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Regiones, Países y la Propiedad Intelectual

Europa

Carta abierta a la Comisión Europea: “Retirar la disposición TRIPS Plus del acuerdo con Indonesia”

Noviembre 2021

Estimado Comisionado Valdis Dombrovkis:

Los abajo firmantes estamos muy preocupados por las propuestas de la Unión Europea sobre propiedad intelectual [2] en el Acuerdo de Asociación Económica Integral (CEPA) entre Indonesia y la Unión Europea que, entre otras cosas, incluyen:

  • Limitación de la importación paralela al agotamiento de derechos nacionales o regionales;
  • Extensión del plazo de las patentes de medicamentos por retrasos en la aprobación de la comercialización, con una extensión adicional para productos pediátricos;
  • Requisitos de exclusividad de mercado y de datos, incluso para nuevos usos de medicamentos antiguos;
  • Requisitos amplios en la aplicación de la normativa de la propiedad intelectual (tales como la aplicación de medidas en la frontera a toda la propiedad intelectual)

Estas y otras propuestas de la UE son TRIPS-plus (es decir, van más allá de los requisitos ya establecidos en ADPIC/TRIPS) con consecuencias desastrosas para el acceso a medicamentos en Indonesia. En Jordania, por ejemplo, la exclusividad de datos (ED) retrasó la introducción de alternativas genéricas más baratas al 79% de los medicamentos entre 2002 y 2006, amenazando la sostenibilidad financiera de los programas gubernamentales de salud pública [ 3]. Los precios de los medicamentos en Jordania son, además, un 800% más altos que en Egipto [4], debido a la introducción de la ED. En Colombia, como resultado de la ED, los costos para el sistema de salud pública aumentaron en US $ 396 millones entre 2003 y 2011[5]. En Guatemala, un estudio encontró que, como resultado de la ED, medicamentos que se encuentran fácilmente en la mayoría de los países a precios asequibles, no están disponibles en Guatemala [6]. La Corporación Nacional de Seguros de Salud de Corea ha calculado que la extensión por 4 años del plazo de las patentes tiene un costo adicional de 757 millones de dólares estadounidenses [7].

Indonesia tiene una población de 274 millones, con un ingreso bruto per cápita de 3.870 dólares, el cual es diez veces menor que los 35.806 dólares de la UE [8]. El 52% de la población de Indonesia vive con menos de 5,50 dólares estadounidenses al día, calculados según la paridad del poder adquisitivo [9].

Indonesia sufre de múltiples enfermedades transmisibles y no transmisibles y ha estado lidiando con los efectos del Acuerdo sobre los ADPIC/TRIPS de la Organización Mundial de Comercio, ya que el monopolio conferido por este Acuerdo ha vuelto inasequibles a muchos medicamentos. Por ejemplo, la hepatitis C afecta a unos 3 millones de personas en Indonesia y hasta la fecha, debido a los altos precios de los medicamentos, el tratamiento ha sido limitado. De manera similar, el cáncer causa el 19% de las muertes por enfermedades no transmisibles en Indonesia. En 2018 hubo 350,000 casos de cáncer con 207,000 muertes. El acceso al tratamiento del cáncer es limitado debido a los costos exorbitantes, por ejemplo, un tratamiento de 12 meses con trastuzumab cuesta 20 mil dólares estadounidenses [10].

La covid-19 ha agravado la situación sanitaria. Indonesia es uno de los países más afectados del sudeste asiático con 142.026 muertes. El acceso a los productos médicos críticos necesarios para contener la propagación de la pandemia ha sido difícil debido a los monopolios y los altos precios. Se calcula que vacunar al 70% de la población de Indonesia cuesta el 22% del gasto sanitario actual de Indonesia [11], sin tener en cuenta los refuerzos y las vacunas adicionales que serán necesarias en los próximos años.

En este contexto, las propuestas de la UE solo empeorarán aún más las consecuencias socioeconómicas que enfrenta Indonesia, exacerbadas por la covid-19.

En los debates del Consejo de los ADPIC, la Unión Europea afirma apoyar el uso de las flexibilidades de los ADPIC y, sin embargo, las propuestas de propiedad intelectual de la UE en las negociaciones de CEPA tienen como objetivo ampliar los monopolios de la propiedad intelectual y socavar las flexibilidades de los ADPIC.

Expertos en derechos humanos han denunciado las disposiciones TRIPS/ADPIC-plus por su impacto en el acceso a los medicamentos. El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud recomendó que “los países desarrollados no deben alentar a los países en desarrollo a celebrar acuerdos de libre comercio TRIPS/ADPIC-plus y deben tener en cuenta las acciones que pueden infringir el derecho a la salud [12].

El Parlamento Europeo (PE) también ha instado repetidamente a la Comisión a abandonar las propuestas de propiedad intelectual que afecten negativamente el acceso a los medicamentos en las negociaciones comerciales:

  • En 2007, una Resolución del Parlamento Europeo (PE) pidió que “el Consejo cumpla sus compromisos con la Declaración de Doha y restrinja el mandato de la Comisión para evitar que negocie disposiciones TRIPS/ADPIC-plus relacionadas con productos farmacéuticos que afecten a la salud pública y al acceso a los medicamentos, tales como exclusividad de datos, extensiones de patentes y limitación por motivos de licencias obligatorias, en el marco de acuerdos bilaterales y regionales con países en desarrollo.[13]
  • En 2008, una Resolución del PE sobre las relaciones de la UE con los países de la ASEAN (de la que Indonesia forma parte), recordó el compromiso de la UE de apoyar la Declaración de Doha y el uso de la flexibilidad de los ADPIC para apoyar la salud pública y el acceso a los medicamentos en los países en desarrollo; por tanto, pide a la Comisión que no haga nada que pueda socavar los esfuerzos del gobierno tailandés para garantizar el acceso a los medicamentos a todos sus ciudadanos. La Resolución también establece que “nada en el acuerdo debería crear obstáculos legales o prácticos para el uso máximo de las flexibilidades establecidas en la Declaración que enmienda el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) y el acceso a los medicamentos.
  • En 2011, en una resolución sobre el TLC de la UE con India, el PE pidió a la Comisión que no solicitara la exclusividad de datos en el contexto de las negociaciones y que reconociera que la exclusividad de datos tendría consecuencias de gran alcance para la producción de medicamentos genéricos y, por lo tanto, es perjudicial al acceso de los países en desarrollo a los medicamentos y la salud pública. [14]
  • En 2021, una resolución del Parlamento Europeo pidió a la Comisión que se opusiera a la inclusión de medidas TRIPS/ADPIC-plus en los acuerdos de libre comercio con países en desarrollo de ingresos medios para garantizar que todos los tratamientos antirretrovirales contra el VIH sean asequibles, con pleno respeto de la Declaración de Doha. sobre los ADPIC y la salud pública.[15]

Por lo tanto, instamos encarecidamente a la UE a que garantice que la CEPA no incluya ninguna disposición que pueda obstaculizar de alguna manera el acceso a medicamentos asequibles en Indonesia, incluidas las disposiciones TRIPS/ADPIC-plus mencionadas en esta carta.

Referencias

  1. Se denominan TRIPS Plus a las disposiciones que van más allá de lo que determinacuerdos de propiedad intelectual vinculados al comercio (ADPIC en español, TRIPS en inglés) de la Organización Mundial de Comercio.
  2. Las propuestas de la UE están disponibles en https://trade.ec.europa.eu/doclib/press/index.cfm?id=1620?
  3. Malpani, R. All costs, no benefits: how the US-Jordan free trade agreement affects access to medicines, Journal of Generic Medicines (2009) 6(3):206-217, Disponible en: http://jgm.sagepub.com/content/6/3/206.short
  4. Ibid.
  5. Cortés Gamba M, Rossi Buenaventura F, Vásquez Serrano M. Impacto de 10 Años de Protección de Datos en Medicamentos en Colombia, IFARMA y Fundación Misión Salud; Bogotá D.C., Colombia (2012), Disponible en: http://www.mision-salud.org/wp-content/uploads/2013/02/IMPACTO-DE-10-A%C3%91OS-DE-PROTECCION-DE-DATOS-EN-COLOMBIA.pdf
  6. Shaffer E, Brenner J. A trade agreement’s impact on access to generic drugs, Health Affairs (2009)28(5):w957-w968. Disponible en: https://doi.org/10.1377/hlthaff.28.5.w957
  7. http://english.hani.co.kr/arti/english_edition/e_business/165065.html
  8. https://data.worldbank.org/indicator/NY.GNP.PCAP.CD
  9. https://data.worldbank.org/indicator/SI.POV.UMIC?view=chart
  10. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5494230/
  11. Costo de vacunar a 70% de la población, a 35 dólares por dosis, en percentage del gasto corriente en salud, disponible en: https://data.undp.org/vaccine-equity/affordability/
  12. https://digitallibrary.un.org/record/652915?ln=en
  13. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-6-2007-0353_EN.html
  14. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-7-2011-0224_EN.html
  15. https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0250_EN.html
creado el 23 de Febrero de 2022