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Políticas

América Latina

Colombia. En qué va la solicitud de declaración de interés público de imatinib (Glivec® de Novartis)
Misión Salud, 1 de julio de 2016
http://www.mision-salud.org/2015/07/01/en-que-va-la-solicitud-de-declaracion-de-interes-publico-de-imatinib-glivec-de-novartis/

Hemos reconstruido los sucesos alrededor del caso de declaración de interés público de imatinib. Casi 16 meses desde que solicitamos al Ministerio de Salud realizar la declaración de interés público.

El 24 de noviembre de 2014 las organizaciones Misión Salud Veeduría Ciudadana, la Fundación IFARMA y el Centro de Información de Medicamentos de la Universidad Nacional de Colombia (CIMUN) solicitaron al Ministerio de Salud y Protección Social “la declaración de interés público en el acceso al medicamento imatinib bajo condiciones de competencia” (Disponible en https://issuu.com/misionsaludcol/docs/solicitud).

Como respuesta a esta solicitud el Ministerio de Salud y Protección Social notificó a las organizaciones solicitantes el inicio de la actuación administrativa para el estudio de la declaratoria de existencia de razones de interés público para someter a la patente del medicamento IMATINIB, a licencia obligatoria (Resolución 0354 de 2015)

En la página web http://www.minsalud.gov.co/salud/MT/Paginas/medicamentos-propiedad-intelectual.aspx ha mantenido documentado el proceso adelantado frente a esta solicitud.

En el acta No. 1 del Comité para la Declaratoria de Razones de Interés Público (Ver en https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/MET/acta-001-2015-declaratoria-interes-publico.pdf) se definen las etapas del procedimiento de declaratoria de razones de interés público

¿Por qué declarar el interés público?
Porque el Estado tiene el derecho-obligación de hacer uso de los mecanismos legales previstos en la normativa internacional para salvaguardar la salud pública y hacer uso eficiente de los recursos disponibles para el Sistema de Salud.

Tomando un párrafo de la solicitud que remitimos “El interés público se afecta de manera evidente cuando un paciente o una familia se ve obligada a pagar estas diferencias de precio de su bolsillo, lo que constituye una violación del derecho fundamental a la salud, pero también ocurre cuando los limitados recursos públicos del SGSSS deben destinarse a productos costosos existiendo alternativas terapéuticas más económicas que contribuyen a la estabilidad financiera del sistema de salud y a la prestación de otros servicios prioritarios al pueblo colombiano”.

Las organizaciones que solicitamos la declaración del interés público para Imatinib vemos en esta medida un paso necesario que enriquecería la coherencia institucional del Gobierno en torno al cumplimiento de la obligación de cuidar los recursos públicos del sistema de salud. La Política Farmacéutica Nacional 2012, las medidas de control de precios y artículos del Plan Nacional de Desarrollo permiten ver que existe un interés legítimo, sólido y consciente que guía las gestiones en salud para beneficiar el interés público, para generar indicadores de bienestar. Esta solicitud de declaración de interés público es en respaldo a ese interés.

creado el 7 de Diciembre de 2016