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Chile. Avanzan propuestas para venta de medicamentos bioequivalentes y genéricos en Chile

El proyecto contempla materias tales como, la obligación de los médicos de prescribir un medicamento usando la Denominación Común Internacional (DCI), la exigencia de poner a disposición de los clientes medicamentos bioequivalentes y genéricos y disponer un observatorio de precios.

La presencia de medicamentos de venta directa en estantes y góndolas de farmacias fue uno de los puntos acordados por los integrantes de la Comisión Mixta que busca zanjar discrepancias entre senadores y diputados respecto al proyecto conocido como ley de fármacos 2.

La propuesta que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias, busca solucionar algunos temas pendientes que dejó la actual legislación de medicamentos.

La iniciativa en tercer trámite corresponde a una moción de los senadores Guido Girardi, Carolina Goic y Manuel José Ossandón, y los ex congresistas Fulvio Rossi y Andrés Zaldívar. Desde el 2015, año de su ingreso el texto original ha tenido diversos cambios no exentos de polémica.

En términos generales, el proyecto plantea una serie de materias relacionadas con la obligación de los médicos de prescribir un medicamento usando la Denominación Común Internacional (DCI), la exigencia de poner a disposición de los clientes medicamentos bioequivalentes y genéricos, favorecer la intercambiabilidad terapéutica, y considerar un observatorio de precios para fijar bandas a los medicamentos. Todo apunta a mejorar la accesibilidad de la población a los fármacos (que exista la disponibilidad de stock y que estos se comercialicen a precios acotados).

Hace algunas semanas se conformó la Comisión Mixta integrada por los miembros de las comisiones de Salud de ambas Cámaras. El senador Rabindranth Quinteros, fue elegido presidente y ya hace un par de sesiones se han ido despejando ciertas ideas.

En la sesión del miércoles 22 de abril, se aprobaron básicamente aquellos temas en los que existe mayor grado de consenso entre los legisladores y el Ejecutivo, el que estuvo representado por el Ministro de Salud, Jaime Mañalich. En tanto, las materias que concitan mayores diferencias serán analizadas en sesiones posteriores (multas, sanciones, integración vertical).

En la citada jornada se decidió que la Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast) esté facultada para solicitar al Instituto de Salud Pública (ISP), registros sanitarios de productos farmacéuticos contemplados en planes, programas o acciones de salud que se lleven a cabo en el Sistema Nacional de Servicios de Salud, incluyendo aquello en casos de inaccesibilidad (por ejemplo, en situación de pandemia). Este registro permite la distribución expedita de los medicamentos en cuestión.

También se aprobó que dentro de la definición de dispositivos médicos se incluyan aquellos que se utilizan para el control de la concepción y que resguardan los derechos reproductivos, por ejemplo, todos los elementos que están bajo la ley de aborto en tres causales. Aquello quedó manifestado en dos incisos.

Asimismo, se estableció que las farmacias, droguerías y laboratorios farmacéuticos estarán facultados para importar las materias primas que sean necesarias para el tratamiento de enfermedades raras o de baja prevalencia y que sean consideradas como drogas huérfanas por la autoridad local o internacional, debidamente reconocida como Agencia Regulatoria de Medicamentos de Alta Vigilancia.

Finalmente, se acordó que en aquellas farmacias y almacenes farmacéuticos que cuenten con repisas, estanterías, góndolas, anaqueles, dispensadores u otros dispositivos similares que permitan el acceso directo al público, los medicamentos de venta directa deberán estar disponibles en ellos.

creado el 4 de Diciembre de 2020