Una organización internacional sin ánimo de lucro para fomentar el acceso y el uso adecuado de medicamentos entre la población hispano-parlante

Regulación y Políticas
Europa

Europa. Comunidad Europea. Los laboratorios farmacéuticos ganan otra batalla contra el comercio paralelo
Expansión.com. 1 de julio de 2009
www.expansion.com/2009/07/01/empresas/1246399511.html

Europa. Defensa de la competencia: las deficiencias del sector farmacéutico requieren nuevas medidas
Press release, 8 de julio de 2009.
europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/09/1098&format=HTML&aged=0&language=ES&guiLanguage=en

Alemania. Multan con más de un millón de euros a varias asociaciones por boicotear a Celesio
El Global.com, 12 de julio de 2009.
www.elglobal.net/articulo.asp?idcat=643&idart=430802

El Gobierno español facilita el acceso a medicamentos en situaciones especiales
msc.es, 22 de junio de 2009
www.msc.es/gabinetePrensa/notaPrensa/desarrolloNotaPrensa.jsp?id=1566

España. Juicios y fallos regulatorios bloquean las EFG
Correofarmacéutico.com, 13 de julio de 2009
www.correofarmaceutico.com/2009/07/13/farmacologia/litigiosidad-y-fallos-regulatorios-bloquean-las-efg

España. Ni Luxemburgo ni la CNC permiten cerrar el debate sobre el doble precio
Correo Farmacéutico.com 6 de julio de 2009.
www.correofarmaceutico.com/2009/07/06/al-dia/profesion/ni-luxemburgo-ni-la-cnc-permiten-cerrar-debate-sobre-doble-precio


Europa. Comunidad Europea. Los laboratorios farmacéuticos ganan otra batalla contra el comercio paralelo
Expansión.com. 1 de julio de 2009
www.expansion.com/2009/07/01/empresas/1246399511.html

Luxemburgo reconoce que la industria tiene derecho a limitar las exportaciones de fármacos si éstas dañan en exceso sus beneficios e inversiones en I+D.

Los laboratorios parecen haber ganado la primera batalla oficial contra el comercio paralelo. Ayer, el Abogado General del Tribunal de Luxemburgo hizo públicas sus conclusiones sobre los dobles precios de Glaxo, un sistema que implantó el laboratorio británico en 2001 y por el que vendía a distinto precio sus medicamentos a los distribuidores mayoristas en función de si éstos los iban a revender a las farmacias españolas o a exportar a otros países con precios más altos que los españoles.

Este sistema, que Glaxo implantó para frenar el comercio paralelo, que causa pérdidas para la multinacionales farmacéuticas cercanas a los 5.000 millones de euros anuales, fue denunciado por la Comisión Europea y las asociaciones de distribuidores paralelos por implicar trabas a libre comercio e impedir que los consumidores se beneficiaran de los ahorros potenciales que genera para ellos esta actividad, al tener acceso a fármacos a menor precio.

En 2006, el Tribunal de Primera Instancia de Luxemburgo dictó una sentencia sobre el caso, que el sector consideró ambigua y que fue recurrida por las dos partes, tanto por Glaxo como por la Comisión Europea y los distribuidores. Ahora, el Abogado General ha emitido sus conclusiones sobre el recurso a esa sentencia y lo ha hecho en buena medida a favor de Glaxo. El Abogado considera que, aunque el sistema de dobles precios puede ser contrario a la libre competencia, el Tribunal tiene la obligación de analizar “con particular cuidado” los perjuicios económicos del comercio paralelo sobre el laboratorio y, por tanto, sobre sus beneficios e inversiones en I+D.

Espaldarazo
Miquel Montañá, socio de Clifford Chance, asegura que “la posición del Abogado General constituye un nuevo espaldarazo a los legítimos esfuerzos de las empresas innovadoras por erradicar el comercio paralelo, del que sólo se benefician los importadores paralelos, y de ser seguida por el Tribunal, obligará a la Comisión Europea a entrar en un debate muy interesante que hasta ahora la Dirección General de Competencia había rehuido”.

Y es que, aunque el caso de Glaxo viene de lejos, la polémica sigue más que vigente. En España, un país tradicionalmente exportador paralelo por sus bajos precios, laboratorios como Pfizer, Sanofi-Aventis, Lilly, AstraZeneca, Boehringer Ingelheim y Janssen Cilag, se han sumado al carro de los dobles precios de Glaxo y venden sus medicamentos a los distribuidores a precio europeo, “en ocasiones hasta un 500% más caro que el español”, devolviendo al distribuidor la diferencia de precios con el español sólo y cuando éste demuestre con un auditor que no ha exportado el fármaco.

Según Antonio Mingorance, presidente de la patronal de distribuidores, esto supone “un enorme coste de tiempo y gestión para los distribuidores”. Con todo, Mingorance asegura que “el comercio paralelo es cada vez menos frecuente y con la caída de la libra deja de tener sentido”.

 

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Europa. Defensa de la competencia: las deficiencias del sector farmacéutico requieren nuevas medidas
Press release, 8 de julio de 2009.
europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/09/1098&format=HTML&aged=0&language=ES&guiLanguage=en

Según el Informe final de la Comisión Europea sobre la competencia en el sector farmacéutico, se retrasa la entrada en el mercado de medicamentos genéricos y disminuye el número de medicamentos nuevos que llegan al mercado.

La investigación sectorial sugiere que ello se debe en parte a las prácticas empresariales, pero no excluye otros factores, tales como las deficiencias en el marco regulador. Por ello, la Comisión se propone intensificar su análisis del sector farmacéutico conforme a la legislación comunitaria de defensa de la competencia, lo que incluye la supervisión continua de los acuerdos entre las empresas de medicamentos originales y las de medicamentos genéricos. Las primeras investigaciones de defensa de la competencia ya están en curso. El Informe también invita a los Estados miembros a introducir legislación para facilitar la utilización de los medicamentos genéricos. El Informe constata un apoyo casi unánime de las partes interesadas a una patente comunitaria y un sistema especializado de resolución de litigios sobre patentes en Europa.

La Comisaria de Competencia, Neelie Kroes, ha dicho: «Debemos reforzar la competencia y reducir la burocracia en relación con los productos farmacéuticos. El sector es demasiado importante para la salud y las finanzas de los ciudadanos y los gobiernos de Europa como para que aceptemos una solución que no sea la mejor. La investigación nos ha revelado lo que funcionaba mal en el sector; ahora ha llegado el momento de actuar. Por lo que respecta a la entrada en el mercado de medicamentos genéricos, cada semana y cada mes de retraso cuestan dinero a los pacientes y a los contribuyentes. No vacilaremos en aplicar normas de defensa de la competencia cuando dichos retrasos resulten de prácticas anticompetitivas. Las primeras investigaciones de defensa de la competencia ya están en curso, y se espera que a continuación se lleven a cabo adaptaciones de la normativa que aborden toda una serie de problemas del sector.»

Principales resultados y conclusiones estratégicas
La investigación ha contribuido considerablemente al debate sobre la política europea de productos farmacéuticos, en especial por lo que respecta a los medicamentos genéricos.

Basándose en una muestra de medicamentos que perdió la exclusividad en 17 Estados miembros durante el período 2000-2007, la investigación puso de manifiesto que los ciudadanos tuvieron que esperar más de siete meses tras el vencimiento de las patentes para obtener medicamentos genéricos más baratos, lo que incrementó sus gastos en medicamentos en un 20 %.

El retraso en la introducción de los medicamentos genéricos es importante, ya que, por término medio, dos años después de su entrada en el mercado, los productos genéricos son un 40 % más barato, en comparación con los medicamentos originales. Así pues, la competencia de los productos genéricos da lugar a precios sustancialmente más bajos para los consumidores. La investigación reveló que las empresas de medicamentos originales utilizan diversos instrumentos para prolongar todo lo posible la vida comercial de sus productos y evitar la entrada en el mercado de medicamentos genéricos.

La investigación confirma también una disminución del número de medicamentos nuevos que llegan al mercado y señala ciertas prácticas empresariales que podrían contribuir a este fenómeno. Está en curso un nuevo seguimiento del mercado para determinar todos los factores que inciden en esta disminución de la innovación.

Como reacción ante estas conclusiones, la Comisión efectuará un análisis más exhaustivo del sector, conforme a la legislación de defensa de la competencia del Tratado CE, e interpondrá recursos específicos cuando así proceda. La utilización de instrumentos específicos por las empresas de medicamentos originales a fin de retrasar la entrada en el mercado de medicamentos genéricos será objeto de un análisis de la competencia en caso de que se efectúe de manera anticompetitiva, lo que podría constituir una infracción con arreglo a los artículos 81 u 82 del Tratado CE.

Las estrategias defensivas sobre patentes, que se centran principalmente en la exclusión de los competidores sin perseguir objetivos de innovación, seguirán siendo objeto de análisis. Para reducir el riesgo de que los acuerdos entre las empresas de medicamentos originales y las de medicamentos genéricos se lleven a cabo a expensas de los consumidores, la Comisión se compromete a realizar un seguimiento más específico de los acuerdos que limiten o retrasen la entrada en el mercado de medicamentos genéricos. Cuando existen claras indicaciones de que una solicitud efectuada por una parte interesada ante un organismo de autorización de comercialización se ha llevado a cabo principalmente para retrasar la entrada en el mercado de un competidor, se invita a las partes y a los interesados perjudicados a presentar pruebas pertinentes de dichas prácticas a las autoridades de competencia correspondientes.

Por lo que respecta al tema de la regulación, la investigación concluye que:

· Es urgente crear una patente comunitaria y un sistema especializado unificado de resolución de litigios sobre patentes en Europa, para reducir las cargas administrativas y la incertidumbre de las empresas. Un 30 % de los asuntos judiciales relacionados con patentes se lleva a cabo paralelamente en varios Estados miembros, y en un 11 % de los asuntos las sentencias de los tribunales nacionales son contradictorias.
· Las iniciativas recientes de la Oficina Europea de Patentes (OEP) para garantizar un alto nivel de calidad de las patentes concedidas y acelerar los procedimientos son bien acogidas. Ello incluye las medidas tomadas en marzo de 2009 para limitar las posibilidades y los plazos durante los cuales pueden efectuarse solicitudes de fraccionamiento voluntario de las patentes (el denominado «ejercicio de elevación del listón»).

La Comisión también insta a los Estados miembro a:
· Asegurarse de que no se produzcan solicitudes de terceros y, en cualquier caso, de que no produzcan retrasos en la aprobación de los medicamentos genéricos.
· Acelerar considerablemente los procedimientos de aprobación de los medicamentos genéricos (por ejemplo, la Comisión cree que la fijación de precios y las modalidades de reembolso deben aplicarse automática o inmediatamente a los productos genéricos cuando la empresa de medicamentos originales ya se beneficie de dicho estatuto, lo que permitiría en ciertos casos un lanzamiento más rápido del producto).
· Tomar medidas si se detectan en su territorio campañas de información engañosa que cuestionen la calidad de los medicamentos genéricos.
· Racionalizar los ensayos que comprueben el valor añadido de los nuevos medicamentos.

Para ayudar a los Estados miembros a hacer posible una rápida utilización de los medicamentos genéricos y unos precios más competitivos, el informe contiene una descripción de las medidas nacionales y sus efectos en la utilización de los medicamentos genéricos (volumen, precios, número de nuevos medicamentos) y anima a los Estados miembros que quieran beneficiarse del ahorro que representan los medicamentos genéricos a considerar dichas medidas. Con esta perspectiva, la Comisión también examinará las normas comunitarias existentes en el ámbito de la fijación de precios y las modalidades de reembolso (Directiva 89/105/CEE sobre transparencia).

Antecedentes
La investigación comenzó en enero de 2008 con objeto de examinar las razones de la disminución del número de nuevos medicamentos que llegaban al mercado, y en algunos casos del aparente retraso en la entrada en el mercado de medicamentos genéricos. El objetivo es encontrar maneras de ayudar a que el mercado funcione mejor.

Los resultados preliminares se publicaron en noviembre de 2008. Se recibieron más de 70 declaraciones de las partes interesadas. Las asociaciones de consumidores, las compañías de seguros de enfermedad y la industria de medicamentos genéricos han acogido con satisfacción los resultados, argumentando que confirman sus preocupaciones. La industria de medicamentos originarios y sus consejeros han apoyado la invitación a crear una patente comunitaria y un sistema especializado de resolución de litigios, afirmando al mismo tiempo que el retraso de los medicamentos genéricos y la disminución de la innovación son causados por las deficiencias de la normativa.

Para más información, véase también el MEMO/09/321

El informe final y la información complementaria sobre la investigación del sector farmacéutico estarán disponibles en:
ec.europa.eu/comm/competition/sectors/pharmaceuticals/inquiry/index html

 

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Alemania. Multan con más de un millón de euros a varias asociaciones por boicotear a Celesio
El Global.com, 12 de julio de 2009.
www.elglobal.net/articulo.asp?idcat=643&idart=430802

La Oficina Federal de la Competencia de Alemania ha multado con cerca de 1,2 millones de euros a la Unión Federal de Asociaciones Alemanas de Farmacéuticos (ABDA) y a las asociaciones regionales de Baden-Wurttemberg, Berlín y Turingia, por haber realizado un boicot al mayorista Celesio.

La sanción, que puede ser recurrida por las asociaciones multadas, se fundamentó en que, según la Oficina de la Competencia Alemana, éstas realizaron una petición a sus miembros para que cancelasen cualquier relación comercial con Gehe, filial de Celesio, después de que ésta adquiriese en 2007 DocMorris. Así, para Competencia, las declaraciones de ABDA vertidas en su revista corporativa tras la adquisición de DocMorris infringieron la prohibición de boicot establecida en la legislación alemana.

Esta acusación fue considerada por el presidente de ABDA, Heinz Günter Wolf, como "infundada", al tiempo que anunció que recurriría la sanción porque “seguiremos representando los intereses de los clientes y las farmacias".

 


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El Gobierno español facilita el acceso a medicamentos en situaciones especiales
msc.es, 22 de junio de 2009
www.msc.es/gabinetePrensa/notaPrensa/desarrolloNotaPrensa.jsp?id=1566

Con el nuevo real decreto se facilita el acceso a medicamentos en fase de investigación clínica a los pacientes que no disponen de una alternativa terapéutica satisfactoria y que sufren una enfermedad gravemente debilitante o que pone en peligro su vida y se crea la figura de la “autorización temporal de uso” de un medicamento en investigación

La aprobación de este real decreto es un compromiso más del Gobierno con los pacientes y da respuesta a las peticiones de distintos colectivos profesionales y de ciudadanos.

Se agilizan los trámites administrativos y se instauran procedimientos telemáticos para la autorización de los llamados usos compasivos en los hospitales a la vez que se refuerzan los mecanismos para el seguimiento de su seguridad

El Consejo de Ministros aprobó el 19 de junio, a propuesta de la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, un real decreto para facilitar el acceso a los medicamentos en situaciones especiales.

 El objetivo principal de esta nueva norma es agilizar los trámites para que todos aquellos pacientes (con enfermedades gravemente debilitantes o que ponen en peligro su vida) que carecen de alternativas terapéuticas satisfactorias puedan acceder a medicamentos que están en fase de investigación clínica cuando el paciente no forma parte de un ensayo clínico (uso compasivo).

Además en la norma se regula el acceso a medicamentos que están autorizados en otros países pero no en España y el uso de medicamentos que podrían utilizarse en condiciones no previstas en la ficha técnica.

Aunque ya existen mecanismos para acceder a medicamentos en situaciones especiales a través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), el nuevo real decreto agiliza todos los trámites, lo que redundará en una disminución de los tiempos de espera de los pacientes a la vez que se refuerza el seguimiento de la seguridad de los tratamientos.

Uso compasivo y medicamentos extranjeros
Hasta ahora, el procedimiento de uso compasivo exigía una solicitud y una autorización individualizada para cada paciente. Con la nueva norma, el acceso a los medicamentos en investigación o no autorizados en España podrá hacerse mediante la gestión telemática de una solicitud  individualizada para cada paciente o bien acogiéndose a las condiciones de una autorización temporal llevada a cabo por la AEMPS, en coordinación con el resto de agencias europeas, para un grupo de pacientes.

Los nuevos procedimientos contribuirán a agilizar en gran medida el trámite de autorización de los tratamientos, a la vez que se mejora el seguimiento de los pacientes y la recogida y análisis de los datos de seguridad.

En cuanto a los medicamentos extranjeros no autorizados en España y que no estén en investigación, siempre que estén comercializados en otros países y que su uso sea imprescindible, el real decreto actualiza el procedimiento de obtención mediante solicitud individualizada para un paciente mediante un protocolo avalado por la AEMPS.

Uso en condiciones distintas a las autorizadas
El uso de medicamentos en condiciones distintas a las de su autorización tiene su origen en el hecho de que existen algunas circunstancias en las que a pesar de existir datos clínicos sobre un determinado uso terapéutico para un medicamento ya autorizado, dicho uso no está incorporado a la ficha técnica del medicamento.

El uso clínico de los medicamentos en condiciones no incluidas en la ficha técnica autorizada sucede a veces en poblaciones especiales como la pediátrica, en condiciones especiales de uso alejadas de la condición mayoritaria en una determinada enfermedad o también en medicamentos clásicos con escaso interés comercial.

El real decreto reitera el uso excepcional del uso de medicamentos en condiciones distintas a las autorizadas en su ficha técnica y lo enmarca dentro de la práctica clínica, estableciendo para ello unos procedimientos diferenciados de los que rigen para el uso compasivo. La norma incide en la responsabilidad de los médicos, que deberán informar a los pacientes cuando se den estas circunstancias y elimina la autorización individual por parte de la AEMPS, que no obstante podrá emitir recomendaciones en cuanto al uso fuera de indicación en el caso de medicamentos con especial riesgo, sometidos a una prescripción especial o con un alto impacto sanitario.

Para identificar estos usos y los supuestos en los que es necesario emitir recomendaciones, la AEMPS creará un sistema de intercambio de información con las Comunidades Autónomas.

Asimismo, los centros sanitarios deberán tener en cuenta las recomendaciones de la Agencia al elaborar protocolos terapéutico-asistenciales para garantizar un tratamiento óptimo de los pacientes.

Principales ventajas
En definitiva, el nuevo real decreto de acceso a medicamentos en situaciones especiales aporta ventajas que pueden resumirse en:

Elimina cargas administrativas, en el contexto del Plan de Reducción de Cargas Administrativas y de Mejora de la Regulación, gracias al establecimiento por la AEMPS, en algunos casos, de protocolos de uso del medicamento en sustitución de las autorizaciones individuales para cada paciente.

Agiliza los procedimientos ya existentes, mediante la unificación de solicitudes y la tramitación telemática

Refuerza las garantías de seguridad de los usos especiales, con la creación de procedimientos específicos para la notificación de sospechas de reacciones adversas.

Garantiza la información y transparencia de la AEMPS sobre los procedimientos, las autorizaciones temporales de utilización, las recomendaciones de uso y los protocolos de utilización.

Garantiza la equidad al establecer criterios de acceso a medicamentos en investigación a nivel europeo con las autorizaciones temporales de utilización.

En el último año la AEMPS ha tramitado 60.000 solicitudes de acceso a medicamentos en situaciones especiales, de las cuales el 50% corresponde al acceso a medicamentos autorizados en otros países, un 35% al uso de medicamentos en condiciones distintas a las previstas en la ficha técnica, y un 15% al acceso a medicamentos en investigación.

Los medicamentos oncológicos, neurológicos, oftalmológicos y dermatológicos son los que más peticiones reciben para su utilización en situaciones especiales.

 


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España. Juicios y fallos regulatorios bloquean las EFG
Correofarmacéutico.com, 13 de julio de 2009
www.correofarmaceutico.com/2009/07/13/farmacologia/litigiosidad-y-fallos-regulatorios-bloquean-las-efg

La Comisión Europea (CE) confirma que se está produciendo un retraso en la llegada del genérico a los mercados nacionales debido a prácticas desleales por parte de los innovadores y a las deficiencias en el marco regulatorio. Así lo señala el Informe Final de la Comisión Europea sobre Competencia en el Sector Farmacéutico, publicado la semana pasada, que propone crear una patente comunitaria y un sistema unificado de resolución de litigios, como ya adelantó a Correo Farmacéutico la Comisaria de Competencia, Neelie Kroes (ver CF del 8-XII-2008), y que cuenta con el beneplácito de innovadores y genéricos.

Pero no es la única oportunidad de mejora que expone el informe. La Comisión también insta a los Estados miembro a acelerar considerablemente los procedimientos de aprobación de medicamentos genéricos. Considera, por ejemplo, que la fijación de precios y las modalidades de reembolso deberían aplicarse automática o inmediatamente a los productos genéricos cuando la innovadora ya se beneficie de dicho estatuto, lo que en la práctica permitirá un lanzamiento más rápido del genérico. En este sentido, la Comisión anuncia que examinará las normas comunitarias referentes a la fijación de precios y modalidades de reembolso.

‘No’ a la publicidad engañosa
La CE también propone racionalizar los ensayos clínicos que comprueben el valor añadido de los nuevos medicamentos, asegurar que no se produzcan solicitudes de terceros y que, sobre todo, no ocasionen retrasos en la aprobación de medicamentos genéricos, y que los países tomen medidas si detectan en su territorio campañas de información engañosa que cuestionen la calidad de los genéricos.

Las valoraciones de las partes implicadas no se han hecho esperar. La patronal de innovadores europea EFPIA enfatiza la parte del problema que correspondería al marco regulatorio. "Hemos subrayado de forma reiterada que las principales causas del retraso en la entrada al mercado de medicamentos, tanto innovadores como genéricos, son las complejas y divergentes barreras regulatorias existentes en la Unión Europea", sostiene su presidente Arthur J. Higgins.

Los genéricos en España sólo suponen el 7% del mercado farmacéutico en valores
Desde la Asociación Española de Medicamentos Genéricos (AESEG) se muestran muy satisfechos con el documento, que confirma el bloqueo que ya denunciaban. Su director general, Ángel Luis de la Cuerda, señala a Correo Farmacéutico que es una gran noticia el que la CE se muestre favorable a agilizar la burocracia que ralentiza la entrada del genérico en el mercado.

Pero, ¿cómo está la situación en estos momentos? La alta litigiosidad se cifra en unos 700 procesos en la UE. Un 30 por ciento de ellos se estaría celebrando a la vez en varios países, y en un 11 por ciento de los casos, las sentencias que se emiten son contradictorias.

La investigación de la CE, basada en una muestra de medicamentos que perdió la exclusividad en 17 Estados miembro en el periodo 2000-2007, expone que de media se esperan más de siete meses tras el vencimiento de las patentes para obtener medicamentos genéricos más baratos, lo que se cifra en una factura farmacéutica 3.000 millones de euros más cara.

El mercado español de genéricos sería uno de los menos desarrollados de la Unión Europea y merecería un análisis aparte. Para Rodríguez de la Cuerda, la alta litigiosidad, el escaso apoyo demostrado por administraciones sanitarias para promocionar el uso del medicamento genérico entre los médicos, los farmacéuticos y los pacientes, como sí se hace en otros países europeos, y la reducción constante del precio de los fármacos como consecuencia del sistema de precios de referencia español son las causas de que sólo alcance el 7 por ciento del mercado en valores frente al 30-35 por ciento de la media comunitaria.

La investigación continúa para identificar a los culpables
Tras el análisis de la situación, llega el momento de actuar. Así lo anunció la semana pasada la Comisaria de Competencia Neelie Kroes con motivo de la publicación del Informe Final de la Comisión Europea sobre Competencia en el Sector Farmacéutico. "Cada semana y cada mes de retraso cuestan dinero a los pacientes y a los contribuyentes", lamenta Kroes. "No vacilaremos en aplicar las normas de defensa de la competencia cuando dichos retrasos resulten de prácticas anticompetitivas". Kroes anunció que las investigaciones de defensa de la competencia ya están en curso para analizar las estrategias en las que unos y otros pudieran estar implicados. La CE sostiene que entre la casuística estarían las innovadoras que entrarían en litigios para retrasar la entrada de genéricos en los mercados, pero también los acuerdos extrajudiciales con las de genéricos que perjudicarían al ciudadano y al ahorro de las administraciones.

 

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España. Ni Luxemburgo ni la CNC permiten cerrar el debate sobre el doble precio
Correo Farmacéutico.com 6 de julio de 2009.
www.correofarmaceutico.com/2009/07/06/al-dia/profesion/ni-luxemburgo-ni-la-cnc-permiten-cerrar-debate-sobre-doble-precio

La polémica sobre si las políticas de doble precio atentan contra la libre competencia reaparece después de que la semana pasada se hiciesen públicas las conclusiones de la abogada general del Tribunal de Luxemburgo Verica Trstenjak sobre las medidas adoptadas por GlaxoSmithKline (GSK) para evitar el comercio paralelo, conclusiones que dejan abierta la puerta a diversas lecturas

En marzo de 1998, GSK adoptó un sistema de doble precio para limitar el comercio paralelo y notificó estas condiciones a la Comisión Europea (CE) para obtener una decisión por la que se declararan compatibles con el Derecho comunitario o, en su defecto, una decisión de exención por tratarse de un acuerdo en pro de la investigación. En 2001, la CE no dio luz verde a esta medida por entender que se trataba de una práctica restrictiva; decisión que llevó a GSK a solicitar al Tribunal de Primera Instancia de Luxemburgo que anulase la decisión de la CE, algo que Luxemburgo sólo hizo en parte, ya que mantuvo que se trataba de una medida restrictiva, aunque matizó que no había considerado suficientemente el hecho de que podía suponer una ventaja por contribuir a la innovación farmacéutica.

Doble lectura
En sus conclusiones, que vienen como respuesta a los recursos interpuestos contra esta sentencia, Trstenjak hace constar que "la CE declaró acertadamente en la decisión impugnada que las condiciones generales de venta de GSK tenían por objeto restringir la competencia", aunque también señala que se deberían "haber examinado las desventajas de la pérdida de la eficacia causada por el comercio paralelo a la industria farmacéutica en general y a GSK en particular", por lo que no termina de establecer si la restricción de la competencia debe predominar sobre la capacidad del laboratorio de buscar medidas para salvaguardar sus intereses.

Para Daniel Autet, de Asesoría Durán-Sindreu, "las conclusiones de la abogada general vienen a ratificar la actuación de la Comisión en el sentido de que los acuerdos que pretenden frenar el comercio paralelo tienen por objeto limitar la competencia, y considera acertado no conceder una exención de la prohibición de las prácticas colusorias en tal supuesto". Sin embargo, también hay voces expertas que sostienen que las conclusiones de Trstenjak suponen un apoyo a los esfuerzos de la industria innovadora por erradicar el comercio paralelo.

En España, admitido
En torno al debate del doble precio, en España, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) también se ha posicionado sobre la denuncia que Spain Pharma presentó contra Cofares y Pfizer por entender que incurrían en prácticas restrictivas de la competencia al establecer supuestos acuerdos de doble precio.

En sus conclusiones a las que ha tenido acceso CF, Competencia no termina de aprobar el doble precio al afirmar que no se ha "podido acreditar" durante el proceso de acusación "la existencia de un acuerdo entre Pfizer y Cofares para evitar las exportaciones paralelas", pero tampoco cierra la posibilidad de una doble lectura: "Pfizer, en sus contratos, establece un único precio para sus medicamentos. Estos precios los fija el laboratorio libremente y los sustituirá por los precios intervenidos como establecía la Ley 25/1990 en el momento de la denuncia y la Ley 29/2006 vigente en el momento actual, cuando el distribuidor acredite que los medicamentos se han dispensado en España".

Para Autet, en el caso de la Comisión Nacional de la Competencia, "el archivo del expediente se fundamenta en que el denunciante no pudo acreditar, a juicio del órgano administrativo, la existencia de un acuerdo expreso para evitar las exportaciones paralelas". Y añade que de haber existido tal prueba probablemente la decisión hubiera sido otra, muy en la línea del criterio de la abogada general.

La CNC no lo esclarece…
En su resolución, la Comisión Nacional de la Competencia no admite que haya un acuerdo entre Pfizer y Cofares, aunque señala que el laboratorio tiene capacidad para establecer un único precio, que podrá sustituir por el intervenido una vez se acredite que se ha vendido en España….y Luxemburgo tampoco.

Aunque la abogada general dice que el doble precio restringe la competencia, señala que el Tribunal debe valorar el daño que el comercio paralelo hace a la industria.

 

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modificado el 28 de noviembre de 2013