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Noticias Sobre Acuerdos Comerciales

RESPUESTA A LA HOJA DE HECHOS SOBRE CAFTA Y EL ACCESO A LAS MEDICINAS MITOS Y REALIDADES: PRESIÓN DE EE.UU. SOBRE GUATEMALA. EXCLUSIVIDAD DE DATOS, CAFTA Y EL ACCESO A MEDICINAS
Copiado y resumido de: www.healthgap.org, 10 de febrero de 2005 (documento completo disponible en: www.recalca.org.co/AAtlccentroamerica/cafta_acceso_medicinas_100205.htm)

CAFTA: HONDURAS Y GUATEMALA LO RATIFICARON. EL CONGRESO DE EE.UU. COMIENZA A ANALIZARLO
Editado de: Héctor Cálix, Congreso ratifica el Tratado de Libre Comercio, El Heraldo (Honduras), 4 de marzo de 2005; Honduras confirma CAFTA, BBC, 4 de marzo de 2005; Honduras: !!Traidores a la Patria Ratifican TLC-HondurasEU!! – Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras COPINH, Rebelión, 6 de marzo de 2005; Honduras: anuncian protestas por ratificación de TLC, Terra Honduras, 7 de marzo de 2005; Congreso de Guatemala ratificó TLC entre Centroamérica y EE.UU., DPA, 11 de marzo de 2005; En Guatemala ratifican TLC a cambio de impunidad Guatemala, Chiapas, 12 de marzo de 2005; Ana V Amenábar, EE.UU. podría aprobar Cafta antes de julio, Actualidad Económica, febrero-marzo 2005; Carlos Chirinos, CAFTA: empezó la batalla, BBC, 13 de abril de 2005; Yolanda Sandoval, TLC a merced de una ley, Panamá América (Panamá), 12 de enero de 2005

PANAMÁ: OPINIÓN / ¿QUÉ PASA CON EL TLC Y LAS PATENTES?
Resumido de: Iván Lau de León, Panamá América (Panamá), 4 de enero de 2005

APLICACIÓN DEL ACUERDO SOBRE LOS ADPIC EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE: ¿SE HA TRADUCIDO ELLO EN UNA LEGISLACIÓN SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL FAVORABLE A LA SALUD PÚBLICA? (Has the implementation of the TRIPS Agreement in Latin America and the Caribbean produced intellectual property legislation that favours public health?)
Oliveira MA et al.
Bulletin of the WHO, noviembre de 2004
Documento disponible en: www.who.int/bulletin/volumes/82/11/en/815.pdf (en inglés)

PAÍSES POBRES CONTINUARÁN SIN FACILIDADES PARA ADQUIRIR MEDICAMENTOS GENÉRICOS
AFP, 31 de marzo de 2005


RESPUESTA A LA HOJA DE HECHOS SOBRE CAFTA Y EL ACCESO A LAS MEDICINAS MITOS Y REALIDADES: PRESIÓN DE EE.UU. SOBRE GUATEMALA. EXCLUSIVIDAD DE DATOS, CAFTA Y EL ACCESO A MEDICINAS
Copiado y resumido de: www.healthgap.org, 10 de febrero de 2005 (documento completo disponible en: www.recalca.org.co/AAtlccentroamerica/cafta_acceso_medicinas_100205.htm)

(…) En apoyo de estas tácticas de torcer brazos, los EE.UU. han lanzado una perjudicial campaña de desinformación, que culminó en el documento del USTR “CAFTA y la Política de Acceso a Medicinas”, de febrero, 2005. Como resultado de los “mitos” sobre el libre comercio y de la incesante presión de EE.UU., el decreto 34-2004 está amenazado. (…) Los mitos que sostienen los EE.UU. deben ser rechazados con la verdad: Guatemala y los otros países de América Latina tiene el derecho, es más, la obligación, de garantizar el acceso a medicinas genéricas porque son más asequibles para cumplir con las muchas necesidades de salud pública.

[N.E.: se puede consultar un breve resumen de lo sucedido en Guatemala con el decreto 34-2004, “Guatemala: conflictiva ley de genéricos”, en la Sección Regulación y Políticas de esta misma edición del Boletín Fármacos]

Mito 1: La exclusividad en datos de prueba no impiden el ingreso de equivalentes genéricos; los productores de genéricos tienen libertad para entregar sus propios datos de prueba.
Realidad: El Ejecutivo de EE.UU. argumenta que es increíblemente caro para las empresas originarias de las medicinas el proceso de probar la seguridad y eficacia de medicinas nuevas, pero luego afirman que esos costos no impedirían el ingreso de un competidor fabricante de genéricos. Al contrario, no sólo es demasiado caro y largo para las empresas de genéricos la repetición de los de las pruebas clínicas para vender en mercados pequeños como Guatemala, sino que tampoco es ético, visto que la seguridad y eficacia ya han sido comprobadas.

Mito 2: Las grandes empresas farmacéuticas deben obtener mayores ganancias hasta de pequeños países pobres como Guatemala para poder investir en investigación y desarrollo.
Realidad: Las ganancias por ventas en países pobres son irrelevantes para incentivar la futura investigación y desarrollo. La industria farmacéutica de EE.UU. es ya la industria más próspera del mundo. Las ventas a todos los países del CAFTA son inferiores al 0.5% de las ventas mundiales (y toda África sólo 1.3%). Las empresas farmacéuticas de EE.UU. hacen la mayoría de sus ventas (80%) y una porción aún mayor de sus ganancias en los mercados ricos de EE.UU., Europa y Japón. No necesitan exprimir sangre de los consumidores pobres en Guatemala para llevar nuevas medicinas al mercado.

Mito 3. Las grandes empresas no se molestarían en registrar sus nuevos productos en países como Guatemala a menos que se les de la exclusividad en datos de prueba (USTR cita el caso de Jordania)
Realidad: Aún con una pequeña cantidad de ventas, las empresas farmacéuticas tienen incentivos para vender con ganancia a la clase media y las élites ricas de mercados más pequeños. Pero además, las Farmacéuticas Transnacionales han venido registrando y vendiendo medicinas de marca registrada en docenas de países sin pedir exclusividad de datos de prueba durante los últimos 25 años. Añadamos que más allá de buscar exclusividad de datos de prueba, las empresas farmacéuticas tienen monopolios basados en derechos de patente sobre sus nuevas medicinas que ya erigen fuertes barreras contra la competencia de genéricos. Todavía no se sabe si Jordania u otros países ganaron un acceso más pronto a nuevas medicinas a causa de la exclusividad de datos de prueba.

Mito 4: Sólo unas pocas medicinas serán afectadas (25 entre 13,000) de modo que los guatemaltecos no deben preocuparse
Realidad: Si bien es cierto que la exclusividad de datos de prueba no se aplicará a todas las medicinas, si se le aplica a las medicinas nuevas, muchas de las cuales son descubrimientos terapéuticos. Si se aplica la protección en la manera exigida por EE.UU. esta se aplicará en el futuro a la mayoría de las medicinas nuevas que se lleven al mercado de Guatemala. No hay razón por la cual los guatemaltecos no deban tener la posibilidad de comprar versiones accesibles de las medicinas más nuevas y efectivas, aún si fuesen pocas en número.

Mito 5: El Acuerdo sobre ADPIC de la Organización Mundial del Comercio compromete a Guatemala a la adopción de la exclusividad de los datos de prueba.
Realidad: El Ejecutivo de EE.UU. está distorsionando los estándares requeridos por el Acuerdo sobre ADPIC. La parte del ADPIC relacionada con el tema es el Artículo 39.3, donde sólo se requiere la protección de los datos no revelados contra “uso comercial deshonesto” – que básicamente es robo o espionaje comercial. En ninguna parte se menciona que un derecho exclusivo tenga que ser dado por un determinado tiempo. Es más el ADPIC especifica que los países decidirán por si mismos que cosa constituye un “uso comercial deshonesto” y que hay varios enfoques de cómo satisfacer ese compromiso.

Permitir a la autoridad encargada de la regulación de las medicinas ejercer su función – que es asegurar la calidad, seguridad y eficacia de las medicinas – no es un uso comercial deshonesto; es un servicio público exigible. Antes de 1994, [durante la negociación de los acuerdos de la OMC, nt.de tr.] los EE.UU. trataron de introducir esa estricta interpretación de la exclusividad sobre datos y fracasaron. Los negociadores simplemente rechazaron la propuesta. El Acuerdo sobre ADPIC, tal como fue aclarado en la Declaración de Doha de la OMC, garantiza la prioridad de la salud pública y asegura claramente que la propiedad intelectual no debe interferir con la promoción “del acceso a las medicinas para todos.” Hay más, la ley de facultades para la promoción del comercio promulgado en 2002, §2102(b)(4)(C) obliga a los EE.UU. a sostener la Declaración de Doha. La oficina del USTR esta desafiando esa orden.

Mito 6: CAFTA le permite a Guatemala la aplicación de las medidas que considere necesarias para proteger la salud pública, particularmente con respecto a epidemias de malaria y de HIV/SIDA
Realidad: El lenguaje exacto del CAFTA crea una protección blindada para las farmacéuticas de marca porque no contiene ninguna excepción en el texto para registrar medicinas producidas bajo licencias obligatorias. Mientras las patentes que impiden el acceso a las medicinas genéricas se pueden superar a través de las licencias obligatorias y otras salvaguardias contempladas en el ADPIC, no hay tales recursos para la exclusividad de datos de prueba.

Los EE.UU. está hablando vagamente sobre derechos a proteger la salud pública para “epidemias como SIDA, tuberculosos y malaria” buscando evitar un lenguaje explícito que disminuya esos derechos en CAFTA. “Firme este contrato, pero confíe en mis buenas intenciones”, es un ardid que no funciona cuando se compra un carro usado y no debe funcionar en acuerdos comerciales tampoco.

Mito 7: La “carta colateral” al CAFTA sobre salud pública debería dar suficientes seguridades legales sobre las intenciones y las flexibilidades residuales para la protección de la salud pública.
Realidad: Como en otros acuerdos de libre comercio recientes, los EE.UU. hizo un borrador para una “carta colateral” al CAFTA, que dicen que concede una flexibilidad adecuada a los países de América Central para manejar sus necesidades en salud pública. Sin embargo, existen múltiples insuficiencias en la “carta colateral” propuesta que incluyen:

• La carta colateral es un documento subordinado y no deroga el lenguaje exacto y que lo contradice en el texto del CAFTA sobre propiedad intelectual. Si los EE.UU. fueran serios en cuanto a clarificar las excepciones en salud pública para la exclusividad de los datos de prueba, incluiría ese lenguaje en el cuerpo mismo del CAFTA;

• Las referencias en la “carta colateral” a HIV/SIDA, tuberculosis y malaria y otras epidemias de extrema urgencia o emergencia nacional, sugieren que los otros problemas de salud pública no están cubiertos por la excepción alegada sobre salud pública. Guatemala tiene la más grande epidemia de SIDA de todos los países de la región. Pero un señalamiento de enfermedades especificas socava los esfuerzos por aumentar el acceso a las medicinas para todos los problemas de salud pública y hace recordar los incansables esfuerzos de los EE.UU. por restringir el objetivo de la Declaración de Doha durante los últimos tres años y medio;

• La carta colateral sugiere que los países del CAFTA tendrán libertad de usar solamente la Decisión del 30 de agosto cuando de hecho los países tienen flexibilidades adicionales y pre-existentes bajo el acuerdo ADPIC y la Declaración de Doha (Ej. licencias obligatorias ordinarias para permitir la producción doméstica o la importación, importaciones paralelas, licencias obligatorias para la competencia y hasta excepciones limitadas);

• La total entrega de la carta paralela al sistema de la Decisión del 30 de agosto sugiere de modo inapropiado que el uso de ese sistema será fácil cuando en realidad el sistema contiene múltiples barreras en sustancia y procedimiento;

• La carta colateral limita las medidas que pueden tomar los países a aquellas “necesarias,” un término que se interpreta con rigidez extrema en el derecho comercial internacional, donde permite excepciones sólo cuando no hay absolutamente otra alternativa o sólo cuando tal opción entre todas la menos perjudicial;

• A pesar de la carta colateral, las medidas previstas en la cláusula de inversión del CAFTA permiten que las empresas farmacéuticas demanden a Guatemala en caso de que permita una excepción a la exclusividad de los datos de prueba, en contradicción con el lenguaje del Artículo 15:10;

• La carta colateral no da suficiente certeza legal a las empresas guatemaltecas de genéricos para que emprendan el esfuerzo de formular, probar y registrar una medicina genérica que sea bio-equivalente. Esos son esfuerzos muy costosos en dinero y tiempo para tomarse a la ligera y no serán iniciados si queda alguna duda residual sobre la legalidad de esos esfuerzos.

Mito 8: Las cartas del USTR al Congreso de EE.UU. dan seguridad adicional sobre las flexibilidades sobre salud pública en los TLCs.
Realidad: El USTR envió una carta “aclaratoria” al Congreso de EE.UU. el 19 de julio de 2004, acerca de una carta colateral sobre salud pública en el TLC entre EE.UU. y Marruecos. En esa aclaratoria, el Consejo General del USTR argumentó que las medidas sobre exclusividad en datos de prueba no “se atravesarían en el camino” de las licencias obligatorias necesarias para proteger la salud pública y utilizar efectivamente la Decisión del 30 de agosto. Esta carta contiene algunas de las mismas deficiencias mencionadas arriba. Además, una carta que aclara una carta difícilmente crea la certeza legal necesaria para que los países en desarrollo tengan desenvoltura en emitir licencias obligatorias o para motivar empresas locales de genéricos a emprender las costosas y arriesgadas inversiones en formulación de productos y registro de medicinas para servir un mercado relativamente pequeño y pobre. Los líderes del congreso no deben dejarse engañar con el “oro para tontos” de las aseguraciones verbales no comprometedoras y después-de los-hechos o aseguraciones engañosamente escritas.

Conclusión
Los EE.UU. están tratando de imponer su voluntad y los intereses de su industria farmacéutica en los vecinos más débiles del Sur, como Guatemala. Guatemala ejerció su derecho soberano de tratar de asegurar el acceso a medicinas más nuevas y efectivas para satisfacer las necesidades de sus ciudadanos en salud pública. En lugar de dejar que Guatemala ejerza el derecho legal que ella y otros miembros de la OMC habían ganado en la negociación ministerial de Doha para garantizar el acceso a medicinas mas baratas, y en lugar de dejar que Guatemala interprete la carta colateral sobre salud pública como un instrumento que tiene efectos legales vinculantes, los EE.UU. esta amenazando con abrumadoras consecuencias a Guatemala y a sus vecinos. Habrá muchas razones para oponerse al texto propuesto en el CAFTA además del aumento de la protección al monopolio de las empresas farmacéuticas más ricas del mundo, pero las medidas sobre exclusividad de datos de prueba y las acciones de EE.UU. contra Guatemala son suficientes para justificar una oposición en EE.UU. y en América Central.

El Segundo párrafo del “Entendimiento Sobre Ciertas Medidas de Salud Pública” establece que: “La aplicación de las disposiciones del Capítulo 15 del Acuerdo [ADPIC] no afecta la posibilidad de cualquiera de las partes de tomar las medidas necesarias para proteger la salud pública mediante la promoción del acceso a las medicinas para todos. Esto se aplica, en particular, casos como HIV/SIDA, tuberculosis, malaria y otras enfermedades epidémicas como también a circunstancias de extrema urgencia o emergencia nacional.”

El párrafo 6 Implementación, Decisión del 30 de agosto, 2003, se ocupa del problema del origen de las medicinas en países con insuficiente capacidad de fabricación doméstica y que por ello dependen de la importación/exportación de medicinas genéricas para cubrir sus necesidades en salud pública. Por cuanto el ADPIC tiene algunas medidas que impiden una exportación en gran escala de medicinas producidas como consecuencia de una licencia obligatoria, los países pobres y pequeños como Guatemala necesitaban un sistema que permitiera esa producción para la importación/exportación.

(principio de página…)

 

 

CAFTA: HONDURAS Y GUATEMALA LO RATIFICARON. EL CONGRESO DE EE.UU. COMIENZA A ANALIZARLO
Editado de: Héctor Cálix, Congreso ratifica el Tratado de Libre Comercio, El Heraldo (Honduras), 4 de marzo de 2005; Honduras confirma CAFTA, BBC, 4 de marzo de 2005; Honduras: !!Traidores a la Patria Ratifican TLC-HondurasEU!! – Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras COPINH, Rebelión, 6 de marzo de 2005; Honduras: anuncian protestas por ratificación de TLC, Terra Honduras, 7 de marzo de 2005; Congreso de Guatemala ratificó TLC entre Centroamérica y EE.UU., DPA, 11 de marzo de 2005; En Guatemala ratifican TLC a cambio de impunidad Guatemala, Chiapas, 12 de marzo de 2005; Ana V Amenábar, EE.UU. podría aprobar Cafta antes de julio, Actualidad Económica, febrero-marzo 2005; Carlos Chirinos, CAFTA: empezó la batalla, BBC, 13 de abril de 2005; Yolanda Sandoval, TLC a merced de una ley, Panamá América (Panamá), 12 de enero de 2005

Dos países más de Centroamérica lo ratifican
Honduras ha sido el segundo país en ratificar el CAFTA y Guatemala el tercero. El 17 de diciembre pasado lo había hecho El Salvador. Los legisladores en Nicaragua están considerando la medida de ratificación. Sin embargo, el proyecto aún no ha sido sometido a consideración en Costa Rica y la República Dominicana. La oposición y manifestaciones en contra de este tratado –seguidas de brutales represiones- crece cada vez más en estos países. [N.E.: ver “El Salvador ratifica el CAFTA” en la Sección Noticias sobre Acuerdos Comerciales del Boletín Fármacos 8(1)]

El 3 de marzo, en una sesión tensa y con extrañas maniobras por parte de la Junta Directiva, el Congreso Nacional de Honduras ratificó el TLC con el apoyo de los 61 diputados del Partido Nacional (actualmente en el poder), los 55 del Partido Liberal (primera fuerza de oposición), 4 del Partido Demócrata Cristiano de Honduras (PDCH) y 3 del Partido de Innovación y Unidad Social Demócrata (PINU-SD). Todos estos bloques ya habían emitido su voto favorable en el seno de la comisión de dictamen días antes. Sólo se opusieron los 5 diputados de la bancada del Partido de Unificación Democrática.

Según denuncia el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), el Congreso ha ratificado “de manera artera y traidora puesto que el Presidente del Congreso Nacional, Porfirio Lobo Sosa, se había comprometido con las diferentes organizaciones sociales de Honduras a que previo a someter este tratado a discusión al pleno del Congreso se realizaría una reunión el día martes 8 de marzo, en horas de la mañana, para que se expusieran los puntos de vista del pueblo hondureño contrarios al TLC.”

El decreto aprueba en cada una de sus partes el “Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica-EE.UU., suscrito en Washington, Estados Unidos, el 5 de agosto de 2004”.

 En Guatemala, luego de que EE.UU. presionara al gobierno con no aprobar el TLC si no se modificaba la ley 34-04 que dejaba sin efecto las protecciones para datos de pruebas, el Congreso nacional ratificó su entrada al TLC, ignorando la demanda de diversas organizaciones sociales y populares de someter la decisión a Consulta Popular. [N.E.: se puede consultar un breve resumen de lo sucedido con el decreto 34-2004, “Guatemala: conflictiva ley de genéricos”, en la Sección Regulación y Políticas; y también se recomienda la lectura de “Respuesta a la hoja de hechos sobre CAFTA y el acceso a las medicinas mitos y realidades (…)” publicada en la Sección Noticias sobre Acuerdos Comerciales, ambas en esta misma edición del Boletín Fármacos]

Esto sucedió el día 10 de marzo, después de tres días de protestas y de la brutal represión de la Policía Nacional Civil en contra de los manifestantes. Con 126 votos a favor, 12 en contra y 20 diputados ausentes, el parlamento unicameral aprobó el pacto como de ”urgencia nacional”, con lo cual evitó un extenso trámite de ratificación. El texto del decreto (31-2005) se puede consultar en: http://www.congreso.gob.gt/archivos/decretos/2005/gtdcx31-2005.pdf

El instrumento comercial fue ratificado con los votos a favor de los diputados de la gobernante Gran Alianza Nacional, así como los bloques mayoritarios de los opositores de la Unidad Nacional de la Esperanza, Frente Republicano Guatemalteco -cuyo líder es el general golpista Efraín Ríos Montt-, y otros bloques minoritarios. Los 12 diputados que votaron en contra son de los partidos de izquierda Alianza Nueva Nacional, Democracia Cristiana y Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca.

Trascendió a la prensa local que los partidos Frente Republicano Guatemalteco y la Unión Nacional de Esperanza ofrecieron sus votos a favor del TLC a cambio de la impunidad para sus líderes implicados en procesos penales -por ejemplo, el Secretario General del FRG, Efrain Rios Montt y el candidato a la Presidencia de la UNE, Alvaro Colom-. Sobre todo tras observar el cambio de actitud de la UNE, que el miércoles 9 de marzo se ausentó del Congreso para no ratificar el TLC, pero el jueves propuso que se aprobara de urgencia nacional.

EE.UU. comienza a analizarlo
El trámite en el Congreso de EE.UU. no parece que vaya a ser sencillo. Para ser aprobado por el Congreso harán falta como mínimo 218 de los 435 votos en la Cámara de Representantes, y 70 de los 100 votos en el Senado. EE.UU. cuenta con el Trade Promotion Authority (TPA), disposición aprobada por la Cámara de Representantes que le permite a sus negociadores comerciales alcanzar acuerdos por la “vía rápida”;  pero permite al Congreso una vez que el Ejecutivo se lo presenta variar ninguna cláusula del Tratado, solo puede aceptarlo o rechazarlo. De otra parte, el TPA incluye restricciones a los negociadores estadounidenses a conceder reducciones arancelarias de productos agrícolas.La vigencia del TPA vence en el mes de junio, y la posibilidad de concretar el CAFTA –al igual que los otros acuerdos comerciales que se están negociando-, quedaría eliminada sin la ventaja de contar con dicha disposición, pues los acuerdos estarían expuestos a los vaivenes del Congreso.

En otras palabras, podrían correr con la misma suerte de Chile, que se quedó 11 años a la espera de un acuerdo con EE.UU. ante la incertidumbre que los intereses políticos y económicos del congreso cambiarán lo pactado.

El debate del Cafta será muy duro en tres grandes temas: estándares laborales, azúcar y textiles.

Quizá, el tema más controversial es el referente a los estándares laborales. La argumentación de los opositores gravita alrededor de que en Centroamérica no se cumplen los estándares laborales, razón por la cual el Cafta provocaría una competencia desleal entre países.

Por su parte, los republicanos que no desean que se vote el tratado discuten el tema del azúcar, ya que estos grupos se oponen a una cuota adicional para los países centroamericanos.

El sector opositor más importante es el de los sindicatos, quienes argumentan que muchas inversiones se van a ir para Centroamérica, lo que provocará problemas de desempleo.

Para mitigar la oposición, la administración Bush está llevando a cabo una movilización masiva de la comunidad empresarial, con el fin de aprobar el Tratado. Además, se le está dando un papel importante a los grupos agrícolas. También han logrado apoyo de políticos locales que, en virtud de tener grandes comunidades de inmigrantes dentro de su población, se ven presionados en aceptarlo. Tal es el caso de Nueva York.

Otro gran aliado del Gobierno ha sido el grupo de los medios de comunicación más importantes del país, quienes sin importar el lado político de su línea editorial, se han pronunciado a favor del Cafta.

Las dificultades ya quedaron reflejadas en la primera audiencia pública del Comité de Finanzas del Senado realizada a mediados de abril, donde varios senadores –tanto republicanos como demócratas- expresaron serias dudas sobre las bondades del CAFTA.

En medio del debate, el representante comercial interino del presidente George Bush, Peter Algier, intentó explicar a los senadores las bondades del tratado. “No es un acto unilateral de altruismo de EE.UU. Tenemos mucho que ganar en este pacto… (tenemos) la oportunidad de equiparar las oportunidades para nuestros agricultores y trabajadores”.

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PANAMÁ: OPINIÓN / ¿QUÉ PASA CON EL TLC Y LAS PATENTES?
Resumido de: Iván Lau de León, Panamá América (Panamá), 4 de enero de 2005

Ya llevamos varias rondas de negociación, seis para ser exactos. Nuestra contraparte en la mesa de negociación de forma consistente implementa en sus tratados leyes rigurosas que impiden las importaciones paralelas, eliminan las licencias obligatorias (“compulsory licensing”) e inclusive logra fuertes restricciones con los genéricos, en muchos casos al punto de contradecir la Declaración de Doha que persigue establecer que la protección de la salud es más importante que la del comercio.

La protección de las patentes es necesaria, pero el no ser conscientes de nuestra realidad, regular en base a premisas externas y someter un TLC con un socio comercial que alberga la mayor cantidad de empresas farmacéuticas es redactar el prólogo de nuestra “crónica de una muerte anunciada”. Los genéricos, por tanto, juegan un papel importante en todo esto.

Los funcionarios designados deben ser cautelosos al momento de cerrar las negociaciones sobre el tema, los medios de comunicación no le han prestado ninguna atención y cada día resulta que los medicamentos son menos accesibles en los países en vías de desarrollo.

Debemos seguir más de cerca lo que nos jugamos en cada ronda de negociación con este TLC y los venideros, los miembros designados por el ejecutivo tienen una responsabilidad histórica ya que se enfrentan a una encrucijada entre el no permitir abusos y que los medicamentos piratas entren por doquier; o tampoco ceder a las imposiciones de la negociación, sino ser ecuánimes en sus actos y cumplir con su mandato constitucional y velar por el pueblo panameño, porque de lo contrario la patria, de la cual todos formamos parte, les llamaremos a rendir cuentas.

[N.E.: se pueden consultar los documentos de cada ronda en: www.panacamara.com/index.php?id=cccpageqp0qpinformes2qp6qpset_z_cat_documentosqp0qp5

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APLICACIÓN DEL ACUERDO SOBRE LOS ADPIC EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE: ¿SE HA TRADUCIDO ELLO EN UNA LEGISLACIÓN SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL FAVORABLE A LA SALUD PÚBLICA? (Has the implementation of the TRIPS Agreement in Latin America and the Caribbean produced intellectual property legislation that favours public health?)
Oliveira MA et al.
Bulletin of the WHO, noviembre de 2004
Documento disponible en: www.who.int/bulletin/volumes/82/11/en/815.pdf (en inglés)

Objetivo: El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), de la Organización Mundial del Comercio, establece unas normas mínimas para los derechos de propiedad intelectual, incluida la protección de preparaciones farmacéuticas mediante patente; eso puede dificultar el acceso de los países en desarrollo a los medicamentos, sobre todo en el caso de los países menos adelantados. El objetivo de este estudio es determinar si la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC en los países de América Latina y el Caribe ha generado una legislación sobre patentes que responda a las necesidades de salud pública.

Métodos: Se analizó la legislación existente en 11 países de América Latina y el Caribe. Las variables consideradas en el análisis fueron: el plazo de las patentes concedidas, la materia patentable, los periodos de transición (esto es, el tiempo transcurrido hasta la aprobación de la legislación), la inversión de la carga de la prueba en los casos de violación de patente, el agotamiento de los derechos, la concesión obligatoria de licencias y la excepción motivada por el proceso de aprobación reglamentario (que permite a un país llevar a término todos los procedimientos necesarios para registrar un producto genérico antes de que expire la patente original).

Resultados: En el año 2000, todos los países estudiados habían reformado su legislación para adaptarla al acuerdo. El Brasil y la Argentina usaron el periodo de transición hasta 2005 para conceder patentes en la industria farmacéutica. Todos los países, excepto Panamá, hicieron uso de las salvaguardias y las flexibilidades previstas en el acuerdo incorporando a su legislación mecanismos de concesión obligatoria de licencias. Argentina; Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela (representantes de la Comunidad Andina); República Dominicana, y Panamá incluyeron mecanismos para posibilitar las importaciones paralelas. México no lo hizo. El Brasil sólo permite las importaciones paralelas una vez que se ha concedido una licencia obligatoria. La legislación de Brasil y República Dominicana incluye la excepción motivada por el proceso de aprobación reglamentario.

Conclusión: Los países considerados en este estudio no incorporaron todos los mecanismos contemplados en el Acuerdo y no están usando suficientemente las disposiciones que permiten a los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) mejorar la salud de su población, en particular por lo que se refiere al acceso a los medicamentos. La situación puede deteriorarse en el futuro si otros acuerdos establecen normas más restrictivas para los derechos de propiedad intelectual.

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PAÍSES POBRES CONTINUARÁN SIN FACILIDADES PARA ADQUIRIR MEDICAMENTOS GENÉRICOS
AFP, 31 de marzo de 2005

La Organización Mundial del Comercio no aprobó en los plazos previstos el acuerdo para otorgar rebajas a naciones que sufran crisis sanitarias.

Los 148 países miembros, reunidos en el Consejo de los Aspectos de Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC), tenían que ponerse de acuerdo antes del 31 de marzo sobre una enmienda que hiciera definitiva una decisión del 30 de agosto de 2003 sobre la propiedad intelectual de los medicamentos.

Esta decisión estaba encaminada a permitir que los países con crisis sanitarias importaran medicamentos genéricos, menos caros que los originales.

Este acuerdo tomó la forma de una exención temporal al derecho de propiedad intelectual pero los países miembros aún tienen que ponerse de acuerdo sobre una enmienda permanente del acuerdo de los ADPIC.

Los países desarrollados desean la trascripción pura y simple de la exención en la enmienda pero los países en desarrollo, que consideran demasiado restrictivo el texto de 2003, desean obtener una transcripción más flexible para poder aplicar el acuerdo.

El representante de Ruanda, hablando en nombre del grupo africano, estimó que el acuerdo de 2003 sólo era una solución temporal “que puede ser interrumpida en cualquier momento”.

Según él, el texto “puede presentar problemas y obstáculos al acceso de todos a medicamentos asequibles”.

El compromiso de agosto de 2003 está encaminado a conciliar la salud pública con la industria farmacéutica.

El debate enfrenta a los países pobres, que necesitan importar genéricos baratos de países productores como India o Brasil, y a los países occidentales, que exigen que su sector farmacéutico esté protegido de eventuales reexportaciones.

[N.E.: Ver “El acuerdo sobre patentes deberá esperar hasta marzo del 2005” en la sección Noticias sobre acuerdos comerciales del Boletín Fármacos 8(1)]

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modificado el 28 de noviembre de 2013