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Economía y Acceso
Tratados de Libre Comercio, exclusividad en el mercado y patentes

Revista de Revistas

La intervención de las autoridades de salud en la evaluación de patentes: La práctica brasileña del consentimiento previo
Traducido por Boletín Fármacos de: Basso M, Intervention of health authorities in patent examination: The Brazilian practice of the prior consent, Int. J. Intellectual Property Management 2006;1(1/2):54-74.
Artículo completo disponible en: www.inderscience.com/storage/f111123826957104.pdf

Acuerdos ADPIC plus y acceso a productos farmacéuticos
Xavier Seuba Hernández, Temas de derecho industrial y de la competencia 2008;8:471-522.

La invocación del acuerdo sobre los ADPIC ante los tribunales españoles y sus consecuencias sobre las patentes farmacéuticas
Xavier Seuba Hernández, Revista General de Derecho Europeo 2007;14.

¿Rompiendo patentes o buscando un equilibrio? Separando los hechos de la ficción bajo ADPIC

Traducido por Boletín Fármacos de: Ho CM, Patent Breaking or Balancing? Separating Strands of Fact from Fiction Under TRIPS, Loyola University of Chicago School of Law.
Disponible en:
papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1218944

 

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La intervención de las autoridades de salud en la evaluación de patentes: La práctica brasileña del consentimiento previo

Traducido por Boletín Fármacos de: Basso M, Intervention of health authorities in patent examination: The Brazilian practice of the prior consent, Int. J. Intellectual Property Management 2006;1(1/2):54-74.
Artículo completo disponible en: www.inderscience.com/storage/f111123826957104.pdf

Los derechos de propiedad intelectual no deberían ser concebidos o interpretados únicamente como instrumentos para la protección de mercados e inversiones, mientras que factores como innovación, creatividad y bienestar social pierden terreno. Incluso si los acuerdos TRIPS han aumentado las normas de protección de la propiedad intelectual, los Estados son legalmente libres de poner en práctica tales obligaciones, así como de proteger los intereses relevantes del conjunto, y seguramente, el derecho a la salud ocupa una posición especial.

El mecanismo de consentimiento previo claramente tiene un amplio apoyo jurídico: el Acuerdo de TRIPS, las resoluciones anteriores de la Comisión de Arbitraje de la OMC (WTOs Dispute Settlement Body), las resoluciones de las Naciones Unidas, la Constitución Federal Brasileña, la legislación brasileña relativa a propiedad industrial, entre otros.

Nota de los editores:

– Recomendamos ver “Entrevista a Luis Carlos Wanderley Lima, Coordinador de Propiedad Intelectual de la Gerencia General de Medicamentos de ANVISA, sobre proyecto de ley que elimina mecanismo de anuencia previa” en la Sección Economía y Acceso de este número del Boletín Fármacos.
– Este artículo forma parte de un número especial de la revista International Journal of Intellectual Property Management (IJIPM) dedicado a TRIPS, patentes farmacéuticas y protección de datos de prueba, dirigido por el Profesor Carlos Correa, disponible en: www.inderscience.com/browse/index.php?journalID=83&year=2006&vol=1&issue=1/2

 

( principio de página…) (regresa a economía)

 

 

Acuerdos ADPIC plus y acceso a productos farmacéuticos
Xavier Seuba Hernández, Temas de derecho industrial y de la competencia 2008;8:471-522.

Cubre los siguientes temas:


I. Acceso a productos farmacéuticos en el contexto internacional.
1. Acceso a medicamentos como problema y cuestión internacional.

       A) Factores que determinan el acceso a medicamento.
       B) Acceso a medicamentos como cuestión de derecho internacional público.

2. ADPIC y acceso a medicamentos.

       A) Régimen general del ADPIC.
       B) Ulteriores textos dedicados a la articulación del ADPIC y la salud pública.

 

II. ADPIC Plus.

1. Una nueva herramienta.

      A) Concepto.
      B) Tipología de los acuerdos ADPIC plus.

2. Problemas que plantean.

     A) Por tipos de tratados.
     B) Por materia.

 

III. Conformidad con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

1. Perspectiva.
2. Derecho a la salud y acceso a los medicamentos.

IV. Análisis y Propuestas.
1. El sistema multilateral de comercio ante los acuerdos ADPIC plus.

     A) Multilateralismo, transparencia.
     B) Principios de la OMC.

2. Propiedad intelectual y países en vías de desarrollo.

    A) Lógica de aumentar los estándares de propiedad intelectual.
    B) Evaluación de impacto y corrección patentes.

3. Protección de la salud y dignidad humana.

    A) Respeto a los Derechos Humanos.
    B) Exención de los fármacos de la lista de medicamentos esenciales.

 

( principio de página…) (regresa a economía)

 

 

La invocación del acuerdo sobre los ADPIC ante los tribunales españoles y sus consecuencias sobre las patentes farmacéuticas
Xavier Seuba Hernández, Revista General de Derecho Europeo 2007;14.

Resumen

La denominada “industria farmacéutica innovadora” ha planteado una interesante cuestión en relación con los efectos del Acuerdo sobre los ADPIC en España.

Pese a que, en virtud de una reserva al Convenio sobre la Patente Europea las patentes farmacéuticas de producto no eran válidas en España hasta el año 1992, la regulación de la protección de la materia existente reconocida posteriormente por el Acuerdo sobre los ADPIC de 1994 ha puesto en cuestión el régimen de patentes de procedimiento anteriores a la aplicación del Acuerdo, recogieran o no reivindicaciones de producto, y la validez de las patentes de producto solicitadas cuando tal solicitud ameritaba su nulidad.

La discusión se centra en, primero, el significado del artículo 70 del Acuerdo sobre los ADPIC, segundo, en los efectos de dicho tratado en el ordenamiento jurídico español, y tercero, en la competencia de la Comunidad Europea en el ámbito de la propiedad intelectual.

 

( principio de página…) (regresa a economía)

 

 

¿Rompiendo patentes o buscando un equilibrio? Separando los hechos de la ficción bajo ADPIC
Traducido por Boletín Fármacos de: Ho CM, Patent Breaking or Balancing? Separating Strands of Fact from Fiction Under TRIPS, Loyola University of Chicago School of Law.
Disponible en:
papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1218944

Este trabajo utiliza la decisión de Tailandia de emitir media docena de licencias obligatorias como estudio de caso para analizar el tema de licencias obligatorias bajo ADPIC. El objetivo de este artículo es hacer una interpretación correcta de la emisión de licencias obligatorias bajo el artículo 31 de ADPIC, a la vez que se reportan y se critican las diferentes interpretaciones que se han hecho. Hay mucha confusión y falta de reflexión sobre el uso de licencias obligatorias en países de medianos ingresos, así como también alrededor del tema del uso de las licencias en el caso de enfermedades crónicas, más allá del VIH. Este artículo, además de llenar un vacío en la información existente, sugiere temas que necesitan estudiarse más detalladamente como, por ejemplo, las diferentes perspectivas sobre las patentes que pueden contribuir a perpetuar la resistencia a la interpretación correcta de ADPIC.

 

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modificado el 18 de septiembre de 2017