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España. El futuro real decreto de distribución de medicamentos debería garantizar el derecho a suministro de todos los mayoristas por parte de los laboratorios

SEFAC, 20 de diciembre de 2012

 

·   La Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (SEFAC) considera que si la futura norma, que se verá en el Consejo Interterritorial de hoy, no prevé este aspecto se pondrá en riesgo el actual modelo de distribución de medicamentos en España, que permite el acceso real y efectivo de la población a los medicamentos a través de la farmacia comunitaria.

·   El actual modelo de distribución de medicamentos es el más completo de Europa y se caracteriza por su capacidad para enviar en un tiempo muy breve cualquier medicamento a cualquier farmacia de España, independientemente de dónde se encuentre.

·   Si no se garantiza el suministro de los medicamentos por parte de los laboratorios comercializadores y/o fabricantes a todos los almacenes de distribución mayorista (mayoritariamente cooperativas) no sólo podría peligrar el suministro a las farmacias, sino generar desabastecimientos en la población.

·   El borrador del real decreto de distribución preparado por Sanidad permitiría plazos de entrega más largos que los actuales y  la posibilidad de que los laboratorios comercializadores y/o fabricantes impusieran condiciones difíciles de alcanzar para algunas farmacias, sobre todo aquellas más pequeñas que se encuentren en núcleos de población muy reducidos y/o alejados donde no resulte rentable transportar los medicamentos.

 

En relación a los trabajos que está llevando a cabo el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para regular la distribución de medicamentos de uso humano a través de un real decreto, la Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (SEFAC) confía en que esta norma preserve el buen funcionamiento del actual sistema de distribución de medicamentos, considerado el mejor de Europa, por su capacidad para hacer llegar a cualquier paciente, en cualquier punto de nuestro territorio, a través de las farmacias comunitarias los medicamentos necesarios para su tratamiento en menos de 24 horas. 

 

SEFAC considera que para que ese buen funcionamiento siga proporcionándose, es fundamental que los almacenes de distribución mayorista (en su mayoría cooperativas farmacéuticas) tengan garantizado el suministro de medicamentos por parte de los laboratorios fabricantes y/o comercializadores, tal y como se recoge en el artículo 70.2 de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios. En este artículo se indica que “el Gobierno velará por preservar el derecho del almacén mayorista a ser suministrado por los laboratorios”.

 

Del mismo modo, SEFAC espera que en el futuro real decreto (que debe desarrollar el apartado dedicado a la distribución de la Ley de garantías y trasponer la normativa europea existente) se mantenga una frecuencia de entrega para los medicamentos idéntica a la que actualmente se proporciona en la práctica, y en la que los almacenes mayoristas tienen capacidad para realizar más de un envío en apenas 24 horas.

 

En los últimos meses han circulado distintos borradores de real decreto promovidos por Sanidad que no garantizan de forma específica estos hechos, además de no haber sido consensuados con todos los agentes implicados y que dejan la puerta abierta a un suministro directo de los medicamentos a las farmacias por parte de los laboratorios. Este hecho legítimo, y que ya sucede en la actualidad aunque de manera minoritaria, podría, en caso de extenderse sin condiciones, generar problemas serios de abastecimiento a todas aquellas farmacia ubicadas en pequeños núcleos de población y/o alejados, a los que podría no ser rentable transportar los medicamentos si no se garantiza el derecho a suministro a todos los almacenes mayoristas, tal y como sucede actualmente.

 

Conviene también recordar que el artículo 64.1c de la Ley de garantías señala, entre las obligaciones que deben cumplir los laboratorios farmacéuticos comercializadores, que estos deberán tener abastecido el mercado con los productos registrados, de modo adecuado y continuado.

 

En caso de posibles desabastecimientos se afectaría en última instancia a los pacientes que necesiten esos medicamentos. Por este motivo, SEFAC espera que la futura normativa, que está previsto que se aborde hoy en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, tenga en cuenta estas circunstancias para evitar daños irreparables al modelo de distribución, a las farmacias y a los pacientes.

 

 

modificado el 28 de noviembre de 2013