Una organización internacional sin ánimo de lucro para fomentar el acceso y el uso adecuado de medicamentos entre la población hispano-parlante

ÉTICA Y DERECHO

Litigación

Argentina. La judicialización de la salud, casi una nueva enfermedad
Antonio La Scaleia, Presidente del Consejo de Obras y Servicio Sociales de la República Argentina (COSSPRA) y del IOMA
Clarín, 24 de septiembre de 2012
http://www.clarin.com/opinion/judicializacion-salud-nueva-enfermedad_0_779922026.html

La judicialización de la salud implica una intervención de la justicia para promover la autorización de prácticas o la provisión de elementos o medicamentos indicados por fuera de los protocolos que demuestran su utilidad.

La medicina trabajó mucho en la evidencia científica y los consensos para que los avances de la ciencia y la tecnología lleguen a la mayor cantidad de personas. Esta última tiene altísimos costos, lo que obliga a un uso adecuado y estratégico de los recursos para poder financiarla.

En este escenario, la judicialización de la salud es una nueva enfermedad del sistema sanitario. Tiene su etiología en la conflictividad social, las demandas sin límites y la connivencia de profesionales e instituciones de la salud y de la justicia. Su cuadro clínico se basa en la falta de respeto por la evidencia científica, el desentendimiento de los consensos internacionales y nacionales, no respetando muchas veces a los organismos reguladores.

El derecho a la salud es básico para todas las personas; así lo enuncian tratados, pactos internacionales y la OMS, constituyendo uno de los principios esenciales de las Obras Sociales Provinciales (OSP). Los daños que causa esta enfermedad a través del accionar de la justicia radican en que se avasalla el derecho colectivo, se rompe la equidad y la solidaridad, y se genera un desfinanciamiento en las OSP.

Los múltiples motivos son las solicitudes de medicamentos por marca comercial, prácticas y medicamentos que no respetan la evidencia científica, exigencias de coberturas fuera de normativas, solicitudes de medicamentos o prácticas en etapa experimental o pedidos de coberturas en el extranjero cuando pueden resolverse en el país.

En este contexto, el modelo corporativo de salud actúa como efectivo agente de contagio y medio de cultivo propicio para el avance de la judicialización, oponiéndose con los sistemas solidarios de salud que impulsamos y defendemos.

Nuestros principales objetivos son la planificación de políticas públicas inclusivas que permitan atender la enfermedad con la mayor eficiencia y calidad; cuidar de la persona sana, lograr la detección temprana de enfermedades; generar acciones de prevención y promoción de la salud impulsando el autocuidado e incorporar los avances de la ciencia y la tecnología con un uso adecuado de los recursos.

Buscamos garantizar la salud considerando el derecho individual pero sin que atropelle el colectivo. El tratamiento para esta enfermedad requiere de un compromiso de la Justicia en la conformación de un cuerpo de peritos que asesore a los magistrados; como de una instancia previa, con la intervención de las OSP, ante el despacho de una medida cautelar.

modificado el 28 de noviembre de 2013