades dicen ser las más baratas del mercado, los resultados fueron categóricos. “Ninguna de las farmacias cumple con el absoluto publicitario anunciado. Ahumada, en días con descuento de 20% y 30%, no tiene los precios más bajos y en uno normal, cinco de sus productos son más caros que las otras dos cadenas. Lo mismo ocurre con las otras empresas”, advirtió Roa.

Pero eso no es todo. El Sernac descubrió además que cinco de los siete medicamentos analizados no tenían sus envases sellados, es decir, podían ser abiertos y cerrados sin dejar evidencia de ello.

A esto se suma el hecho de que en seis fármacos que sólo pueden ser vendidos sólo bajo receta médica, no se pidió el documento al momento de la compra.

“Nos dimos cuenta que farmacias Ahumada y Salcobrand tienen en sus cajas visores dirigidos al público, a través de los cuales es posible conocer el precio de los productos que se adquieren en una compra. Sin embargo, Cruz Verde no tiene visores dispuestos para el público ni listados de precios”, agregó Roa.

Mayor fiscalización
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley del Consumidor, “la información que se consigne en los productos, etiquetas, envases, empaques o en la publicidad y difusión de los bienes y servicios deberá ser susceptible de comprobación y no contendrá expresiones que induzcan a error o engaño al consumidor”. Por esta razón, Roa anunció que el Sernac denunciará a las tres cadenas de farmacias por no cumplir con la promesa publicitaria de tener los precios más bajos. “Presentaremos los antecedentes ante el juzgado de policía local para que investigue este hecho y sancione a las empresas con hasta 24 millones de pesos”, dijo. También se presentará una querella contra Farmacias Cruz Verde, por no disponer de un sistema de información de precios para sus productos.

Finalmente, el estudio fue entregado a la Fiscalía Nacional Económica para que analice si el listado de precios que ofrecen las cadenas farmacéuticas se enmarcan dentro de la libre competencia.

Por su parte, la Subsecretaria de Salud Pública, Lidia Amarales, dijo tras reunirse con Roa, que también analizarán el caso en el marco de la fiscalización que habitualmente realiza la Seremi (Secretaría Regional Ministerial) Metropolitana de Salud. “Si nos damos cuenta que las empresas no están cumpliendo el Código Sanitario de pedir la receta médica en los medicamentos que lo ameritan, podemos instruir un sumario sanitario”, aseguró. De todos modos, la personera destacó que son los propios usuarios los encargados de exigir la receta médica o que los envases de los fármacos estén en buen estado.

Un negocio millonario
Chile es uno de los países latinoamericanos que más medicamentos consume por habitante, ocupando el tercer lugar. Sólo en el año 2004 se facturaron más de US$600 millones, correspondientes a cerca de 200 millones de unidades vendidas de productos.

El mercado también ha tenido importantes movimientos. Tras la fusión empresarial entre Salco y Brand junto a la desaparición de Farmacias Cono Sur en el año 2000, tres actores concentraron la venta nacional. Ahumada, Cruz Verde y Salcobrand.  A nivel de ventas, Cruz Verde lidera el mercado con un 35% de participación y 136 puntos de venta, seguido por Ahumada y Salco Brand que representan un 25% de participación con 132 y 127 locales respectivamente.

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Ecuador: Farmacias y consultorios, sin permiso de funcionamiento
Resumido de: El Comercio (Ecuador), 5 de junio de 2006

De los 121 consultorios de la provincia El Oro, seis cuentan con médicos especialistas y el permiso de funcionamiento actualizado. 95 locales prestan atención de medicina general y tan sólo 11 atienden con especialidades. Los datos de la oficina de control sanitario también indican que de 485 farmacias registradas, 371 carecen o no actualizaron el permiso para seguir funcionando.

Las sanciones para quienes incumplen con el permiso de funcionamiento debieron empezar a aplicarse en abril, pero Vigilancia Sanitaria prefiere esperar.

Édgar Arévalo, Presidente de la Asociación de Propietarios de Establecimientos Farmacéuticos de El Oro, confirma que el número de farmacias sin permiso es alto en la provincia. No obstante, el gremio espera llegar a un acuerdo con las autoridades de Salud para conseguir una rebaja del precio del permiso, de US$140 a US$111.

El dirigente también espera que se reconsidere el requisito que obliga a que sea un profesional químico farmacéutico quien esté a cargo de la farmacia.

El control
Las visitas anuales que realizan los inspectores de Vigilancia Sanitaria son para detectar, en el caso de farmacias, si cumplen con fuentes de luz natural y artificial suficiente, ventilación adecuada, pisos impermeables lisos, paredes de superficie lisa, ventanillas para atención nocturna, etc.

Guillermo Aguilar, Director de esta oficina, dice que durante las visitas, los inspectores no suelen encontrar a los propietarios y que aunque los notifiquen, nunca se acercan a actualizar su permiso a la Dirección de Salud.

La Asociación Provincial de Propietarios de Farmacias tiene 500 miembros, aunque Vigilancia Sanitaria sólo registra 485. El Colegio de Médicos de El Oro debe registrar al profesional que administra un consultorio médico particular. Este es un requisito para obtener el permiso de funcionamiento del local.

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Ecuador: Las pequeñas farmacias se unen para dar pelea en el mercado
Resumido de: El Comercio (Ecuador), 25 de agosto de 2006

La unión hace la fuerza. Con este dicho se están anclando por el momento 40 de las 8.000 farmacias pequeñas en todo el país, para competir frente a las “grandes” como Fybeca, Ways, Pharmacy’s…

“Hoy en día un negocio aislado difícilmente puede competir”, menciona Henrik Salén, Presidente ejecutivo de la consultora internacional European Trade Management (ETM). De ahí que las farmacias pequeñas deban formar cooperativas para ser más competitivas. “Entre más socios haya en una asociación, mayor es el margen de rentabilidad y utilidad para un negocio”, dice Salén.

La idea, según Salén, es que al unirse sin dejar de ser independientes logran una mayor capacidad adquisitiva para negociar precios y publicitar masivamente.

Vinicio Quinde, Presidente de la Federación Ecuatoriana de Propietarios de Farmacias (Fepar), concuerda con Salén. Es por ello que desde hace un año y medio, Fepar impulsa la alianza de farmacias pequeñas del Ecuador. Esto les permite adquirir los medicamentos con descuentos significativos, ya que los laboratorios farmacéuticos les ofrecen promociones que pueden ser trasladadas al consumidor final.

El objetivo de Fepar es conformar una cadena, con una sola identificación y logotipo a escala nacional. “Esto nos permitirá una competencia leal”, dice Quinde, quien aspira que se asocien al menos 1.000 locales para competir con las “grandes” que están algunos pasos adelante.

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Alemania: La mayor empresa de venta de medicamentos online gana una batalla legal en el país
La Vanguardia (España), 10 de agosto de 2006

Una corte alemana dio su visto bueno a las actividades desarrolladas por la primera filial alemana de la sociedad holandesa DocMorris, que vende medicamentos por Internet en toda Europa.

La Corte de Sarrebruck (oeste de Alemania) desestimó la demanda interpuesta por una farmacéutica de esa ciudad alemana para el cierre inmediato de la sucursal de DocMorris alegando competencia desleal. Según la ley alemana, una farmacia debe ser explotada por un farmacéutico y no por una sociedad anónima.

DocMorris, considerada la mayor empresa de venta de medicamentos por internet, argumentó que tiene derecho a instalar una tienda en Alemania en los términos de las reglas de libre comercio de la Unión Europea (UE) y sobre esa base Josef Hecken, el Ministro de Salud de la región del Sarre (suroeste), autorizó a DocMorris a abrir una sucursal en Sarrebruck. La farmacia abrió el pasado 3 de julio.

“Estábamos seguros desde un principio de que íbamos a ganar”, declaró el Jefe de DocMorris, Ralk Daeinghaus, tras conocerse el veredicto, pero la compañía se enfrenta ahora a otras demandas de los colegios de farmacéuticos, que sostienen que la apertura de la filial atenta contra la existencia de las farmacias tradicionales alemanas.

La Asociación Alemana de Farmacéuticos llevó previamente a DocMorris ante una Corte en un intento por detener su venta de medicamentos con receta médica en internet.

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Italia, Austria y España: Procedimientos de infracción contra el sector de las farmacias
“Mercado interior: procedimientos de infracción contra Italia, Austria y España en el sector de las farmacias”, IP, 28 de junio de 2006

La Comisión Europea ha decidido llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas a causa de las restricciones impuestas por la legislación nacional italiana en lo que se refiere a la participación en el capital de las farmacias minoristas y a la propiedad de las mismas. Según la Comisión, las disposiciones jurídicas italianas, tal y como las ha interpretado el Tribunal Constitucional italiano y han sido modificadas en abril de 2006, son contrarias a los artículos 43 y 56 del Tratado CE, relativos a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales en la Unión Europea, respectivamente. Además, la Comisión ha decidido pedir oficialmente a Austria y España que modifiquen su normativa nacional en materia de establecimiento de farmacias. Dichas peticiones revisten la forma de “dictamen motivado”, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 226 del Tratado CE, constituye la segunda fase del procedimiento de infracción. A falta de respuesta satisfactoria en un plazo de dos meses, la Comisión podrá recurrir al Tribunal de Justicia.

Estos tres procedimientos de infracción se refieren a una serie de restricciones nacionales existentes en el ámbito de la apertura y la gestión de farmacias, como las siguientes: incompatibilidad entre la distribución y la venta minorista de productos farmacéuticos; reserva de propiedad de farmacias para los farmacéuticos; exclusión de los farmacéuticos no nacionales de la propiedad de las farmacias nuevas; preferencia por farmacéuticos con experiencia local; límites territoriales y demográficos del establecimiento de farmacias; prohibición de la acumulación de propiedad de varias farmacias; formas jurídicas obligatorias de las farmacias.

Italia: participación en el capital de las farmacias minoristas y establecimiento de las mismas
La Comisión ha decidido recurrir al Tribunal de Justicia a causa de la incompatibilidad de las normas italianas relativas a las farmacias con la libertad de establecimiento (artículo 43 CE) y la libre circulación de capitales (artículo 56 CE). La Comisión pone en tela de juicio lo siguiente:

Prohibición de que las empresas que tienen una actividad de distribución de medicamentos (o están vinculadas a empresas que tienen esa actividad) adquieran una participación en el capital de empresas farmacéuticas privadas o farmacias municipales. La normativa italiana, tal y como la ha interpretado el Tribunal Constitucional y ha sido modificada recientemente por el Decreto 591/2006 de 26 de abril de 2006 (artículo 100, apartado 2) establece la incompatibilidad entre la actividad de distribución y la actividad de venta minorista de productos farmacéuticos.

Ello supone, en especial, que está prohibido que empresas activas (o vinculadas con empresas activas) en la distribución farmacéutica adquieran participaciones en sociedades de explotación de farmacias municipales, en el marco de la privatización de las farmacias municipales iniciada en Italia en los años 90 y que puede resultar afectada por este régimen de incompatibilidad legal.

Reserva exclusiva de propiedad de las farmacias privadas para farmacéuticos o personas jurídicas compuestas por farmacéuticos. La legislación italiana prohíbe a las personas físicas que no poseen el título de farmacéutico o a las personas jurídicas no compuestas por farmacéuticos tener en propiedad farmacias minoristas privadas. Esta exclusividad impide la adquisición de participaciones o el establecimiento de farmacias minoristas a todos los operadores (incluidos los de los demás Estados miembros) que no tienen el título de farmacéutico.

Sólo se puede considerar que dichas restricciones son compatibles con el Tratado CE si están justificadas por objetivos de interés general y son necesarias para conseguir dichos objetivos y proporcionales a los mismos. Las autoridades italianas justifican las restricciones señaladas alegando objetivos de protección de la salud pública consistentes, en cuanto a la primera restricción, en evitar conflictos de interés y, en cuanto a la segunda, en controlar mejor a las personas que entregan medicamentos a los pacientes.

No obstante, la Comisión considera que las restricciones mencionadas van más allá de lo necesario para lograr el objetivo de protección de la salud.

Por una parte, los posibles riesgos de conflicto de interés pueden evitarse con medidas que no sean una mera y simple prohibición, para las empresas que tengan un vínculo con empresas activas en el sector de la distribución farmacéutica, de adquirir participaciones en farmacias minoristas. Se han señalado a la Comisión numerosos casos de ejercicio en Italia de la actividad de distribución o de participación en empresas de distribución farmacéutica por parte de farmacéuticos titulares de farmacias privadas.

Por otra parte, la prohibición, para no farmacéuticos o personas jurídicas no compuestas por farmacéuticos, de tener una farmacia en propiedad también va más allá de lo necesario para garantizar la protección de la salud pública, puesto que bastaría con exigir la presencia de un farmacéutico para entregar los medicamentos a los pacientes y administrar las existencias. Además, al permitir que miembros no farmacéuticos de la familia de un farmacéutico fallecido puedan ser titulares de su farmacia, por un período de hasta diez años, la propia legislación italiana reconoce que tal condición de cualificación profesional no es absolutamente indispensable ni prioritaria para tener una farmacia en propiedad.

España: normativa de planificación territorial y prohibición de la acumulación de farmacias
La Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España a causa de las restricciones legislativas siguientes en lo que respecta al establecimiento de farmacias:

Normas de planificación territorial. Las farmacias están sujetas a normas de planificación sanitaria en función de la población (módulo mínimo de entre 2.800 y 4.000 habitantes) y de la distancia (mínimo de 250 metros) entre farmacias, si bien se da la posibilidad de determinar módulos de población inferiores en las zonas rurales, turísticas, de montaña u otras.

Ese sistema de limitación del número de farmacias es desproporcionado, incluso contraproductivo, respecto al objetivo del buen abastecimiento de medicamentos del territorio de que se trate. Como alternativa, sería más apropiado, por ejemplo, que no pudiera abrirse ninguna farmacia más en una zona con muchas farmacias hasta que la zona que no tenga farmacias disponga de al menos una. Este punto queda confirmado por la experiencia de algunas comunidades autónomas (como Navarra) que permiten la autorización de apertura de farmacias por debajo del umbral de una farmacia por cada 2.800 habitantes.

Criterios utilizados en los procedimientos de concesión de autorizaciones administrativas. En el marco de los procedimientos de concesión de autorizaciones de farmacias, algunas comunidades autónomas (por ejemplo, Valencia) dan prioridad a los farmacéuticos que tienen experiencia profesional en la misma comunidad. Esos criterios tienen carácter discriminatorio.

Normas de propiedad. Según la legislación española, únicamente los farmacéuticos pueden ser propietarios y titulares de una farmacia abierta al público. Además, está prohibido que un mismo farmacéutico tenga en propiedad o en copropiedad más de una farmacia al mismo tiempo. También en este caso se trata de restricciones excesivas respecto al requisito legítimo de garantizar que las relaciones entre los pacientes y la farmacia corran a cargo exclusivamente de profesionales cualificados en farmacia, ya que el cumplimiento de dicho requisito no requiere restricciones en cuanto a la propiedad o la acumulación de propiedad de las farmacias (a).

Austria: cláusula de discriminación nacional y demás restricciones de apertura de farmacias
La Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a Austria a causa de la incompatibilidad de las restricciones legislativas que se señalan a continuación relativas a las farmacias con la libertad de establecimiento garantizada por el artículo 43 del Tratado CE:

Discriminación por motivo de nacionalidad a efectos de la obtención de la autorización de explotación de una farmacia; no se puede autorizar a nacionales no austríacos a encargarse de una farmacia que lleve abierta menos de tres años.

Prohibición de abrir una farmacia en municipios en los que no haya un consultorio médico; esta prohibición no puede justificarse con la necesidad de lograr un objetivo de garantía de la salud pública y de abastecimiento de medicamentos.

Limitación del número de farmacias en función del número de habitantes y de la distancia entre farmacias; véanse las observaciones realizadas anteriormente en cuanto al carácter desproporcionado de ese régimen de limitación cuantitativa.

Limitación de la elección de la forma jurídica de una farmacia, como, por ejemplo, la prohibición de que las sociedades de capital sean titulares de una farmacia; sin embargo, la calidad y el control del servicio ofrecido por una farmacia deberían garantizarse con medios de control y formas de responsabilidad profesional más que mediante la tipología jurídica de la farmacia, con arreglo a lo indicado por el Tribunal de Justicia en su sentencia de 21 de abril en el asunto C-140/03, referente a restricciones similares aplicadas a los establecimientos comerciales de óptica griegos.

Prohibición de explotación de más de una farmacia. Ello impide a cualquier persona física o jurídica tener más de un lugar de establecimiento en la Comunidad, lo que es contrario a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.

En la dirección que figura a continuación puede obtenerse la información más actualizada sobre los procedimientos de infracción contra los Estados miembros.
ec.europa.eu/community_law/eulaw/index_en.htm

Nota de editor:
a.   Para más información sobre las respuestas del sector ante las objeciones de la CE consultar “España: La reacción del sector farmacéutico ante el pedido de la Comisión Europea de cambio de modelo de farmacia” en la Sección Dispensación y Farmacia de esta edición del Boletín Fármacos.

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España: Ya es jurisprudencia. El límite al acceso a fármacos, sólo por “razones sanitarias”
Resumido de: López Agúndez JM, Correo Farmacéutico (España), 12 de junio de 2006  

Las limitaciones y reservas en la prescripción y dispensación sólo pueden apoyarse en razones sanitarias y no económicas. El Tribunal Supremo ha creado jurisprudencia con una segunda sentencia en la que ordena la dispensación en farmacias del Rebetol (ribavirina), un medicamento de uso hospitalario, cuya dispensación había ceñido el Ministerio a los hospitales.

De esta forma, y al igual que hizo con el Temodal (temozolomida), el alto tribunal advierte al Ministerio y a las Administraciones de que las limitaciones que se establezcan en el acceso a los fármacos deben tener en cuenta razones que permitan “proteger la salud de la población”. Así debe entenderse la expresión razones sanitarias objetivas incluidas en el artículo 22 de la Ley del Medicamento de 1990 y en el 24 del Proyecto de Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios.

Rectificación
El tribunal madrileño rectificaba así su propia doctrina y afirmaba que en la implantación del visado “sólo se vislumbra una finalidad exclusivamente económica, como es la limitación del gasto público farmacéutico, motivación que no es reconocida ni legal ni jurisprudencialmente como razón sanitaria objetiva”. Este primer resultado en tribunales ya fue advertido por los juristas, quienes alertaron de que el fallo podría cambiar las condiciones legales de los visados e influir en la decisión del Ministerio si saca o no fuera de las farmacias la hormona de crecimiento. De igual forma, esta sentencia también puede incidir en la decisión del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha de sacar de la farmacia los medicamentos de fecundación in vitro, que son de uso hospitalario.

Servicio al paciente
Pedro Capilla, que preside el Consejo General de Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF), defiende la dispensación en farmacias de los antirretrovirales o la hormona de crecimiento, porque “antes de hablar de economía hay que hacerlo de efectividad y de servicio al ciudadano. Cuando un medicamento requiere seguimiento hospitalario total nadie lo pone en duda. El problema surge cuando un fármaco se cataloga como de uso hospitalario cuando lo máximo es que sea de diagnóstico hospitalario. ¿Por qué motivo en determinadas enfermedades tiene que ir una persona al hospital a recoger un medicamento si tiene a 250 metros una farmacia?”.

Según precisa Capilla, “tampoco se produce ahorro por tenerlos en el hospital. ¿Por qué no se nos discuten los estupefacientes? porque llevamos toda la vida con ellos y, ¿ha existido algún problema?”.

La farmacia ofrece seguridad al dispensar
Las farmacias reclaman desde hace algún tiempo la dispensación de ciertos medicamentos de uso hospitalario, los más conocidos son los antirretrovirales, porque entienden que ello redunda en beneficio del paciente y con apoyo en la premisa de que las farmacias son establecimientos sanitarios.

Fuentes colegiales han explicado que, además de los antirretrovirales, las farmacias pueden dispensar los factores de coagulación o la albúmina. De hecho, ya se tiene experiencia suficiente con la metadona.

A favor de la dispensación en farmacias se encuentra el argumento de que se descarga de trabajo a los hospitales y se mejora la calidad de vida del paciente. Sin embargo, también se argumenta en contra que el farmacéutico de hospital siempre está cerca del médico. Por otro lado, una dispensación desde la farmacia comunitaria le exige tener más recursos, ya que no está definida la retribución.

Medicamentos hospitalarios que la farmacia querría dispensar: antirretrovirales, factores de coagulación/anticoagulantes, albúmina, hormonas estimulantes de la eritropoyesis (epoetina y darbopoetina), hormona de crecimiento (somatropina), antineoplásicos de tratamiento continuado.
 
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España: La reacción del sector farmacéutico ante el pedido de la Comisión Europea de cambio de modelo de farmacia
Editado por Jimena Orchuela

El sector farmacéutico español se encuentra en un momento crucial. A fines de junio la Comisión Europea (CE) anunció la confirmación de un procedimiento de infracción contra España al entender que pilares básicos de su planificación, como la exclusividad de la propiedad de farmacias y los módulos de población, vulneran la libertad de establecimiento del artículo 43 del Tratado de la Comunidad Europea (el texto del dictamen de la CE se puede consultar en: www.elglobal.net/documentacionpdf/dictamen.pdf) [1].

Hasta ahora, los avisos de liberalización habían llegado a España a través de recomendaciones de la Comisión, pero eran eso, simples recomendaciones para garantizar la libre competencia. Ahora, con este dictamen motivado, antesala del procedimiento judicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), la situación es más seria [1].

Pero la CE no sólo incluye en la advertencia a España, sino también a Italia -país contra el que ya ha presentado una demanda ante el TJCE- y a Austria. El dictamen llega en un momento muy especial en tanto Portugal acaba de permitir que no farmacéuticos puedan tener hasta cuatro farmacias (a).

En el caso de España una de las primeras organizaciones en reaccionar fue el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos (CGCOF), que celebró una Asamblea Extraordinaria el pasado 5 de julio. Los presidentes de los colegios provinciales acordaron preparar informes profesionales y jurídicos de carácter nacional, pero también en el ámbito de cada autonomía, con el fin de razonar las ventajas del modelo plasmadas en cada ley de ordenación farmacéutica. Asimismo, los responsables colegiales recabarán el apoyo de las organizaciones de consumidores y usuarios, que siempre han manifestado su satisfacción con el servicio que prestan las oficinas de farmacia [2].

El Presidente del Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, Pedro Capilla, ha recibido con malestar el informe de la UE. “La farmacia española es un modelo a imitar, no a destruir”, ha declarado. Según sus datos, España es el país europeo con mayor número de farmacias por habitante, un sistema que cubre “al 99% de la población sin necesidad de desplazarse”. Capilla, que no negó que el actual método pueda ser mejorado, se mostró reacio “a cambiar por cambiar”, lo que en su opinión supondría un gran perjuicio para los ciudadanos [3].

“La población cree que el modelo de Navarra es bueno, pero en realidad la farmacia se está descapitalizando poco a poco y la calidad del servicio es baja, aunque la opinión pública no lo perciba”, afirma Capilla. Para él “el sistema de Navarra no ha mejorado la situación” [4]. A su juicio, los argumentos de la CE suenan bien, pero no deberían generalizarse “ni aplicarse a este sector, porque los medicamentos no pueden ser considerados una mercancía”. En esta idea coincide también Isabel Vallejo, Presidenta de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles: “Tal vez Europa debería tomar criterios de España” [3].

Por su parte, Ramón Blasco, Presidente del COF de Zaragoza, sostuvo que “el autor de este tipo de iniciativas es diferente pero el mensaje ya es conocido, con lo que es de esperar que termine habiendo una sentencia. Dudo que el Ministerio plantee modificaciones ni mueva nada. Hay una intranquilidad generalizada”. En una línea similar, pero más positiva, Antoni Real, Presidente del COF de Baleares, entiende que “hay que intentar parar esto antes de que llegue al tribunal. Aunque hay diferencias en el acceso a las farmacias en las autonomías (lo que debería mejorar), el resto de cuestiones que se plantean no tienen sentido porque para el ciudadano el sistema funciona muy bien. Creo que en el sector quieren entrar las empresas” [4].

Para Jesús Bellver, su homólogo en Castellón, “las tesis de la Comisión sobre los módulos y los concursos son cortinas de humo porque lo que se pretende es deslindar la titularidad de la propiedad. Entiendo que cada autonomía deber reforzarse y creo que el informe del Ministerio será favorable. Hay preocupación porque ahora el requerimiento viene de fuera de España” [4].

El Colegio de Farmacéuticos de Córdoba expresaba de esta forma su preocupación: “Las recomendaciones de la Comisión Europea son totalmente contraproducentes y sólo buscan abrir el mercado a las cadenas multinacionales de farmacia y a los grupos de distribución, que consiguen cambiar la legislación europea mediante poderosos lobbies de presión financiados con cuantiosos recursos económicos. Además, puede generar el caos en la prestación farmacéutica y convertirá a todos los farmacéuticos en meros asalariados de grandes empresas” [2].

La Asociación de Empresarios de Farmacia de Madrid considera que un cambio en el actual modelo “podría repercutir negativamente sobre la equidad del SNS, por cuanto la regulación existente responde a un sistema asistencial totalmente intervenido”. La asociación señala que el mínimo de 2.800 habitantes por farmacia, establecido en la ley 16/97, no se da en ningún territorio. Según los últimos datos del CGCOF, la media nacional se sitúa en una oficina por cada 2.111 habitantes. En lo único en lo que los representantes dan la razón a Bruselas es en lo que se refiere a dar prioridad en la concesión de farmacias a quienes han trabajado en la comunidad autónoma en cuestión [2].

La Federación española de Distribución Farmacéutica (FEDIFAR) manifestó su “absoluto respaldo” al modelo de farmacia español y sostuvo que las medidas que se derivarían del dictamen de la CE “no favorecerían nada los intereses de los pacientes y por lo tanto de la sociedad” [5].

Diferente es la opinión de la Presidenta de la Asociación de Farmacéuticos sin Farmacia, Pilar Aparicio, que ha recibido la noticia “como si nos hubiese tocado la lotería”. A su juicio, el informe es “ilusionante, porque la Unión Europea era nuestra única esperanza después de las injusticias que venimos sufriendo desde el año 1941”. En su opinión, aunque mucha gente se mostrará disgustada con la separación de titularidad y propiedad, este tema no es tan problemático: “El que sea un buen profesional saldrá adelante; en otros empleos cada uno se gana la vida como puede”. Está segura, además, de que esta liberalización beneficiaría a los consumidores: “Está demostrado que cuantas más restricciones hay, más ineficiencias se producen” [3].

Hacia el futuro
Con la comunicación del dictamen en realidad se abre un proceso de negociación entre el Comisión y el país de que se trate, aunque la notificación indique un plazo de dos meses para modificar la legislación. Esto es así porque el dictamen no tiene carácter coercitivo y, a su vez, la Comisión no suele seguir a rajatabla el tiempo para instar el proceso judicial en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, explicó que en el proceso de “explicaciones oportunas” se argumentará a favor del modelo de oficina de farmacia español. “La CE tiene que entender cuál es el modelo de farmacia español y seguramente habrá que dar una información adicional del por qué de determinadas normas”, añadió [1,3].

Con respecto a la mayor puntuación en los concursos a los farmacéuticos que ejercen en la autonomía frente a los de otras, Salgado piensa que esta condición “parece que no responde a ninguna razón científica, por lo que se pedirán a las mismas [CCAA] las explicaciones a este respecto” [3].

En la misma línea, Teresa Pagés, Directora de Farmacia, explicó que “el apoyo del Ministerio al modelo de farmacia y a las cuestiones que se plantean en este momento es indiscutible. Está demostrada su defensa y apoyo a los farmacéuticos” [1]. Apuntó que la apuesta de Salgado por la continuidad del modelo actual está en la recién aprobada Ley de Garantías y Uso racional de los Medicamentos, la cual refuerza el carácter de las oficinas de farmacia como “establecimientos privados de interés público”.

Otros frentes de ataque al sector
Aunque Sanidad asegura que defenderá el modelo español, el Partido Socialista de Euskadi presentó una proposición no de ley ante al Parlamento de la comunidad autónoma en la que insta “al Gobierno Vasco a la modificación de la Ley 11/94 de Ordenación Farmacéutica de Euskadi para adecuarla a la normativa europea” [6].

Por otro lado, el propio Gobierno español ha redactado un proyecto de Ley de Sociedades Profesionales según el cual las sociedades profesionales podrían tener hasta un 25% de socios no profesionales. Este mismo porcentaje se aplica al capital que puede quedar en manos ajenas al colectivo del que se trate. Puesto que no se hace mención específica a las profesiones afectadas ni a la modalidad de ejercicio, con la redacción actual podría verse modificado el régimen de propiedad de las oficinas de farmacia, eliminando la exclusividad de los farmacéuticos [6].

La Presidenta de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, Isabel Vallejo, considera que, con este panorama, si no se toman medidas correctoras, se podría presentar “un conflicto legislativo entre la Ley 16/97 (de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia), la Ley General de Sanidad y la Ley de Sociedades Profesionales” [6].

Nota del editor:
a. Para más información sobre las objeciones a España y demás países consultar “Italia, Austria y España: Procedimientos de infracción contra el sector de las farmacias” en la Sección Farmacia y Dispensación de esta edición del Boletín Fármacos

Referencias:
1. José María López, La Comisión Europea exige a España cambiar su planificación y sugiere seguir a Navarra, Correo Farmacéutico (España), 3 de julio de 2006.
2. María Sánchez-Monge, España: El sector defiende el modelo español de apertura, gestión y propiedad de las farmacias, El País (España), 11 de julio de 2006.
3. Convulsión en las farmacias tras la advertencia de la Unión Europea, El Mundo (España), 1 de julio de 2006.
4. José María López Agúndez, Consejo y CCAA harán informes a Sanidad en defensa del modelo, Correo Farmacéutico (España), 10 de julio de 2006.
5. España: Distribuidores farmacéuticos defienden el modelo español de farmacia frente al dictamen de la Comisión Europea, Europa Press (España), 21 de julio de 2006.
6. María Sánchez-Monge, Varios frentes amenazan el modelo actual de propiedad, El Global.net (España), año V, Nº 305.

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España: La asistencia farmacéutica en las comunidades autónomas está muy fragmentada
Editado de: Eugenia Garrido, El Global (España), 16 de junio de 2006

Existen tantos modelos de suministro, dispensación y atención farmacéutica a los centros sociosanitarios como comunidades autónomas. Pero más que la falta de homogeneidad, lo que preocupa a los especialistas consultados por El Global es la inexistencia de regulación y, cuando ésta existe, que el sistema elegido por la Administración se centre en la búsqueda de un abaratamiento de los costes más que una mejora de la calidad asistencial.

La mayoría de las leyes autonómicas de ordenación farmacéutica recogen la prestación y Atención Farmacéutica (AF) a residencias sociosanitarias, pero pocas han llevado a cabo su desarrollo. Esta situación, según apuntaron los especialistas consultados, va en detrimento de la calidad asistencial. La falta de regulación permite que se den circunstancias como la existencia de centros sociosanitarios que se suministran de farmacias ubicadas a cientos de kilómetros, dispensaciones como mero canje receta-fármaco, administraciones en condiciones inadecuadas (…).

De ahí que muchos se opongan a las iniciativas de algunas autonomías, pues entienden que ciertos modelos responden más a una búsqueda de reducción del gasto que a una mejora del servicio. Para éstos, la implantación de un sistema centralizado de compras por el que apuestan varias administraciones sanitarias no parece ser la mejor de las opciones.

La mayoría comparten la opinión del Presidente del COF de Huesca, Carlos Lacadena, de que son la AF y el seguimiento farmacoterapéutico (SF) los que consiguen un ahorro real. “Con su implantación se ahorra de verdad porque se acaba con lo que realmente genera el gasto: duplicidad de tratamientos, ingresos por interacciones, fármacos sin efectividad terapéutica, mala gestión de los stocks…”, explicó Lacadena.

La Presidenta de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, Isabel Vallejo, apuntó que establecer un modelo válido para todas las residencias sociosanitarias es complicado. “Si las residencias son grandes y en régimen interno, lo lógico sería que tuvieran un servicio de farmacia propio, pero en las residencias pequeñas no sería rentable”.

En este sentido, “la ordenación del modelo debería venir dada por los servicios que los farmacéuticos seamos capaces de ofrecer y podamos prestar del mejor modo dentro del SNS”, explicó el Presidente del Consejo de COF de Castilla y León, Javier Herradón.

La oficina de farmacia (OF) es, en la mayoría de los casos (residencias privadas y públicas de tamaño reducido), la que se encarga de la prestación. El Presidente de la Federación de Farmacias de Canarias, Manuel Díaz Feria, apuntó que “lo único que hay que regular es que el servicio que se preste se haga siguiendo protocolos de calidad adecuados”.

Farmacia comunitaria
“La oficina de farmacia puede dar un valor añadido que supera lo que puede ofrecer la farmacia hospitalaria o la farmacia de Atención Primaria”, afirmó el Vocal nacional de OF, Teodomiro Hidalgo. Los argumentos a favor son muchos: accesibilidad, proximidad, trazabilidad (…) Además, “ya están preparadas y disponen de la infraestructura para prestar el servicio”, añadió el Secretario del COF de Guipúzcoa, Ángel Garai.

Éste es el modelo por el que se ha optado en la Comunidad de Madrid y el que muy pronto se implantará en Castilla-La Mancha y probablemente en Cataluña.

A finales de mes los COF castellanomanchegos firmarán un convenio de colaboración con su servicio autonómico de salud (Sescam) por el cual las farmacias servirán mediante receta médica a los centros sociosanitarios bajo unas determinadas condiciones.

Las OF que se adscriban a este convenio atenderán de forma rotatoria el suministro de la residencia ubicada en su núcleo de población, además de ordenar la dispensación y diseñar e implantar programas de AF y SF. Según explicó la Presidenta del COF de Ciudad Real, Ana López Casero, estos programas se llevarán a cabo de forma consensuada con el centro sociosanitario.

Los COF, además de coordinar el servicio en su provincia, ayudarán a las farmacias ofreciéndoles todas las herramientas necesarias para satisfacer las necesidades de las residencias. Albacete, Ciudad Real y Toledo tienen previsto elaborar un reglamento interno que organice este sistema, así como diseñar los programas asistenciales de mayor demanda y ponerlos a disposición de las OF.

Asimismo, las farmacias deberán aportar el 6% del PVP de los medicamentos que sirvan a la residencia al Sescam. Según explicó Ana López Casero “ese dinero se destinará a la sostenibilidad del sistema y a la implantación de la receta electrónica”.

La Presidenta del COF de Ciudad Real afirmó que se luchó hasta el último momento por evitar esa aportación, pero “era eso o que la farmacia comunitaria perdiera la prestación a los centros sociosanitarios”.

Este convenio, que tendrá vigor hasta la firma del próximo concierto farmacéutico dentro de año y medio, ha paralizado la iniciativa del Sescam de prestación desde los servicios de farmacia hospitalaria (SFH).

Durante este tiempo se recogerán datos para tabular el ahorro que se consigue con la dispensación y la AF desde la OF con el objetivo de que en el próximo concierto esta prestación se recoja como un anexo más y se pueda negociar la aportación a la baja. “La OF puede dispensar con ahorro y mejor servicio que el suministro directo”, afirmó López Casero.

En Madrid el sistema es muy similar, aunque sin la aportación. Según explicó Carlos Raposo, del departamento técnico del COF de Madrid, son las farmacias de la zona de salud donde se ubica la residencia de ancianos las que, siguiendo un turno rotatorio, se ocupan del suministro y ofrecen dispensación activa. Actualmente, unas 400 boticas ofrecen asistencia sociosanitaria a casi 30 residencias de titularidad pública.

Raposo explicó que aún hay que protocolizar la AF y el SF, pero antes hay que dimensionar las necesidades de esta prestación farmacéutica, pues “para hacer AF y SF de calidad se necesita adecuar los recursos”, apuntó. El representante del COF de Madrid afirmó que tanto la Administración sanitaria autonómica como los farmacéuticos comunitarios están “cómodos y contentos con el marco establecido”. El reto ahora es “afianzar la prestación”, afirmó.

Raposo señaló asimismo que, en un futuro, una vez ponderados los beneficios de la prestación, se podría plantear la remuneración por el servicio de SF.

En Cataluña ya ha finalizado el piloto para evaluar a la OF como suministradora de medicamentos y de AF en residencias geriátricas. Según la Vocal del Consejo de COF de Cataluña, Teresa Bassons, la idea es que sean las farmacias comunitarias las que, además de suministrar los medicamentos, sigan con los residentes un protocolo de AF que incluye, entre otros, servicios de dispensación de tratamientos a dosis personalizadas, detección de interacciones farmacológicas, seguimiento de pacientes polimedicados y control en determinados productos.

Bassons afirmó que los resultados del pilotaje han sido “interesantes desde el punto económico y asistencial”. Ya se han presentado a la Administración y es probable que la implantación de este modelo se generalice después del verano. “Este sistema traerá consigo cambios en la estructura de las propias residencias, pero también en la OF. Además, requerirá formación específica”.

El único punto débil que se apuntó a este modelo es la rotación, pues ésta rompe con la continuidad de la AF y el SF. En este sentido, Teodomiro Hidalgo afirmó que el modelo ideal sería una especie de unión temporal de empresas. Es decir, que en lugar de la rotación el servicio se hiciera conjuntamente por una asociación de farmacias.

Farmacia hospitalaria
Otra de las modalidades existentes se basa en la adscripción de las residencias a los SFH de la red pública. En estos casos, el suministro de medicamentos se hace a través de este servicio y el farmacéutico de hospital comparte su tiempo entre los dos centros. En la mayoría de los casos, según apuntó el presidente de la Federación de Farmacias de Galicia (Fefga), Fernando Guerreiro, esto se hace sin aumentar la plantilla de los servicios de farmacia hospitalaria.

Este modelo es el que, con algunos matices, está funcionando en Galicia, Aragón o Extremadura.
En Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud (SES) y los COF de la región han firmado un protocolo de colaboración que regula esta situación. El SES se encargará de la dispensación a las residencias de más de cien camas, mientras que las OF lo harán del resto. La firma de este protocolo se realizó recientemente en el marco de la renovación del concierto de prestación farmacéutica.

En Galicia, sin embargo, según explicó Guerreiro, “se ha dejado totalmente al margen a la oficina de farmacia”. Además, el Servicio Gallego de Salud no ha regularizado el suministro de los fármacos que no se pueden adquirir a través del SFH, ni ha protocolizado la Atención Farmacéutica “porque no se hace”, afirmó.

La situación que se da en Aragón es parecida. Según explicó Lacadena, está regulado que las oficinas de farmacia se encarguen, siguiendo un sistema de rotación, de dispensar aquellos fármacos que no se encuentran dentro del arsenal terapéutico de los centros hospitalarios.

El suministro no es, sin embargo, la única limitación de este modelo. Lacadena apuntó que la falta de personal en los SFH y un horario restringido impiden una adecuada asistencia farmacéutica. El Presidente del COF de Huesca señaló que el Gobierno autonómico es consciente de esta situación y está estudiando alternativas al servicio. “Tarde o temprano, en Aragón será la oficina de farmacia quien acabe haciéndose cargo de la asistencia farmacéutica sociosanitaria”, afirmó.

Servicios autónomos
Por otro lado está el sistema vigente en la Comunidad Valenciana, que consiste en cinco servicios de farmacia autónomos estratégicamente distribuidos en los que trabajan 17 farmacéuticos de farmacia hospitalaria especializados en este sector de la población que se encargan de suministrar los medicamentos a todos los centros sociosanitarios de titularidad pública y alguno de gestión privada, además de realizar actividades de AF y SF.

Estos farmacéuticos atienden a 4.866 pacientes y, según los datos facilitados por el Presidente de la Sociedad Valenciana de Farmacia Hospitalaria (SVFH), Enrique Soler, con este modelo de gestión se consiguió en 2005 un ahorro neto, una vez descontados los gastos de personal e infraestructura, de unos 2.760.000 euros.

Para Enrique Soler, este ahorro es un efecto colateral positivo, pues “lo importante es dar una AF adecuada a este tipo de pacientes”. Ésta se consigue gracias —según explicó— a farmacéuticos dedicados exclusivamente a estos pacientes que, además, están especializados en la atención a este sector de la población.

La comunicación y la coordinación entre los cinco servicios es otra de las claves de su éxito, según el Presidente de la SVFH. “Una comisión de farmacia decide y aprueba los protocolos a implementar en las distintas residencias según sus necesidades y coordina todas las actividades, evitando así la variabilidad en la práctica”.

El modelo que funciona en Baleares comparte algunos puntos en común con éste. El Presidente del COF de Baleares, Antoni Real, explicó que un servicio de farmacia autónomo regulado por el Instituto Balear de Salud gestiona el suministro, dispensación y control de los medicamentos destinados a las residencias más grandes. Las más pequeñas acuden a las OF más próximas. Además, los centros de Atención Primaria y las residencias públicas comparten la aplicación de la historia clínica del paciente para mejorar la AF.

Real afirmó que los farmacéuticos comunitarios que dispensan a los centros sociosanitarios cumplen los protocolos de AF y SF establecidos al respecto. Sin embargo, aunque reconoció que este modelo ha supuesto un ahorro, éste no alcanza la cifra barajada por la Administración sanitaria.

Hidalgo, al igual que la mayoría de los consultados, apuntó que el suministro desde los SFH no supone tanto ahorro. “No creo que este sistema ahorre más dinero que la farmacia comunitaria. Lo único que hace es desviar una parte del gasto de medicamentos con receta hacia el gasto de medicamentos de hospital. Deja de verse, pero sigue estando ahí”, afirmó.

Sin regulación
Andalucía, Canarias o País Vasco son algunos ejemplos de autonomías donde la regulación aún no ha llegado. En alguna de ellas ni siquiera hay visos de que vaya a hacerlo en breve. En casi todas son las oficinas de farmacia las que se encargan del suministro, pero sin ningún tipo de protocolo.

Éste es el caso de Canarias, donde —según explicó Díaz Feria— “hay farmacias que hacen AF y farmacias que sólo intercambian recetas y medicamentos”. Pero “la regulación no está entre las prioridades de la Administración insular”, apuntó.

Algo similar ocurre en Andalucía. Su anteproyecto de Ley Farmacéutica, que acaba de ser aprobado y se prevé entre en fase parlamentaria en otoño, contempla en varios de sus artículos la prestación farmacéutica sociosanitaria, pero sin profundizar en ella. El concierto tampoco recoge mención alguna a esta cuestión.

En cuanto al País Vasco, entre los proyectos puestos sobre la mesa para contener el gasto en medicamentos está la centralización de la compra de fármacos. Esta medida —según explicó Ángel Garai— choca con lo que se recoge en el articulado de la ley vasca de ordenación farmacéutica. “Si quieren seguir adelante con este proyecto, tendrán que modificar la ley, porque ésta prevé otras opciones”, apuntó.

Garai señaló que se desconocen las especificaciones del modelo, pero no cree que la centralización de las compras sea la mejor medida ni para contener el gasto ni para prestar asistencia. “Nos gustaría dialogar con la Administración para articular los servicios desde la OF porque está preparada para dar esa prestación”.

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España: Médicos y farmacéuticos elaborarán guías para mejorar la atención de los usuarios
Europa Press, 31 de julio de 2006

La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC), la Sociedad Española de Farmacéuticos Comunitarios (SEFAC), el Grupo de Investigación en Atención Farmacéutica de la Universidad de Granada y la Fundación Abbott han firmado hoy un acuerdo de colaboración para la elaboración de Guías de Indicación Farmacéutica lo que, según destacaron estas instituciones, “supondrá una mejora en el manejo de los síndromes menores en la oficina de farmacia”.

Los representantes de las distintas entidades involucradas en el convenio resaltaron además que “es la primera vez que médicos de familia y farmacéuticos trabajarán conjuntamente en el desarrollo de programas de Atención Farmacéutica”. La iniciativa se aplicará en su primera fase en 600 oficinas de farmacia de 20 provincias de toda España, y prevé dotar a los farmacéuticos de pautas “que deben seguir cuando son consultados por sus usuarios sobre síndromes menores y los criterios de derivación al médico cuando sea necesario un diagnóstico facultativo”.

Para la elaboración de las guías, miembros del Grupo de Utilización de Fármacos de semFYC y del grupo de Investigación en Atención Farmacéutica de la Universidad de Granada han constituido un equipo de trabajo. Estas instituciones prevén, tras un año de aplicación de estas guías, recoger “todas las intervenciones realizadas por los farmacéuticos en relación con los síndromes menores y se evaluará el número de casos resueltos en la farmacia y el porcentaje de usuarios derivados al medico”.

“Si los resultados del programa son positivos, nuestra intención es desarrollarlo en todo el Sistema Nacional de Salud en colaboración con el Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos”, anticipó María José Faus, coordinadora del Grupo de Investigación en Atención Farmacéutica de la Universidad de Granada. En su opinión, esta iniciativa supondrá “una mejora en la atención al usuario de oficina de farmacia y una reducción de la presión asistencial en las consultas de Atención Primaria”.

Para el Presidente de semFYC, el Dr. Luis Aguilera, “el objetivo de este primer protocolo de intervención entre farmacéuticos y médicos de familia es mejorar la dispensación de fármacos y, en consecuencia, la atención que se ofrece al ciudadano desde las oficinas de farmacia. Esta iniciativa contribuirá, sin duda, a que las recomendaciones que se hacen desde las farmacias estén en total sintonía con la labor que realizamos los médicos de familia desde los centros de salud”.

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EE.UU.: Se enfrenta a la falta de farmacéuticos
Editado de: Javier Granda, Websalud (España), 15 de junio de 2006

La profesión farmacéutica norteamericana podría sufrir una profunda carencia de licenciados en la próxima década si continúa el ritmo de jubilación de los farmacéuticos varones y las mujeres optan por realizar su trabajo a tiempo parcial, según un estudio hecho público por el Pharmacy Manpower Project, Inc. (PMP) el pasado 24 de mayo.

El “National Pharmacist Workforce Study” señala que un potencial déficit de profesionales podría producirse en el momento clave en el que el farmacéutico quiera pasar menos tiempo dispensando medicamentos y enfoque su labor en proporcionar servicios centrados en el paciente, como vacunaciones y asesoramiento a personas de la tercera edad sobre uso adecuado de la medicación y el plan de prescripción de medicamentos de Medicare.

El trabajo fue recientemente presentado como avance de su publicación íntegra en APhA 2006, el encuentro anual de la Asociación Norteamericana de Farmacéuticos, y en el número correspondiente a mayo/junio de del Journal of the American Pharmacists Association. En la investigación fueron encuestados 1.470 farmacéuticos en ejercicio [N.E.: el artículo está disponible, en inglés, en: www.medscape.com/viewarticle/533490_print].

Entre los datos, destaca que el número de farmacéuticas en ejercicio ha pasado de un 31% en 1990 al 46% en 2004. Además, hay un gran porcentaje de varones a punto de jubilarse, con un 41,2% con 55 o más años, comparado con sólo un 10% de féminas en la misma situación. A ello hay que sumar que más farmacéuticos de ambos sexos están trabajando a tiempo parcial: un 27% de mujeres y el 15,5% de los hombres en 2004, frente al 23,4% y el 11,6%, respectivamente, en 2000.

“El cambio de cara de la farmacia norteamericana se incrementará de manera evidente entre los próximos cinco y 10 años, con la incorporación de más mujeres al trabajo, la posibilidad de más oferta a tiempo parcial y el deseo del farmacéutico de pasar más tiempo asesorando y ofreciendo otros servicios al paciente”, explicó a Pharmacist.com el Director del estudio, David A. Mott, de la Universidad de Wisconsin.

La tendencia al trabajo a tiempo parcial se incrementa en ambos sexos, pero ellas optan más por renunciar a la jornada completa, con más de un 30% en el tramo entre 31 y 50 años.

En 2004, los boticarios norteamericanos utilizaron el 49% de su jornada en la dispensación de fármacos y el 32% en el asesoramiento de pacientes en sus terapias, evaluando la seguridad, administrando vacunas o aconsejando en aspectos que van desde el autocuidado al manejo de la enfermedad. Según la encuesta, les gustaría pasar el 39% de su jornada dispensando fármacos e incrementar el tiempo para proporcionar servicios hasta un 48% de sus horas de trabajo.

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Los farmacéuticos contribuyen a mejorar la adherencia a los antidepresivos
E.G. El País (España), 13 de julio de 2006

Un grupo de farmacéuticos coordinados por la profesora titular de la Facultad de Farmacia de la Universidad de Barcelona Marian March ha elaborado un programa de Atención Farmacéutica (AF) en pacientes con depresión dirigido a reforzar la formación de los farmacéuticos para implementar el seguimiento farmacoterapéutico en estos pacientes. El incumplimiento terapéutico con antidepresivos es muy elevado.

En opinión de Marian March, involucrar al farmacéutico en el cumplimiento de los tratamientos ayudaría a mejorar la adherencia terapéutica del paciente con depresión. “Este tipo de enfermedades necesitan la colaboración directa entre médico, farmacéutico y paciente para que la adherencia al tratamiento sea la indicada y no se abandone antes”, explicó esta experta.

La larga duración de los tratamientos antidepresivos es uno de los principales factores que los expertos atribuyen a la falta de adherencia terapéutica. A éste se suman la posible aparición de efectos secundarios antes de que se note el efecto terapéutico de la medicación y los altibajos por los que pasa el enfermo en la fase inicial del tratamiento.

Marian March señaló que, “por su condición de nexo de unión entre el paciente y el médico y por la proximidad y conocimiento del paciente, el farmacéutico juega un papel clave en promover y estimular el cumplimiento, complementando y reforzando la tarea del médico”.

Esta labor la puede llevar a cabo a través del control de la aparición de efectos secundarios o problemas relacionados con el medicamento, ofreciendo información acerca de la importancia de un cumplimiento correcto del tratamiento y despejando dudas sobre la enfermedad y la medicación. Para ello, es preciso que “el seguimiento farmacoterapéutico se establezca a partir de un calendario de visitas programadas acordadas con el paciente”, señaló.

Además, esta experta afirmó que el farmacéutico comunitario puede ayudar, igualmente, a través del diálogo que establece con los usuarios durante la dispensación o la consulta farmacéutica, a detectar precozmente la aparición de situaciones de incumplimiento.

“Cuando un paciente que se encuentra en tratamiento para la depresión acude a la farmacia en un estado de apatía, alicaimiento que no sabe cómo superar o a qué atribuir y que se ha prolongado unas semanas en el tiempo, el farmacéutico puede recomendarle que solicite ayuda médica”.

Marian March explicó que el material elaborado para ayudar al farmacéutico a poner en marcha un programa de AF en pacientes con depresión y realizar un seguimiento farmacoterapéutico se distribuye en tres monografías. La primera contextualiza la enfermedad y los tratamientos existentes. La segunda explica cómo implementar el seguimiento farmacoterapéutico personalizado, cómo debe ser la relación y la comunicación con el médico, se describen los diferentes registros que se pueden llevar a cabo desde la farmacia y cómo se pueden establecer las visitas a través de un calendario programado con el paciente. La tercera monografía facilita al farmacéutico material de apoyo para entregar a los pacientes y familiares con el fin de motivar un uso correcto de los medicamentos.

El coste de la depresión supera los 700 millones de euros.

“Lograr un uso racional de los medicamentos ayuda a reducir las recaídas y a conseguir que el coste-beneficio del tratamiento sea el esperado”, afirmó Marian March. Según datos facilitados por Novartis, patrocinador de este programa de AF, se estima que la depresión afecta a alrededor del 10% de la población y, en términos económicos, su coste asciende a unos 745 millones de euros anuales. De ellos, sólo el 15,9% se refiere al gasto en medicamentos. El abordaje de esta patología se completa con psicoterapia y terapia electroconvulsiva. La coordinadora de este programa de AF insistió en la necesidad de “utilizar factores de motivación y recurrir a herramientas que involucren directamente en el tratamiento al paciente y a su familia”.

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Cuidados farmacéuticos en farmacias comunitarias: Investigación y práctica en EE.UU. (Pharmaceutical Care In Community Pharmacies: Practice And Research In The US)
Christensen DB, Farris KB
Ann Pharmacother 2006;40:1400-1406

Objetivo: Describir las condiciones de la farmacia comunitaria, incluyendo los servicios dirigidos a la atención de los pacientes en los EE.UU.

Hallazgos: Las farmacias de cadena incluyendo las farmacias de cadena tradicionales, tiendas al por mayor, y supermercados, constituyen el 50% de las farmacias comunitarias en los EE.UU. La actividad principal de estas farmacias es la dispensación de medicamentos pero parece que las actividades de consejería para los pacientes parecen seguir aumentando. Alrededor de una cuarta parte de los dueños de farmacias comunitarias independientes realizan algún servicio clínico para los pacientes, tales como asesoría sobre medicamentos y manejo de dolencias crónicas. La mayoría de los programas de planes de salud pagan a los farmacéuticos solamente por el servicio de dispensación; sin embargo, está aumentando el número de iniciativas del sector público y privado para que se reembolse a los farmacéuticos por el servicio de asesoría. Con el nuevo programa de cobertura de medicamentos de Medicare aumentan las oportunidades, ya que requiere un servicio del manejo de los tratamiento para los afiliados.

Discusión: En los EE.UU, el modelo privado de prestación de servicios de salud, incluyendo los servicios farmacéuticos, impide que se puedan implementar programas de ámbito nacional o estatal para cambiar el modelo básico del negocio. Hasta ahora, la mayoría de las farmacias continúan enfocadas a la dispensación de recetas, y buscan aumentar su productividad y eficiencia con el uso de la tecnología y los técnicos de farmacia. Debido a la baja remuneración por la dispensación y que tienen costos operativos elevados; los farmacéuticos tienen el reto de tener que promover el valor de sus servicios farmacéuticos, que van más allá de la dispensación, al sector privado. A medida que el costo de tratamientos que no son óptimos se vuelve más evidente, es más probable que los planes de seguro privados exijan que los farmacéuticos tengan un papel más activo en el manejo de la terapia. Los currículos de las escuelas de farmacia, y las asociaciones farmacéuticas estatales y nacionales trabajan continuamente para preparar y promover al farmacéutico de comunidad para estos roles. La investigación sobre la práctica farmacéutica surge principalmente por intereses académicos y, en menor grado, por las asociaciones farmacéuticas.

Conclusiones: La dispensación eficiente de recetas es el objetivo principal de las farmacias comunitarias. Se están llevando a cabo algunos estudios bien diseñados sobre la práctica farmacéutica, pero no existe ninguna agenda de investigación nacional o infraestructura para hacerla. Todavía no son muchos los que pagan el servicio de asesoría pero es una práctica que está en vías de crecimiento.

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Cuidados faramcéuticos en las farmacias comunitarias: Investigación y práctica en Suecia (Pharmaceutical Care In Community Pharmacies: Practice And Research In Sweden)
Westerlund LOT, Björk HT
Ann Pharmacother 2006;40:1162-1169

Objetivo: Describir la organización y los servicios médicos y de farmacia comunitaria; así como la atención farmacéutica y la investigación en Suecia.

Hallazgos: En Suecia, el sistema de farmacias de venta al por menor consta de 800 farmacias comunitarias y cerca de 80 farmacias de hospital. En Suecia todas las farmacias forman parte de un sistema único, cuyo propietario es el gobierno, y que se conoce como Apoteket AB. El personal está integrado por farmacéuticos, prescriptores (categoría profesional que parte de 2-3 años de formación farmacéutica universitaria) y técnicos de farmacia. Algunas actividades relacionadas con la atención farmacéutica se han dirigido a grupos específicos de pacientes durante las campañas temáticas anuales. En los últimos años; la atención farmacéutica sueca ha puesto un énfasis creciente en la identificación, resolución, y documentación de problemas relacionados con medicamentos (DRPs por sus siglas en inglés). En 1995 se desarrolló un sistema de clasificación para la documentación de DPRs y de las intervenciones farmacéuticas, y se incorporó como programa computarizado en todas las farmacias comunitarias en 2001. En 2004 se estableció un banco de datos nacional para reunir y analizar los DRPs y todas las intervenciones. En los últimos años se ha probado, con éxito, un nuevo modelo de consejería que utiliza preguntas clave para facilitar la detección de DRPs. En 160 farmacias se dispone del perfil de medicamentos de sus pacientes, y en 2006 estará disponible el nuevo registro nacional de medicamentos dispensados a los pacientes. La mayoría de los estudios de atención farmacéutica en Suecia se refieren a los DRPs y a las intervenciones farmacéuticas resultantes.

Discusión: El trabajo con los DRPs de las farmacias comunitarias suecas está en la vanguardia internacional, pero existe potencial de desarrollar otras áreas de conocimiento, dada la gran ventaja de que todas las farmacias del país formen parte de una sola cadena. La introducción de un sistema para documentar el perfil de medicamentos de cada paciente ha sido tardía y lenta; y hasta ahora sólo ha tenido un efecto marginal en la práctica de la atención farmacéutica. Las universidades no parecen estar interesadas en influenciar la práctica farmacéutica y podrían tener un papel más activo en la preparación de los estudiantes de farmacia con mayor orientación hacia los pacientes. Las amenazas a la práctica de la atención farmacéutica y la investigación son: cambios organizativos, cortes presupuestarios, y reducción del recurso humanos en Apoteket AB.

Conclusiones: La identificación, resolución, y documentación de problemas relacionados con medicamentos son esenciales para la práctica de la farmacia comunitaria en Suecia y se han hecho numerosas investigaciones. El banco de datos nacional sobre problemas relacionados con medicamentos, el perfil de medicamentos de los pacientes, y el nuevo registro de medicamentos dispensados a pacientes ofrecen oportunidades para que crezca la atención farmacéutica y la investigación en el país.

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El seguimiento farmacoterapéutico: Un componente de la calidad en la atención al paciente
Baena MI et al.
Ars Pharm 2005;46(3):213-232

La gestión de la Calidad Total busca la satisfacción del usuario, la implicación activa de los profesionales responsables de su salud y la incorporación de estrategias para la mejora continua de las actividades clínicas, incorporando la búsqueda de la seguridad del paciente como componente principal.

La gestión de la seguridad del paciente minimiza las lesiones no intencionadas atribuibles a procesos de la atención sanitaria, incluido el uso de medicamentos. Los principios de seguridad del paciente se aplican en ambos niveles asistenciales y a todos los profesionales sanitarios. Gestionar el riesgo es cuidar al paciente. La Seguridad del paciente pretende resolver problemas y prevenir errores.

La aportación del farmacéutico a la seguridad del paciente se realiza con la Atención Farmacéutica y en concreto con el Seguimiento Farmacoterapéutico (SFT) que previene, detecta y resuelve Problemas
Relacionados con los Medicamentos (PRM).

Uno de los principales problemas para avanzar, es la dificultad para homogeneizar resultados; existen diferencias en las definiciones, al igual que ocurre en el ámbito del medicamento, donde se mezcla permanentemente proceso y resultado: efecto adverso, acontecimiento no deseado, errores de médica- medicación, PRM, etc.

Se ha de homogenizar la taxonomia; disponer de una información común permitiría conocer mejor la prevalencia, sus tipos, sus causas, su gravedad así como sus consecuencias.

Se quiere caminar hacia la seguridad del paciente evaluando tecnologías su efectividad y su seguridad, acreditando establecimientos y acreditando competencia profesional.

Este es el camino también para el SFT que comparte los principios básicos de calidad de la seguridad del paciente.

El farmacéutico tiene la responsabilidad profesional y ética de poner a disposición de los pacientes el conocimiento, la experiencia y el método, igual que las acciones emprendidas por los sistemas sanitarios.

Existe la oportunidad de estar, de ser los responsables de esta aportación, porque la seguridad del paciente, en general, y en relación al uso de los medicamentos en particular, va a desarrollarse.

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Cumplimiento, conocimiento y automedicación como factores asociados a los resultados clínicos negativos de la farmacoterapia
Baena MI et al.
Ars Pharm 2005;46(4):365-381

El paciente juega un papel primordial en la consecución de los resultados terapéuticos. El incumplimiento, la automedicación, o la falta de conocimiento de la farmacoterapia pueden ser causas de resultados clínicos negativos, denominados en ocasiones problemas relacionados con medicamentos (PRM). El método Dáder se utilizó para la evaluación, identificación y clasificación de PRM. La asociación de variables se estableció mediante el estadístico chi cuadrado. El conocimiento de la medicación, el cumplimiento y la automedicación fueron estudiados como causa de estos resultados negativos de la medicación. Fueron entrevistados 2556 pacientes durante el año de estudio, resultando 2261 casos válidos. El 33 % presentaron un PRM como causa de visita a urgencias. El conocimiento de la medicación, el cumplimiento y la automedicación fueron estudiados solo en la población que presentó un PRM y se demuestra que son aspectos asociados a las distintas dimensiones de PRM. No es posible establecer asociación entre la existencia o no de resultados clínicos negativos en los pacientes con el conocimiento de la medicación, el cumplimiento y la automedicación, debido a que estas variables no son atributos del paciente sino que están asociadas a cada medicamento.

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modificado el 28 de noviembre de 2013