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Tratados de Libre Comercio

Las exigencias de protección de la propiedad intelectual afectarán negativamente a las generaciones futuras

(IP-trade demands will fail future generations)
Rory O’Neill
Managing IP, 26 de octubre de 2023
https://www.managingip.com/article/2cdc32ickwce3qrvysw74/weekly-take-ip-trade-demands-will-fail-future-generations
Traducido por Salud y Fármacos, publicado en Boletín Fármacos: Propiedad Intelectual 2024; 27 (1)

Tags: oposición a la concesión de patentes, ley de patentes de India, tratados de libre comercio y soberanía nacional, ADPIC, la farmacia del mundo, UKIPO, políticas propiedad intelectual en Europa

Sabemos que las protecciones de propiedad intelectual son un problema. Un borrador del acuerdo de propiedad intelectual preferido del Reino Unido, que se filtró el año pasado, reveló que el gobierno quería que India hiciera importantes concesiones.

Según esa propuesta, India habría tenido que abolir su sistema de oposición a patentes previas a la concesión, que permite a las partes interesadas impugnar la validez de una patente antes de que entre en vigor.

El Reino Unido no tiene tal sistema, lo que significa que sólo se pueden presentar impugnaciones después de que se haya concedido una patente.

Es difícil saber exactamente qué detalles son líneas rojas para el Reino Unido, pero sabemos que los negociadores británicos quieren que India ajuste significativamente su sistema de propiedad intelectual.

Oposición previa a la concesión de patentes
Los funcionarios indios, según indicaron informes de principios de este año, no tienen ningún deseo de reformar la normativa sobre patentes del país para cumplir con los estándares del Reino Unido.

Tampoco deberían hacerlo. Pero las nuevas enmiendas sobre patentes que se están discutiendo en India podrían hacer que resultara prohibitivamente costoso impugnar las patentes.

Es difícil saber si la presión para llegar a un acuerdo comercial ha influido en los planes del gobierno indio.

Podemos suponer que es probable que las reformas a favor de los titulares de patentes faciliten la consecución de un acuerdo sobre propiedad intelectual entre el Reino Unido e India.

De cualquier manera, las consecuencias para la salud pública no sólo en India, sino en los países de ingresos bajos y medios en general, podrían ser graves.

India es una de las principales bases de fabricación de medicamentos genéricos del mundo.

Sus leyes de patentes menos restrictivas han ayudado a que el sector de genéricos se establezca como un importante proveedor para el mundo en desarrollo.

El Reino Unido está haciendo lo que hacen los países ricos: utilizar las negociaciones comerciales para tratar de disciplinar a los países de bajos ingresos para que cumplan con estrictas políticas de protección de la propiedad intelectual.

El resultado es bloquear la exportación de propiedad intelectual, conocimiento y tecnología, excepto en los términos de los países ricos.

El caso del ADPIC
Caso en cuestión: la creación del Acuerdo sobre los ADPIC.

En su libro Information Feudalism, de 2002, los académicos Peter Drahos y John Braithwaite describieron cómo los funcionarios de las oficinas comerciales estadounidenses, con la ayuda del capital farmacéutico, aislaron a los opositores a los ADPIC en lo que ahora se suele llamar el “Sur Global”.

India, y su aliado clave en las conversaciones, Brasil, se resistieron a incorporar la propiedad intelectual a las reglas del comercio global durante más tiempo que la mayoría.

Pero esa asociación colapsó en 1990, cuando EE UU aprovechó su poder económico sobre Brasil y amenazó con aranceles para asegurar concesiones en materia de protección de patentes farmacéuticas.

Sólo en el decenio de 1980 se empezó a considerar la propiedad intelectual como una cuestión adecuada para las negociaciones comerciales.

En cierto sentido, la prominencia de la propiedad intelectual en los acuerdos de libre comercio no tiene mucho sentido.

Los países más ricos normalmente han tratado de utilizar dichos acuerdos para liberar flujos de capital y eliminar barreras al comercio.

Sin embargo, el tipo de leyes de propiedad intelectual que querían estaban diseñadas para excluir la competencia y asegurar derechos de exclusividad para sus empresas.

Para la industria farmacéutica estadounidense tenía mucho sentido.

El exdirector ejecutivo de Pfizer, Barry MacTaggart, escribió un artículo de opinión para The New York Times en 1982, acusando a la ONU, más específicamente a la OMPI, de intentar “apropiarse de inventos de alta tecnología para los países subdesarrollados”.

Pfizer ayudó a lograr un cambio en la estrategia diplomática de EE UU en materia de propiedad intelectual.

Al considerar a la OMPI como un terreno hostil, EE UU comenzó a entablar conversaciones comerciales bilaterales y multilaterales, para asegurar el cumplimiento global de las normas de propiedad intelectual que quería establecer.

Hoy en día, la mayoría de los principales acuerdos de libre comercio tienen un capítulo de propiedad intelectual, y los gobiernos utilizan con frecuencia a las instituciones comerciales para alinear a los países con derechos de propiedad intelectual más débiles.

La Oficina del Representante Comercial de EE UU (USTR) utiliza la Sección 301 de su informe anual para poner presión sobre los países que cree que no cumplen con sus estándares de propiedad intelectual.

Las principales oficinas de propiedad intelectual también emplean con frecuencia una red de agregados de propiedad intelectual en todo el mundo, para defender los intereses de sus países.

La oficina de propiedad intelectual del Reino Unido (UKIPO), por ejemplo, tiene agregados en China, India, Singapur y Brasil.

Sin duda, estas instituciones han tenido éxito en exportar el estándar de protección de derechos de propiedad intelectual que tienen los propietarios de derechos de propiedad intelectual en el Reino Unido y EE UU.

Pero la globalización de las políticas de propiedad intelectual ahora pone en peligro los pocos mecanismos que tienen los grupos de la sociedad civil en el Sur Global para defender sus propios intereses.

Presión de patentes
Tomemos como ejemplo el mecanismo de oposición previo a la aprobación de patentes de la India.

Esta mañana, Management IP publicó una entrevista con Fatima Hassan, directora de la ONG Health Justice Initiative en Sudáfrica.

Hassan explicó cuán importante fue el papel de la oposición de India a la concesión de patentes a la hora de reducir radicalmente el costo de la bedaquilina, que se utiliza para tratar la tuberculosis (TB) multirresistente.

La patente de Johnson & Johnson sobre la bedaquilina expiraba en la mayoría de los países este año, por lo que solicitó una patente secundaria sobre el medicamento en India.

Dos supervivientes de tuberculosis utilizaron el procedimiento de oposición previo a la concesión de patentes del país para impugnar la patente, lo que llevó a la oficina de patentes de India a denegar la solicitud en marzo de este año.

En el transcurso de este año, el monopolio de J&J sobre la bedaquilina desapareció. Una exitosa campaña en las redes sociales realizada por activistas, basada en años de trabajo preliminar, ayudó a ejercer presión sobre el fabricante de medicamentos.

En julio, la Alianza Alto a la Tuberculosis (Stop TB Partnership), respaldada por las Naciones Unidas, obtuvo los derechos para suministrar bedaquilina genérica a países de ingresos bajos y medios.

Me pregunto qué pensaría Barry MacTaggart de eso.

Podría verlo como un caso más de países en desarrollo que “se apropian” de inventos.

Pero es un mundo diferente al de 1982. Por un lado, el crecimiento capitalista ha devastado los ecosistemas naturales, aumentando la amenaza de nuevas pandemias. Probablemente la covid fue solo el comienzo.

La Comisión Europea ha rectificado y sugiere la idea de subordinar las normas de propiedad intelectual a la política industrial cuando sea necesario.

Las nuevas normas propuestas sobre licencias obligatorias fortalecerían en gran medida la capacidad de la UE para obligar a los titulares de patentes farmacéuticas a compartir su propiedad intelectual.

‘Señor No’
Esto no podría distar más de la estrategia que la UE defendió durante las prolongadas conversaciones sobre una exención del Acuerdo sobre los ADPIC durante la pandemia de covid.

La UE, en esa ocasión, como me dijo un observador de las conversaciones, desempeñó el papel del “Señor No”.

Ahora, la Organización Mundial de la Salud (otro órgano de la ONU, ese antiguo enemigo de los dueños de la propiedad intelectual) está tratando de negociar un nuevo tratado pandémico que podría renunciar al funcionamiento normal de los derechos de propiedad intelectual en caso de crisis.

Entonces, ¿qué Europa obtendremos en esas negociaciones?

Señor No, parece.

El ministro de salud alemán, Karl Lauterbach, dijo a principios de este mes que la mayoría de los países europeos no aceptarían ningún tratado pandémico que imponga una limitación importante a los derechos de propiedad intelectual.

“Eso es parte de nuestro ADN… necesitamos seguridad de que se respetará la propiedad intelectual para invertir en vacunas, invertir en terapias, pruebas diagnósticas, etc.”, dijo Lauterbach.

Lauterbach resumió la estrategia de propiedad intelectual de Europa en una línea.

Las autoridades europeas quieren tener la capacidad de intervenir y dirigir la producción en caso de crisis, aunque eso signifique anular los derechos de propiedad intelectual.

Pero no tienen ningún interés en extender esas flexibilidades al comercio internacional o a las instituciones de salud y permitir que la propiedad intelectual llegue al Sur Global.

Esta estrategia es incompatible con la salud global. La difusión del conocimiento –mucho más allá de lo declarado en las patentes– y contar con la capacidad de producción es fundamental para equipar a los países en desarrollo y proteger a todos contra futuras pandemias.

Aquellos de nosotros en el Reino Unido, donde resido, y en todo el Norte Global deberíamos evaluar críticamente las estrategias de nuestros gobiernos.

Un buen comienzo sería que el Reino Unido abandonara cualquier exigencia de que India ponga fin a su oposición previa a la concesión.

Las crisis venideras exigen solidaridad y cooperación internacionales, incluyendo la redistribución del conocimiento.

La historia de las normas de propiedad intelectual basadas en el comercio muestra que no podrían ser menos adecuadas para la tarea.

creado el 27 de Febrero de 2024