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Tratados de Libre Comercio, Propiedad Intelectual y Patentes

֎Propiedad Intelectual, Sociedad y Desarrollo. Reflexiones desde Latinoamérica

Este libro surge de una iniciativa conjunta entre el Programa de Derecho y Bienes Públicos de FLACSO Argentina y el Grupo de Estudios de Derecho Autoral e Industrial (GEDAI) de la Universidad Federal de Paraná (UFPR) de Brasil. Ambas instituciones, así como sus investigadores, participan de los congresos y seminarios internacionales que las dos casas de estudio realizan desde hace varios años. Con el fin de fortalecer la colaboración continua, presentamos esta publicación colectiva.

Esta obra reúne algunas de las investigaciones que se presentaron en el IV Seminario internacional “Propiedad intelectual, sociedad y desarrollo: lecturas no unívocas”, desarrollado en la FLACSO Argentina en octubre de 2019. Durante el seminario participaron ponentes de diversas instituciones, quienes plantearon temas de actualidad desde distintas miradas. Hubo numerosas mesas redondas y ponencias libres y el público participó activamente en las discusiones posteriores, tanto de manera presencial como a distancia-vía webinar.

El universo de la propiedad intelectual es vasto. Incluye problemas vinculados a las variedades vegetales y semillas, la protección del software, el derecho de autor y las nuevas tecnologías, los acuerdos y negociaciones internacionales, entre muchos otros. En el IV Seminario se discutió sobre estos aspectos. Puesto que los temas planteados en esa oportunidad continúan vigentes y requieren de mayor debate, presentamos aquí una selección de artículos revisados para esta publicación.

Organizar el esquema de una publicación, más aún del área de propiedad intelectual, no es tarea sencilla, en especial porque muchos de los temas se superponen y podrían incluirse en una u otra de las partes que componen el libro. Por ejemplo, el artículo que discute sobre la superposición del software bien podría incluirse en una sección sobre derecho de autor, en una sobre patentes, en otra sobre revisión de legislación o en una cuarta de análisis comparado… No obstante esta dificultad, la estructura del libro consta de cuatro partes.

En la primera, “Arte, máquinas y trabajo: Problemas actuales en el derecho de autor”, se analizan y discuten problemas contemporáneos en el terreno del arte y del mundo laboral, así como los desafíos que la inteligencia artificial presenta para el derecho de autor. Componen esta sección tres artículos.

Acerca del street art (o arte callejero) como obra protegida por el derecho de autor, de Ezequiel Valicenti, analiza el interrogante acerca de si las obras de street art pueden ser consideradas como “obras protegidas” bajo los criterios vigentes, haciendo hincapié en: a) el problema de reconocer derechos sobre obras que tienen un origen ilícito, por haber sido efectuadas sin contar con la autorización del propietario del soporte (el muro); b) el cuestionamiento sobre la presencia de originalidad en las obras -especialmente cuando estas utilizan ciertas formas geométricas o meras inscripciones.

Inteligencia artificial y derecho de autor: una discusión necesaria, de Javiera Cáceres B. y Felipe Muñoz N., examina el actual estado de situación respecto de la protección de derechos de autor de obras generadas por inteligencia artificial, mediante el análisis de legislaciones y debates públicos existentes en una muestra de países desarrollados y en vías de desarrollo. Si bien las actuales normativas difieren respecto del alcance de protección, el artículo deja en evidencia el posicionamiento de la discusión en los países desarrollados y su ausencia en América Latina.

El artículo Apropiación de los derechos de autor de los trabajadores por parte de empresas, de Mauro F. Leturia y Adrián E. Gochicoa, estudia la apropiación indebida de los derechos de autor de los trabajadores en relación de dependencia por parte de sus empleadores. Normalmente, las estrategias adoptadas por grupos económicos se apoyan en las implicancias que proyecta el concepto de “propiedad”, en el sentido de dominio de los factores o medios de producción, considerando a los empleados como un recurso más de su organización empresarial. Sin embargo, el reconocimiento de los derechos de autor respecto a las obras realizadas por los trabajadores en relación de dependencia no debería verse afectado por dichas circunstancias, dado que el fundamento de su reconocimiento radica en la realización del “acto de creación” en sí mismo que, por definición, resulta esencialmente humano, por lo cual una empresa o persona jurídica no podría ser considerada autora.

En la segunda parte, “Entre lo local y lo global: La propiedad intelectual en la sociedad informacional”, se presentan diversas investigaciones realizadas por investigadores e investigadoras de GEDAI, que atienden a problemáticas diversas de la propiedad intelectual –semillas, software, derecho de autor- poniendo el foco tanto en la legislación doméstica como en el ámbito regional e internacional. Esta sección está compuesta por cinco artículos.

El trabajo de Michele Alessandra Hastreiter y Marcos Wachowicz, Derechos de autor y derecho internacional privado: la necesaria superación del paradigma de la territorialidad en la sociedad informacional, analiza la pertinencia de la territorialidad como criterio para solución de conflictos de leyes en el espacio en relación a los derechos de autor. La clásica solución de la lex loci protecionis, del derecho internacional privado, es desafiada por la posibilidad latente de que se exige la protección de derechos de autor simultáneamente en varios lugares al mismo tiempo. Con un simple clic, es posible que el material protegido por derechos de autor esté disponible sin el permiso de los titulares de dichos derechos, y sin la adecuada contrapartida, en cualquier parte del mundo. En este contexto, se examinan elementos alternativos de conexión como el lugar de domicilio del autor, lugar del upload del material protegido, lugar de domicilio del infractor, entre otros.

Por su parte, La superposición de los derechos de propiedad intelectual en el software en la legislación brasileña, de Heloísa Gomes Medeiros y Marcos Wachowicz, parte de la naturaleza híbrida de la protección del software –se trata de un bien intelectual que tiene aspectos literarios en su código y también una función utilitaria en la ejecución de ese código- que históricamente se protegió por derecho de autor primero, patentes después, hasta alcanzar la doble protección. El trabajo estudia la existencia de superposición entre los regímenes de derechos de autor y de patente en la protección del software, señalando que la convergencia entre los regímenes provoca superposiciones que son incompatibles con el sistema de propiedad intelectual y, por lo tanto, se requieren ajustes legales específicos.

En el breve artículo Necesidad de reforma de la Ley de Derechos de Autor en Brasil, Bibiana Biscaia Virtuoso y Heloisa Molitor analizan el proyecto de reforma de la ley de derecho autoral de Brasil, que se sometió a consulta pública en una plataforma en línea a través de la cual los usuarios de internet podrían dar sus opiniones con críticas y sugerencias, concluyendo que la legislación de Brasil está extremadamente desactualizada, que abre lagunas que ya no protegen a los autores y que es necesario conciliar los intereses de los trabajadores creativos, los inversores y el público, que tienen intereses sociales legítimos para acceder a la cultura.

El texto Propiedad intelectual en el Acuerdo Comercial Mercosur-Unión Europea, de Rangel Oliveira Trindade y Magna J. Vacarelli Knopik, presenta las disposiciones en propiedad intelectual que contiene el Acuerdo, e insta a observar si hay una ampliación de los derechos de PI que pueden entrar en conflicto con las doctrinas jurídicas que expresan y tutelan los valores como derechos humanos, la protección del consumidor, la competencia y las leyes de privacidad. Asimismo, propone agregar al acuerdo el fomento a los esfuerzos de los países en desarrollo para hacer un mayor uso de las flexibilidades, limitaciones y excepciones a la PI para promover los objetivos de las políticas públicas en áreas como salud, educación, agricultura, alimentación, y la transferencia de tecnología.

Pedro de Perdigão Lana y Luciana Reusing aportan el último artículo de esta segunda parte: La patentabilidad de semillas transgénicas en Brasil: Un análisis del IAC n. 4 por el Superior Tribunal de Justicia. En él, se focalizan en la importancia del agronegocio y la manipulación de semillas en la economía brasileña y analizan un fallo del Superior Tribunal de Justicia brasileño “Incidente de Assunção de Competência”, que determinó por unanimidad que las limitaciones de los derechos de propiedad intelectual contenidas en el Artículo 10 de la Ley de Cultivares, relativos a reproducciones no prohibidas por los derechos exclusivos, no se pueden extender a los titulares de patentes de productos transgénicos vinculados a variedades vegetales.

En la tercera parte, “Ciencia, innovación y desarrollo: Perspectivas de políticas públicas en propiedad intelectual” se presentan para la discusión artículos que se centran en el eje ciencia-innovación-patentes, en áreas tan diversas como las tecnologías “verdes”, la biología sintética o la competencia desleal; así como se estudian las oportunidades y desafíos que significan para el desarrollo de Latinoamérica. Forman esta sección los siguientes seis artículos.

Guillermo Vidaurreta, en El Tratado De Cooperación en materia de Patentes (PCT), analiza el derrotero histórico y las reformas del PCT, así como analiza aspectos técnicos del tratado para concluir haciendo foco en las ventajas y desventajas que este puede presentar para las universidades e institutos de investigación. Entre las conclusiones se destaca que los principales usuarios del PCT son los países desarrollados, ni las pequeñas empresas ni las universidades. Si bien el sistema PCT cuenta con un total de 152 estados contratantes, tan solo diez países han concentrado a través del tiempo más del 85% del total de las solicitudes presentadas. Asimismo, no existe ninguna medición que acredite que el ingreso al PCT de los países subdesarrollados favoreció la innovación en términos de beneficios económicos.

El análisis del PCT continúa con el trabajo de Juan Ignacio Correa, Impacto del Tratado de Cooperación de Patentes en Latinoamérica. En él reconoce que diversos estudios estimaron el impacto del tratado de Cooperación en materia de Patentes en países en desarrollo, sin embargo, las conclusiones no fueron unívocas. Otro estudio indicó que no se puede confirmar que el PCT haya mejorado el proceso de la protección internacional y arribó a conclusiones diversas. El trabajo de Correa analiza si se cumplieron algunas de las distintas conclusiones que fueron alcanzadas por estos autores. Para ello, toma tres casos de países latinoamericanos que ingresaron al PCT y examina las solicitudes de patente que ingresaron al país (por PCT o de forma directa), origen y campo de la tecnología, con el objetivo de establecer quién es el principal beneficiario del sistema PCT.

El trabajo que sigue a continuación también hace un estudio comparado de tres países latinoamericanos. En este caso, en Lógica privativa y regímenes de propiedad intelectual en la periferia: análisis comparativo de Argentina, Chile y México, Mariana Cuello parte del concepto de “lógica privativa de conocimientos” (que se expande del centro a la periferia, especialmente desde la firma del ADPIC y los TLC con cláusulas ADPIC plus) para luego comparar los regímenes de propiedad intelectual de los países de la periferia y la adhesión a TLC con los casos de Argentina, Chile y México, observando la presencia o ausencia de los rasgos privativos del conocimiento en ellos y analizando el desempeño en patentes durante las últimas décadas.

Liz Beatriz Saas plantea un tema sumamente importante en Derechos de Propiedad Intelectual y el acceso a Tecnologías Ecológicamente Racionales (TER): Desafíos bajo el Acuerdo de París. El Acuerdo de París establece un plan de acción mundial de largo plazo que tiene por objetivo mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2°C sobre los niveles preindustriales. Aunque la cuestión de los DPI no se menciona explícitamente en el documento, se supone que, para dar una respuesta eficaz y a largo plazo al cambio climático, es indispensable estimular la innovación y discutir sobre sus formas de protección. En este artículo Liz se pregunta si los DPI pueden constituir un obstáculo para el acceso a las TER y, por lo tanto, poner en peligro el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo. Concluye que es necesario fortalecer los instrumentos que hacen que los DPI sean más flexibles en términos de accesibilidad, haciéndolos así compatibles con la sostenibilidad y las metas del Acuerdo de París. Para eso tanto la OMPI como la OMC aún deben participar en el debate de manera más activa.

El trabajo de Javier Freire Nuñez, Propiedad intelectual y competencia desleal ¿rivalidad o convergencia?, explica –basándose en varios conceptos y análisis de casos internacionales y ecuatorianos- la teoría de que las materias de derecho de competencia, propiedad intelectual y competencia desleal poseen convergencias que han resultado una tarea sensible para las autoridades encargadas de la aplicación de las normas que regulan las materias descritas. De igual forma traza un paralelo con la actuación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina a la hora de explicar conceptos sobre los actos de competencia desleal en relación a los intereses que persiguen los operadores económicos, consumidores y usuarios y el Estado.

Concluye con la necesidad de que en Ecuador se considere la posibilidad de instituir una autoridad que tenga competencia para de conocer, resolver y sancionar actos que afecten a la libre competencia, competencia desleal y propiedad intelectual.

En el último artículo de esta tercera parte, Biología sintética. ¿Regularla o abrir la caja de Pandora?, Leandro A. Gregorio nos presenta un tema complejo y apasionante a la vez: las promesas y los desafíos de la biología sintética. Allí el autor explora ambas aristas, menciona algunos posibles marcos regulatorios y delinea políticas públicas generales y específicas para el campo de la propiedad intelectual.

Por último, en la cuarta parte presentamos el artículo escrito por Marcos Wachowicz y Alexandre R. Pesserl, Gestión colectiva y gobernanza en el ambiente digital. En él se presentan los resultados de investigación de un estudio sobre las soluciones implementadas en algunos países respecto a los mecanismos de gestión colectiva de derechos de autor en el ambiente digital, con especial énfasis en América Latina y Unión Europea. Entre las conclusiones encontramos que en América Latina es evidente que aún hay mucho que hacer, ya que las discusiones aún están en la fase de regular la actividad en el medio físico; son flagrantes las críticas y acusaciones a las entidades de gestión colectiva por todo el continente, demostrando que los intermediarios efectivamente están disociados de sus mandatarios, llegando aún a argüir en juicio la inexistencia de deber de rendir cuentas. En este sentido, la gestión colectiva en el entorno digital puede efectivamente contribuir con la solución del problema, dependiendo de la puesta a disposición de informaciones confiables respecto a los derechos y usos de cada obra; la documentación efectiva, con metadatos cualificados, posiblemente es uno de los puntos centrales de la cuestión –así como quiénes serán los actores autorizados a operar esos metadatos. En contrapunto a la situación latinoamericana está la posición de Canadá, que se pone efectivamente en la vanguardia al introducir un nuevo derecho al contenido generado por usuarios, así como garantizar amplia y fuertemente el ejercicio de los límites y excepciones. Se destaca, aún, la posición de Unión Europea, sustentada en un panorama bastante detallado tanto en relación a las EGC como a los derechos digitales, donde el licenciamiento multiterritorial prácticamente se impuso tras muchos años de discusiones infructíferas.

Como podrán observar con este breve resumen de los trabajos presentados, las perspectivas son diversas, sin embargo, comparten la vocación por ampliar el debate y profundizar en las problemáticas contemporáneas con rigor investigativo. Son, además, fruto de una mirada desde Latinoamérica, tan necesaria para el área de propiedad intelectual, a menudo pensada desde y para los países desarrollados.

Esperamos que disfruten de la lectura de estos trabajos, y que esta obra colectiva sea el puntapié inicial para futuras colaboraciones entre investigadores e institutos de la región

creado el 4 de Diciembre de 2020