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Litigación, confidencialidad y salud pública
Salud y Fármacos, 17 de diciembre de 2019

Durante los procesos de litigación que involucran a productores de medicamentos y dispositivos médicos surge mucha información que puede ser de gran importancia para proteger la salud pública. En algunos casos, durante los juicios por sobornos, promoción fuera de etiqueta o por ocultar eventos adversos, han surgido datos que han ayudado a los pacientes, profesionales de la salud, financiadores y a los que toman decisiones de políticas públicas a entender mejor la seguridad, efectividad y el marketing de los medicamentos y dispositivos médicos. Sin embargo, mucha de la información se mantiene confidencial, en detrimento de los intereses del público. Por ejemplo, recientemente, agencias de información convencieron a las cortes para que divulgaran información sobre la promoción de opioides que había permanecido secreta por orden judicial. Sin embargo, millones de páginas, incluyendo más de 45 millones producidas durante los juicios por la epidemia de opioides que se están llevando a cabo en EE UU siguen permaneciendo secretas. Así empieza el artículo de Egilman y colaboradores [1].

Según estos autores, la ley estadounidense reconoce la importancia de la transparencia en las decisiones judiciales. Los que desean que la información se mantenga confidencial tienen que justificar ante la corte las razones en las que se apoya su solicitud (por ejemplo, que se trata de un secreto comercial). Pero, incluso cuando la información califica como confidencial, se puede divulgar si los beneficios para la salud pública son superiores a los perjuicios asociados a la divulgación de esa información. Sin embargo, en la práctica, las cortes y los fiscales tienden a transferir la responsabilidad de justificar el acceso a los datos a aquellos que quieren que se divulguen, y mantienen en secreto información que no cumple con los criterios de confidencialidad.

En su artículo [1], los autores revisan la legislación vigente y la forma como se ha aplicado en las decisiones de los tribunales que litigan casos relacionados con la industria farmacéutica y de dispositivos médicos; y proponen recomendaciones dirigidas a los jueces, los abogados y los expertos médicos.

Los autores afirman que muchos de los participantes en los procesos de litigación tienen conflictos de interés que tienen a favorecer el secretismo. Por ejemplo, la industria farmacéutica, los demandantes, los abogados de los demandantes y las cortes, todos se benefician del secretismo. Para la industria, el secretismo evita que se divulgue información que podría impactar negativamente en sus ventas o su reputación (por ejemplo, cuando surgen eventos adversos que no se habían informado). Los demandantes y sus abogados tienen interés en que los casos se resuelvan rápidamente, y las medidas para proteger esa información podrían contribuir a acelerar el proceso. Los abogados de los demandantes invierten mucho tiempo revisando documentos y obteniendo el testimonio de los testigos, y pueden tener interés en que otros abogados no tengan acceso a esos documentos, o pueden no tener interés en retar la confidencialidad de la información. Además, la confidencialidad puede utilizarse para llegar a acuerdos extrajudiciales. Los jueces, pueden no estar interesados en intervenir cuando las partes están de acuerdo en mantener la información confidencial, y forzar la divulgación de la información puede afectar la negociación de los acuerdos o la eficiencia del caso.

Dada esta situación, se tendrán que tomar medidas para proteger el interés del público que contrarresten los incentivos para mantener el estatus quo. Mientras esto sucede, los autores insisten en que el marco regulatorio actual permite que se divulgue mucha de la información que se mantiene confidencial, y sugieren las siguientes recomendaciones:

  • Las cortes y los jueces, al decidir si se debe divulgar o no la información que se genera durante los procesos de litigación, tienen la obligación de proteger el interés del público; consecuentemente deben evaluar más detenidamente las solicitudes de confidencialidad y no blindar automáticamente el acceso a esa información. Quizás hay que fortalecer la educación de los jueces en la primera enmienda de la constitución, y las leyes que rigen estos casos.
  • Los abogados de los demandantes deberían retar las solicitudes de confidencialidad que son demasiado amplias o carecen de mérito. Obviamente no pueden ir en contra de quienes los contratan, pero pueden educarlos sobre los beneficios que un menor nivel de protección aportaría a la salud pública.
  • Los expertos médicos, las asociaciones profesionales y las revistas médicas pueden jugar un papel importante, por ejemplo, pueden. abogar por que se divulgue la información, dado que su misión es proteger la salud pública y tienen un interés especial en conocer la información que surge durante los procesos de litigación. Estos expertos están mejor posicionados para entender las implicancias para la salud pública de mantener secreta esa información, y enfrentan dilemas éticos cuando obtienen información que tiene implicancias para el bienestar de la población que no pueden divulgar. Antes de firmar el contrato, estos expertos pueden exigir que el abogado que los contrata se comprometa a retar la confidencialidad de la información cuando sea importante para la salud pública. Los expertos también pueden utilizar abogados externos y litigar para obtener la información, o pueden alertar a terceros (por ejemplo, periodistas, asociaciones profesionales, revistas médicas) para que litiguen.

Referencias

  1. Egilman AC et al. Confidentiality orders and public interest in drugs and medical device litigation. JAMA Internal Medicine 2019, 28 de octubre. DOI:10.1001/jamainternmed.2019.5161
creado el 4 de Diciembre de 2020