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ECONOMÍA Y ACCESO

Tratados de Libre Comercio, Exclusividad en el Mercado, Patentes

La intervención del gobierno de Ecuador en las discusiones de WIPO sobre el Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual y el futuro trabajo de la Organización en lo referente a las flexibilidades de patentes en un contexto legal multilateral
Enviado por Thiru Balasubramaniam, representante en Ginebra de Knowledge Ecology International (KEI), 16 de noviembre de 2012

La delegación del Ecuador, agradece a la secretaria por el documento CDIP/10/11 y el informe realizado, apoyamos la declaración realizada por la delegación del Perú a nombre del GRULAC. El Ecuador es un país en desarrollo que tiene una ley de propiedad intelectual del año 1998, en esta norma no se contemplaron flexibilidades que podían contribuir a generar un sistema equilibrado de propiedad intelectual, lo que ha ocasionado que se genere por muchos años de una connotación negativa de la propiedad intelectual en parte de la población, considerándola como un limitante para el desarrollo. Poder cambiar esta connotación ha costado grandes esfuerzos, El documento realizado analiza flexibilidades como por ejemplo la de aplicación o no de sanciones penales en patentes, que es de mucha utilidad para el Ecuador, así como seguro que lo será para varios países en desarrollo aquí representados.

Antes de que la OMPI empiece a tratar estos temas, los países miembros no teníamos las herramientas técnicas ni los sustentos necesarios para poder trabajar en normas que permiten que la propiedad intelectual sea transformada en una verdadera herramienta para el desarrollo justo y solidario de los países, por lo que agradezco a la OMPI por esta labor. El poner a disposición el conocimiento de lo que se encuentra en la posibilidad de hacer cada país es un trabajo muy importante que la OMPI debe continuar realizando y profundizando para que el sistema de propiedad intelectual siga siendo aplicado de forma amplia por los países en desarrollo.

Por lo tanto, pedimos que se siga trabajando hasta que se logre profundizar aún mas en torno a las 4 flexibilidades presentadas en el documento CDIP/10/11.
Adicionalmente, nos gustaría poder ver en un futuro que se trabaje documentos en los que podamos consultar no sólo flexibilidades en materia de propiedad industrial sino que también en ámbito de derecho de autor, a fin de que se pueda contar con herramientas que permitan fomentar el acceso legal a la Cultura, al conocimiento y a la educación.

modificado el 28 de noviembre de 2013