Resumen
En 2024, una nueva legislación introdujo cambios significativos en las normas, procedimientos e instituciones que rigen la ética de la investigación en Brasil. Uno de sus objetivos era limitar las obligaciones de los patrocinadores en materia de acceso post ensayo (PTA). Sin embargo, un veto presidencial debilitó esta reforma. Este veto mantuvo la obligación indefinida de los patrocinadores de proporcionar la intervención probada hasta que esté disponible en el Sistema Nacional de Salud.
En Brasil, donde los tribunales suelen ordenar la financiación pública de tratamientos no incluidos en las listas y protocolos del sistema de salud, una reducción sustancial de las obligaciones de los patrocinadores en materia de PTA probablemente incrementaría los litigios para obtener financiación estatal para PTA. Esta dinámica añade un eslabón adicional de complejidad al análisis ético de la regulación del PTA en Brasil, ya que se debe considerar su impacto distributivo en el sistema de salud pública.
Por lo tanto, cualquier argumento para reducir las obligaciones de los patrocinadores en materia de PTA debe ir más allá de simplemente demostrar que estos no tienen una obligación ética con los participantes de proporcionarles acceso indefinido a la intervención probada o que dicha obligación desincentiva la investigación. También debe presentar argumentos convincentes de que corresponde al Estado, en lugar de a los patrocinadores, asumir la responsabilidad de financiar la PTA.