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Tratado Pandémico

¿Podría el dinero facilitar el acuerdo en torno al PABS?

(Could money grease the wheels of compromise on PABS?)
Surie Moon
The Geneva Graduate Institute, Global Health Centre, enero 2026
https://www.governingpandemics.org/gp-snapshot
Traducido por Salud y Fármacos, publicado en Boletín Fármacos: Propiedad Intelectual 2026; 29(2)

Tags: Financiamiento de sistemas de acceso y distribución de beneficios, pagos a las partes de un acuerdo, trato justo de los países que aportan información sobre patógenos, gripe pandémica, patógenos con potencial pandémico, cobros por acceso a material PABS

Las negociaciones sobre el PABS se han vuelto complejas y difíciles, los países han adoptado posturas muy divergentes. El dinero ¿podría facilitar las conversaciones para alcanzar un acuerdo?

El Artículo 12.5(a) del Acuerdo sobre Pandemias (AP) clasifica los beneficios como monetarios y no monetarios. Sin embargo, en la práctica, a menudo se requieren fondos para que se materialicen los beneficios no monetarios; por ejemplo el fomento de capacidades, la cooperación en investigación y desarrollo (I+D) y la transferencia de tecnología.

Hasta la fecha, durante las negociaciones, no se ha prestado mucha atención al tema de la financiación. No obstante, identificar una financiación sostenible y predecible para el sistema PABS, tras un año en el que se registraron recortes en la ayuda para el desarrollo en el ámbito de la salud por parte de casi todos los principales países donantes, muy especialmente por parte de EE UU, pero también de Europa. ha cobrado una relevancia especial. Prestar una mayor atención a los mecanismos financieros, quizás podría desbloquear el progreso en otros frentes de las conversaciones sobre el PABS. ¿Qué forma podrían adoptar dichos mecanismos?

¿Cómo se financian otros sistemas de Acceso y Distribución de Beneficios?
Un punto de partida útil es el análisis de la financiación de otros Sistemas de Acceso y Distribución de beneficios (Access and Benefit-sharing Systems o ABS). Una de las principales fortalezas del Marco de Preparación para una Gripe Pandémica (Pandemic Influenza Preparedness o PIP) ha sido contar con un mecanismo de financiación predecible, especialmente si se compara con otras áreas de la OMS que dependen en gran medida de contribuciones voluntarias.

Desde 2012, el PIP ha recaudado un total de US$355 millones en concepto de «Contribuciones de los Socios», logrando recaudar un impresionante 97% de los pagos previstos; esto ha permitido asegurar una financiación sostenida y predecible de aproximadamente US$28 millones anuales (cifra que aumentará a US$33,7 millones a partir de 2025) [1].

Estos fondos se destinan a fortalecer la vigilancia, las políticas y la planificación, el acceso a productos (por ejemplo, vacunas y pruebas diagnósticas), el trabajo a nivel comunitario, la secretaría y un fondo de reserva para hacer frente a una posible pandemia de gripe. Las contribuciones provienen de los fabricantes que utilizan el Sistema Mundial de Vigilancia y Respuesta a la Gripe (WHO Global Influenza Surveillance and Response System o GISRS) de la OMS, y se distribuyen entre ellos en función de las ventas de productos relacionados con la gripe estacional.

Esta característica particular del PIP, la existencia de un mercado estable y rentable para los productos contra la gripe estacional, dificulta su extrapolación al sistema PABS en un sentido más amplio, dado que muchos otros patógenos con potencial pandémico aparecen de forma esporádica o ni siquiera se han detectado (como ocurre con la «Enfermedad X»). Es posible que, durante los periodos interpandémicos, las empresas obtengan ciertos ingresos a través de la venta de productos para las reservas estratégicas de los gobiernos; sin embargo, es poco probable que dichos niveles de ingresos se lleguen a equiparar a los que se generan durante las situaciones de emergencia, momento en el que la demanda se dispara.

Además, parece improbable que los ingresos derivados de las reservas se acerquen al valor del mercado mundial de vacunas contra la gripe estacional, estimado en US$9.000 millones para 2025 [2]. No obstante, un estudio sobre la posible financiación del PABS —basado en los ingresos procedentes de los productos almacenados en las reservas— podría aportar información útil para las negociaciones.

Otro ejemplo de financiación en el ámbito del ABS es el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (el «Tratado sobre las Plantas») (International Treaty on Plant Genetic Resources for Food and Agriculture – the Plant Treaty), administrado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). El Fondo de Participación en los Beneficios del Tratado ha recaudado un total de US$36,9 millones desde su puesta en marcha en 2009 hasta mediados de 2025 (con un promedio de unos US$2,3 millones anuales), procedentes principalmente de contribuciones voluntarias de los países europeos que eran donantes tradicionales; asimismo.

El Fondo se nutre con una parte de los beneficios generados por las variedades de cultivos desarrolladas por los usuarios del sistema multilateral de ABS, si bien cabe destacar que estas aportaciones sumaron tan solo US$0,8 millones a lo largo de ese mismo periodo de 16 años, lo que representa apenas el 2% del total [3, 4]. La experiencia del Tratado sobre las Plantas sugiere que no basta con acordar que la financiación debe considerarse un beneficio.

Por el contrario, lo ideal sería que los mecanismos establecidos garantizaran unos niveles de financiación sostenibles, predecibles y suficientes. Actualmente se están llevando a cabo iniciativas para impulsar la financiación del ABS en el marco del Tratado sobre las Plantas; sin embargo, en su reunión de noviembre de 2025, los países no lograron llegar a un acuerdo sobre la forma de lograrlo [5].

El Fondo de Cali de la Convención sobre la Diversidad Biológica fue inaugurado en 2025. Este Fondo es el primer mecanismo multilateral de participación en los beneficios sobre la información de secuencias digitales (DSI)— insta a las empresas que se beneficien, directa o indirectamente, del uso de la DSI derivada de recursos genéticos a aportar al Fondo un porcentaje de sus ingresos o beneficios.

No obstante, dichas contribuciones tienen carácter voluntario, a menos que los Estados decidan hacerlas obligatorias en el ámbito nacional; dado que aún quedan por resolver detalles fundamentales, por lo que resulta prematuro evaluar en qué medida este acercamiento podría resultar eficaz para el PABS [6].

A la luz de la experiencia de otros regímenes de ABS, ¿cómo se podría financiar el PABS? Si un producto desarrollado por un usuario del sistema PABS genera ingresos en el futuro, se le podría exigir que contribuyera, un determinado porcentaje de dichos ingresos o beneficios (es decir, en forma de regalías) a un fondo del PABS.

Dependiendo del nivel de ingresos y del porcentaje de regalías acordado, el monto podría ser pequeño o grande. Dado que en el caso de brotes epidémicos es difícil predecir el momento y el nivel de las ventas de los productos, las regalías constituyen una posible futura fuente de financiación, pero resultan insuficientes para poner en marcha el sistema en sus inicios.

La gran mayoría de las empresas dedicadas a la I+D de patógenos con potencial pandémico son pequeñas y medianas empresas (Pymes) que dependen de la financiación pública para desarrollar productos que tal vez nunca se lleguen a utilizar [7]. Muchas de ellas generan escasos ingresos por ventas, o ninguno en absoluto. Exigir contribuciones financieras vinculadas a dichos ingresos podría generar una financiación muy exigua y, antes de que se produzca una pandemia, constituiría esencialmente una transferencia de fondos públicos.

En lugar de vincular la financiación a los ingresos, se podría cobrar a las empresas por el acceso a los Materiales del PABS y/o a la información de secuencias (SI). Esto podría hacerse mediante un modelo de suscripción al estilo de Netflix, en el que abonen una cuota anual para obtener acceso ilimitado, o bien a través de un sistema más específico, con tarifas vinculadas a Materiales concretos o a determinados tipos de información de secuencias.

Dichas tarifas podrían financiar, al menos parcialmente, el sistema en su conjunto; en este sentido, la realización de un estudio que modele los diferentes acercamientos posibles resultaría sumamente informativo

Estos sistemas no tienen por qué impedir que se exijan también futuras regalías u otros beneficios, los cuales podrían adquirir una importancia considerable en caso de emergencia. No obstante, el cobro de tarifas por adelantado podría generar la financiación necesaria para garantizar el funcionamiento del sistema durante los periodos interpandémicos.

Al menos en la etapa inicial, una contribución basada en los ingresos, al estilo del marco PIP, parece económicamente inviable. Asimismo, no parece existir alternativa alguna a que los gobiernos realicen contribuciones financieras directas y obligatorias al sistema PABS (o bien de forma indirecta, a través de la financiación que otorgan a las Pymes). Si los negociadores llegan a un acuerdo, este principio fundamental debería quedar reflejado en el texto del Anexo del PABS, en lugar de posponerse para su tratamiento en la Conferencia de las Partes (COP).

Si bien los compromisos de financiación por adelantado pueden parecer políticamente poco atractivos y difíciles de asumir en el actual contexto de financiación de la ayuda externa, sería un error imputar dichos costos a las partidas presupuestarias destinadas a dicha ayuda. Por el contrario, resulta más lógico (y tal vez políticamente más viable) clasificar estos gastos como inversiones relacionadas con la seguridad —o con la seguridad sanitaria—, sufragándolos con cargo a los presupuestos de defensa o a los presupuestos generales de salud. Estos costos se deben considerar como primas de seguro: un desembolso previsto para el caso de una catástrofe y que, además, reduce el riesgo de que dicha catástrofe ocurra en primer lugar.

Si se esperan contribuciones financieras de todas las Partes, con montos en función de sus ingresos y del tamaño de sus economías (de manera análoga a las cuotas asignadas a los Estados miembros de la OMS y de la ONU), podría contribuir a reorientar el enfoque, alejándolo de la noción de caridad. Alternativamente, se podría solicitar el compromiso de los países que superen un determinado umbral, tales como los países de ingresos medianos altos y de ingresos altos.

En un sistema hipotético con un presupuesto anual de US$100 millones, el desglose por grupos de ingresos, suponiendo que todos los grupos de países realicen contribuciones, sería el siguiente:

Esta estrategia de depender de la financiación gubernamental en las etapas iniciales, combinada con las expectativas de futuros ingresos basados en regalías, es la estrategia del Tratado de Alta Mar (High Seas Treaty o BBNJ)[8], que entró en vigor en enero de 2026. En la primera fase, los Estados acordaron realizar contribuciones anuales obligatorias a un Fondo Especial del BBNJ, cuyo monto y asignación decidirá la Conferencia de las Partes (COP) [9].

Una segunda fase se activa una vez que la COP acuerda las modalidades para el reparto de los beneficios monetarios derivados de la utilización de recursos genéticos marinos y de la información asociada sobre las secuencias digitales (DSI). Dichas modalidades podrían incluir pagos por hitos, regalías por productos comercializados, tasas de usuario u otros acuerdos; asimismo, la COP deberá tener en cuenta las recomendaciones de un comité de ABS [10].

Generar confianza en un contexto de poca confiabilidad
Un beneficio adicional de comprometerse hoy a financiar el PABS podría ser la génesis de confianza en un contexto en el que la confianza escasea. Las negociaciones actuales se ven dificultadas por la realidad práctica de que es probable que el intercambio de materiales e información de secuencias comience antes de que se produzca el flujo de beneficios (por ejemplo, productos, regalías).

Sin embargo, esto deja a los países en una situación de incertidumbre respecto a si recibirán algún beneficio y cuando lo harán. Y en cuanto a los beneficios vinculados a la llegada de una emergencia pandémica —la reserva del 20% de la producción en tiempo real de vacunas, medicamentos y pruebas diagnósticas para que los distribuya la OMS—, en un mundo ideal, otra emergencia pandémica podría no ocurrir nunca, y por tanto, tales beneficios nunca se materializarían.

¿Cómo, entonces, generar la confianza de que el reparto de beneficios forme parte del PABS en “igualdad” de condiciones, tal como se acordó en el Acuerdo sobre Pandemias? Varios países han solicitado la celebración de contratos jurídicamente vinculantes. La financiación inicial constituye una vía adicional para generar confianza.

Tal como se ha hecho en el caso de la gripe, dicha financiación podría apoyar, en una etapa inicial, el fomento de capacidades y la transferencia de tecnología; ambos aspectos son de gran prioridad para los países en desarrollo. Dado que la transferencia de tecnología es también un importante punto de desacuerdo político, poner fondos sobre la mesa para convertir dicha transferencia en una propuesta comercial viable para los titulares de la tecnología podría contribuir, asimismo, a alcanzar un acuerdo más amplio sobre las normas del PABS.

A veces se percibe a las normas y la financiación como dos herramientas de gobernanza independientes, pero pueden ser complementarias: aquello que resulta difícil de acordar mediante normas puede hacerse realidad a través de la financiación, y la financiación puede facilitar el logro de acuerdos sobre las normas.

Los principios fundamentales de la financiación podrían acordarse en el Anexo PABS, quedando los detalles adicionales sujetos al acuerdo de la COP (tal como hicieron los negociadores del BBNJ). Comprometerse con la financiación desde ahora podría aportar una inyección de confianza muy necesaria, garantizando que los beneficios comiencen a fluir tan pronto como entren en vigor las obligaciones relativas al intercambio de Material e Información de Secuencias. Un estudio que estime los costos y modele diferentes modalidades de financiación podría contribuir a fundamentar y hacer avanzar el debate.

Referencias

  1. WHO. Pandemic Influenza Preparedness Framework: 18 month progress report, 1 de enero 2024–30 June 2025. 2 de diciembre de 2025. https://www.who.int/publications/m/item/pandemic-influenza-preparedness-framework-18-month-progress-report-1-january-2024-30-june-2025
  2. Towards Health Care. Influenza Vaccine Market Opportunities for Healthcare Providers & Manufacturers. 10 de noviembre de 2025. https://www.towardshealthcare.com/insights/influenza-vaccine-market-sizing
  3. FAO. International Treaty on Plant Genetic Resources for Food and Agriculture. Financial Resources of the Benefit-sharing Fund. https://www.fao.org/plant-treaty/areas-of-work/benefit-sharing-fund/financial-resources/en
  4. FAO. The Benefit-sharing Fund 2024–2025 report. https://openknowledge.fao.org/items/2d033079-956b-4e40-840f-a82b91b47cb1
  5. Pro- WILD. At the crossroads: Plant treaty negotiations in Lima end without a decision. 4 de diciembre de 2025. https://www.pro-wild.eu/news/at-the-crossroads-plant-treaty-negotiations-in-lima-end-without-a-decision.html
  6. UN Environmental Program. Decision adopted by the Conference of the Parties to the Convention on Biological Diversity. 1 de noviembre de 2024. https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-16/cop-16-dec-02-en.pdf
  7. Slovenski, I., Liu, Y., Alonso Ruiz, A., Large, K. E., Vieira, M., Strobeyko, A. et al. Developing globally-accessible medicines for pandemic preparedness: An analysis of three alternative innovation models. Global Public Health, 2025, 20(1). https://doi.org/10.1080/17441692.2025.2522173
  8. Naciones Unidas. Agreement on Marine Biological Diversity of Areas beyond National Jurisdiction. BBNJ Agreement. https://www.un.org/bbnjagreement/en
  9. Artículo 14(5-6) del BBNJ. «Los beneficios monetarios derivados de la utilización de recursos genéticos marinos y de la información de secuencias digitales sobre recursos genéticos marinos de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, incluida su comercialización, se compartirán de manera justa y equitativa, a través del mecanismo financiero establecido en virtud del artículo 52, para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional. 6. Tras la entrada en vigor del presente Acuerdo, las Partes desarrolladas realizarán contribuciones anuales al fondo especial a que se refiere el artículo 52. La tasa de contribución de una Parte será el 50% de la cuota de contribución asignada a dicha Parte en el presupuesto aprobado por la Conferencia de las Partes en virtud del artículo 47, párrafo 6 e). Dicho pago continuará hasta que la Conferencia de las Partes adopte una decisión en virtud del párrafo 7 infra».
  10. BBNJ Treaty. https://bbnj-mgr.fas.harvard.edu/monetary-benefit-sharing
creado el 12 de Mayo de 2026